ARTÍCULO Nº 21
(CVE: BOME-A-2019-21)
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BOME Nº 5617 - martes, 15 de enero de 2019 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS - Dirección General de Función Pública
Resolución nº 68 de fecha 9 de enero de 2019, relativa a las bases de la convocatoria para la provisión del puesto de trabajo de jefe/a sección de protección de menores, mediante el sistema de concurso de méritos a través de movilidad interadministrativa.

De conformidad con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de esta Ciudad
Autónoma, adoptado en sesión de fecha 28 de diciembre de 2018, por el que se
aprueban, las bases para la provisión definitiva de puestos de trabajo vacantes
en la Relación de Puestos de Trabajo de esta Ciudad Autónoma, y en base a lo
previsto en el Título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración del Estado y en uso de las competencias que me
confiere el Reglamento de la Consejería de Administraciones Públicas, y el art. 33 del Reglamento de Gobierno y
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, a tenor del Orden Jurídico
instaurado por la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, del Estatuto de
Autonomía de Melilla,
De acuerdo con lo anterior, y
visto el expediente 42739/2018, en virtud de las competencias que tengo
atribuidas, VENGO EN
DISPONER
Convocar el proceso siguiente:
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA PROVISIÓN DEL
PUESTO DE TRABAJO DE JEFE/A SECCIÓN PROTECCIÓN DE MENORES, MEDIANTE EL SISTEMA
DE CONCURSO DE MÉRITOS A TRAVÉS DE MOVILIDAD INTERADMINISTRATIVA.
Es objeto de esta
convocatoria, la provisión en propiedad del siguiente puesto de trabajo de la
Ciudad Autónoma de Melilla:
Cod |
Denominación |
Consej. |
Grp |
RJ |
Formación |
Prov. |
VPPT |
CD |
0612 |
Jefe/a Sección Protección de Menores |
Bienestar Social |
A1/ A2 |
F |
Licenciatura/ Diplomatura Universitaria |
CONC |
225 |
26 |
1.- Requisitos
Específicos:Para ser
admitidos al concurso, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a)
Ser
Funcionario de carrera, propio o
transferido, Grupo A1/A2 de cualquier Administración Pública.
b)
Los
funcionarios con destino definitivo podrán participar en este concurso siempre
que, al término del plazo de presentación de instancias, hayan transcurrido al
menos dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo
obtenido.
2.-
Procedimiento de provisión:
De conformidad con lo
establecido en la Relación de Puestos de Trabajo, los puestos objeto de la
presente convocatoria, se proveerán por el procedimiento de concurso, ajustado
al siguiente:

BAREMO DE MÉRITOS:
1.- MÉRITOS ADECUADOS A LA CARACTERÍSTICA DE
CADA PUESTO. -
Por cada año desarrollando
puestos que impliquen la jefatura respecto de otro personal a su cargo, 1,2 puntos por año; 0,1 punto por mes, con un máximo de 10 puntos.
La posesión del mérito se
acreditará mediante certificado emitido por el órgano competente en materia de
personal de cada Administración Pública.
2.- POSESIÓN DE UN DETERMINADO GRADO
PERSONAL:
0,5 puntos por nivel de grado personal consolidado superior al nivel 20, con un
máximo de 10 puntos. Se acreditará mediante certificado del órgano competente en materia de
personal de cada Administración Pública.
3.-
VALORACIÓN DEL TRABAJO DESARROLLADO:
Por experiencia en el
desempeño de puestos pertenecientes al área funcional o sectorial del Puesto de
Trabajo, 2 puntos por año, con un máximo de 20 puntos. La experiencia se acreditará mediante
certificado emitido por el órgano competente en materia de personal de cada
Administración Pública.
4.-
CURSOS DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO SUPERADOS:
A.- Por cursos específicos
recibidos relacionados con el puesto a cubrir, impartidos por la Administración
o por empresas legalmente autorizadas, o realizados dentro de los planes
anuales de Formación, incluyendo los patrocinados por las Organizaciones
Sindicales en dicho ámbito; 0,1 puntos por hora de curso, con un máximo de 30 puntos.
B.- Poseer titulación
académica superior a la exigida como requisito en la convocatoria:
a) Título Universitario de
Grado Superior o equivalente, 10 puntos.
La puntuación por titulación
académica será como máximo de 10 puntos, computándose a estos efectos la mayor
titulación que se posea.
Junto con la solicitud de
participación se aportará la documentación debidamente autenticada.
5.-
ANTIGÜEDAD:
Por prestación de servicio en
la Ciudad Autónoma de Melilla o Administración Pública, como Grupo A1/A2, 0,166 puntos por mes.
Por prestación de servicio en
la Ciudad Autónoma de Melilla o Administración Pública, en Grupos inferiores al
puesto convocado, 0,08 puntos por mes.
La puntuación máxima en este
apartado será de 20 puntos.
Para el cómputo de la
antigüedad, se despreciarán las fracciones inferiores al mes.
Se acreditará mediante
certificado del órgano competente en materia de personal de cada Administración
Pública.
3.- Puntuación
mínima:
Para la adjudicación de alguno
de los puestos convocados, el aspirante deberá obtener una puntuación mínima de
30 puntos.
4.- Composición de la Comisión de Valoración. -
La Comisión de Valoración
estará constituida según lo establecido en el apartado sexto de las Bases
Generales de aplicación a los procedimientos de provisión de puestos de trabajo
mediante concurso.

5.- Forma y plazo de presentación de solicitudes. -
Todo Empleado Público que
reúna los requisitos específicos, deberá presentar los documentos de méritos
junto con la solicitud del Anexo dirigida a la Consejería de Administraciones
Públicas, a través del Registro General, en el plazo improrrogable de quince
días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la
Convocatoria en el Boletín Oficial de Melilla.
6.- Norma final. -
En lo no dispuesto en las
presentes bases, se estará a lo establecido en las “Bases Generales de
aplicación a los procedimientos de provisión de puestos de trabajo mediante
concurso de los años 2011-2012” publicadas en el B.O.ME., número 4864 de fecha
28 de octubre de 2011.
Las presentes bases y los
actos que de ella deriven por parte del órgano calificador, podrán ser
recurridos en la forma y plazos previstos en el art. 112 y siguientes de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y preceptos concordantes del Reglamento de
Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla”.
Melilla 9 de enero de 2019,
La Viceconsejera de Administraciones
Públicas,
María Ángeles Gras Baeza