ARTÍCULO Nº 22
(CVE: BOME-A-2019-22)
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BOME Nº 5617 - martes, 15 de enero de 2019 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS - Dirección General de Función Pública
Resolución nº 66 de fecha 9 de enero de 2019, relativa a las bases de la convocatoria para la provisión de un puesto de trabajo de jefe de negociado de medidas judiciales, mediante el sistema de concurso de méritos.

De conformidad con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de esta Ciudad
Autónoma, adoptado en sesión de fecha 28 de diciembre de 2018, por el que se
aprueban, las bases para la provisión definitiva de puestos de trabajo vacantes
en la Relación de Puestos de Trabajo de esta Ciudad Autónoma, y en base a lo
previsto en el Título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración del Estado y en uso de las competencias que me
confiere el Reglamento de la Consejería de Administraciones Públicas, y el art. 33 del Reglamento de Gobierno y
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, a tenor del Orden Jurídico
instaurado por la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, del Estatuto de
Autonomía de Melilla
De acuerdo con lo anterior, y
visto el expediente 42730/2018, en virtud de las competencias que tengo
atribuidas, VENGO EN
DISPONER
Convocar el proceso siguiente:
BASES DE LA
CONVOCATORIA PARA PROVISIÓN DE UN PUESTO DE TRABAJO DE JEFE DE NEGOCIADO DE
MEDIDAS JUDICIALES, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO DE MÉRITOS.
Es objeto de esta
convocatoria, la provisión en propiedad de los siguientes puestos de trabajo de
la Ciudad Autónoma de Melilla:
Denominación |
Consejería |
Grp |
RJ |
Formación |
Prov. |
VPPT |
CD |
Jefe Negociado de
Medidas Judiciales |
Bienestar Social |
C1/ C2 |
F |
BUP/ FP2/ Graduado Escolar/ FP1 |
CONC |
155 |
18 |
1.- Requisitos
Específicos: Para ser
admitidos al concurso, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a).- Ser Funcionario de carrera ,
propio o transferido, Grupo C1/C2 de la Ciudad Autónoma de Melilla, o personal
laboral fijo que le sea de aplicación la Disposición Transitoria 2ª del Texto
Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Los funcionarios con destino definitivo
podrán participar en este concurso siempre que, al término del plazo de
presentación de instancias, hayan transcurrido al menos dos años desde la toma
de posesión del último destino definitivo obtenido.
2.-
Procedimiento de provisión:
De conformidad con lo
establecido en la Relación de Puestos de Trabajo, los puestos objeto de la
presente convocatoria, se proveerán por el procedimiento de concurso, ajustado
al siguiente:

BAREMO DE MÉRITOS:
1.-
MÉRITOS ADECUADOS A LA CARACTERÍSTICA DE CADA PUESTO.-
Por cada año desarrollando
puestos que impliquen la jefatura
respecto de otro personal a su cargo,
1,2 puntos por año; 0,1 punto por mes, con un máximo de 10 puntos.
La posesión del mérito se
acreditará mediante certificado emitido por la Secretaría Técnica de
Administraciones Públicas.
2.-
POSESIÓN DE UN DETERMINADO GRADO PERSONAL:
0,5 puntos por nivel de grado personal consolidado, con un máximo de 10 puntos. Se acreditará mediante certificado de la Secretaría Técnica de
Administraciones Públicas.
3.-
VALORACIÓN DEL TRABAJO DESARROLLADO:
Por experiencia en el desempeño de puestos
pertenecientes al área funcional o sectorial del Puesto de Trabajo, 2 puntos por año, con un máximo de 20 puntos. La experiencia se acreditará mediante
certificado emitido por la Secretaría Técnica de Administraciones Públicas.
4.-
CURSOS DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO SUPERADOS:
A.- Por cursos específicos
recibidos relacionados con el puesto a cubrir, impartidos por la Administración
o por empresas legalmente autorizadas, o realizados dentro de los planes
anuales de Formación, incluyendo los patrocinados por las Organizaciones
Sindicales en dicho ámbito; 0,1 puntos por hora de curso, con un máximo de 30 puntos.
B.- Poseer titulación
académica superior a la exigida como requisito en la convocatoria:
a ) Título Universitario de Grado o
equivalente, 10 puntos.
b) Título Universitario de Diplomatura o
equivalente, 5 puntos.
La puntuación por titulación
académica, será como máximo de 10 puntos, computándose a estos efectos la mayor
titulación que se posea.
Junto con la solicitud de
participación se aportará la documentación debidamente autenticada.
5.- ANTIGÜEDAD:
Por prestación de servicio en la Ciudad
Autónoma de Melilla o Administración Pública, como Grupo C1/C2 ,
0,166 puntos por mes.
Por prestación de servicio en
la Ciudad Autónoma de Melilla, o Administración Pública, en Grupos inferiores
al puesto convocado, 0,08 puntos por mes.
La puntuación máxima en este
apartado será de 20 puntos.
Para el cómputo de la
antigüedad, se despreciarán las fracciones inferiores al mes.
Se acreditará mediante
certificado de la Secretaría Técnica de Administraciones Públicas.
3.- Puntuación
mínima:
Para la adjudicación de alguno
de los puestos convocados, el aspirante deberá obtener una puntuación mínima de
30 puntos.
4.- Composición de la Comisión de Valoración.-
La Comisión de Valoración
estará constituida según lo establecido en el
apartado sexto de las Bases Generales de aplicación a los procedimientos
de provisión de puestos de trabajo mediante concurso.

5.- Forma y plazo de presentación de solicitudes.-
Todo Empleado Público que
reúna los requisitos específicos, deberá presentar los documentos de méritos
junto con la solicitud del Anexo dirigida a la Consejería de Administraciones
Públicas, a través del Registro General, en el plazo improrrogable de quince
días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la
Convocatoria en el Boletín Oficial de Melilla.
6.- Norma final.-
En lo no dispuesto en las
presentes bases, se estará a lo establecido en las “Bases Generales de
aplicación a los procedimientos de provisión de puestos de trabajo mediante
concurso de los años 2011-2012” publicadas en el B.O.ME., número 4864 de fecha
28 de octubre de 2011.
Las presentes bases y los actos
que de ella deriven por parte del órgano calificador, podrán ser recurridos en
la forma y plazos previstos en el art. 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y preceptos concordantes del Reglamento de Organización
Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla”.
Melilla 9 de enero de 2019,
La Viceconsejera de Administraciones
Públicas,
María Ángeles Gras Baeza