Resolución definitiva nº 9 de fecha 15 de enero de 2019, relativa a la convocatoria pública para la concesión mediante procedimiento de concurrencia competitiva de subvenciones destinadas a la implementación de un programa de escuelas infantiles.
De conformidad con lo estipulado en la SEGUNDA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA
CONCESIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE
CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES
DESTINADAS A LA IMPLEMENTACIÓN DE UN PROGRAMA DE ESCUELAS INFANTILES (BOME 5609, de martes 18 de Diciembre de 2018). y
de acuerdo con la propuesta definitiva
de concesión formulada por el Órgano Colegiado previsto en la convocatoria en
fecha 14 de enero actual,
De
acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 35424/2018, en virtud de las
competencias que tengo atribuidas, VENGO
EN DISPONER
ORDENAR la RESOLUCIÓN DEFINITIVA
DE LA CONVOCATORIA, acordando la concesión de las siguientes
subvenciones a las entidades que a continuación se enumeran, en la cuantía y
con el objeto que igualmente se menciona:
El coste máximo del programa se financiará con cargo a la aplicación
presupuestaria 14/32101/47002, RC Subvenciones ( Plurianual-compromiso de
gasto) número de operación 12018000124549 y posterior R.C. 1201900000789 del
11.01.2018.
|
Solicitante |
Plazas a subvencionar en tramos 1-2 y 2-3 años |
Cuantía lineal 5 plazas / € |
Plazas adicionales asignadas |
Importe adicional asignado |
Plazas totales asignadas |
Importe total concedido |
|
Escuela Enrique Soler (COMAMEL) |
0 y 10. total 10 |
10.000. 5 plazas |
5 |
10.000 |
10 |
20.000 |
|
CEI Divina Infantita |
4 y 8 . total 12 |
10.000 5 plazas |
7 |
14.000 |
12 |
24.000 |
|
CEI Merlín (Academia Vetonia) |
15 y 5 . total 20 |
10.000 5 plazas |
15 |
30.000 |
20 |
40.000 |
|
CEI Santa Luisa Marillac (Fund. Diocesana de Enseñanza) |
6 y 21. total 27 |
10.000 5 plazas |
22 |
44.000 |
27 |
54.000 |
|
Cruz Roja |
10 y 9. total 19 |
10.000 5 plazas |
14 |
28.000 |
19 |
38.000 |
|
Total |
Total 88 plazas |
50.000 € |
63 plazas |
126.000 |
88 |
176.000 € |
De
conformidad con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
procedimiento administrativo común, contra la presente resolución, que no agota
la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente de
la Ciudad Autónoma de Melilla, a interponer en el plazo de un mes contado a
partir del día siguiente al de la notificación de la presente Orden, pudiendo
presentarse el recurso ante esta Consejería o bien directamente ante el órgano
competente para resolverlo, sin perjuicio de que pueda el interesado ejercitar
cualquier otro recurso que estime oportuno.
Melilla 15 de enero de 2019.
El Consejero de Educación, Juventud y Deportes,
Antonio Miranda Montilla