ARTÍCULO Nº 34 (CVE: BOME-A-2019-34) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5618 - viernes, 18 de enero de 2019 Ir al BOMEMINISTERIO DE JUSTICIA - SECRETARIA DE ESTADO DE JUSTICIA - Junta de Expurgo de Melilla
Acta de fecha 14 de enero de 2019, relativa a autorización de destrucción de expedientes judiciales.
ACTA DE REUNIÓN DE LA JUNTA DE EXPURGO
En Melilla, a 14 de enero de dos mil
diecinueve.
Siendo las 9:00 horas, ante el Iltmo.
Sr. Presidente D. Juan Rafael Benítez Yébenes, asistido de mí, la Secretario,
comparecen:
Los Vocales de esta Junta de Expurgo: en
representación del Ministerio Fiscal, en representación del Gerente Territorial
de Málaga Dª Gloria Márquez Manzano y D. Vicente Moga Romero, representante de
la Ciudad Autónoma de Melilla, el Sr Secretario de Gobierno de Melilla,
así como la Letrado suscribiente.
Abierto el acto, D. Vicente Moga Romero,
en su condición de Técnico Superior de Archivos de la Ciudad Autónoma de
Melilla, presenta en este acto informe conteniendo relación de todos los
expedientes seleccionados para su futura conservación y preservación, ordenados
en función del órgano judicial, la serie documental, el año y el número de
procedimiento, cuyo interés histórico-documental así lo aconseja, los cuales
serán retirados para su custodia por la Ciudad Autónoma de Melilla.
Tenido por aportado el anterior informe
y relación de expedientes, tras la oportuna deliberación se adoptaron los siguientes acuerdos:
Punto 1.- La aprobación
del acta anterior, celebrada el 29 de septiembre octubre de 2017, (en
cumplimiento del artículo 19 del R.D).
Punto 2.- La
AUTORIZACIÓN DE LA DESTRUCCIÓN de las actuaciones y autos objeto del presente
expediente, excepto de aquellos relacionados por el Técnico Superior de
Archivos en su informe presentado en el día de hoy.
La CONSERVACIÓN de los expedientes
designados en su informe por D. Vicente Moga Romero, en su condición de Técnico
Superior de Archivos de la Ciudad Autónoma de Melilla, los cuales serán
trasladados a la Ciudad Autónoma de Melilla.
La concreción por parte de la Gerencia Territorial
como Administración competente en materia de provisión de medios materiales y
económicos, de la empresa que va a realizar la destrucción de los expedientes
que (conforme al artículo 21 del R.D.) que será: R.B.Y., que emitirá el
correspondiente certificado de destrucción documental.
Punto 3.- La fijación
por D. Vicente Moga Romero del plazo de un mes, dentro del cual se compromete a
hacer efectiva la retirada de todos los expedientes seleccionados para su
conservación y custodia por su valor histórico-documental.
Punto 4.- Ruegos y
preguntas:
Conforme al artículo 20 del R.D., se
acuerda publicar en el BOME las resoluciones de la Junta de Expurgo que
acuerden la transferencia de los expedientes judiciales a la Administración
competente, su enajenación o su destrucción", por lo que la presente
acta será objeto de publicación en el B.O.ME., con carácter previo a hacer
efectiva la destrucción o transferencia efectiva de los fondos.
Dado por terminado este acto, de todo lo
cual se extiende la presente acta por mí, la Secretario de la Junta de Expurgo,
que firmo a continuación del Sr. Presidente, después de los asistentes, de lo
que Certifico.
La Letrada de Justicia, Secretario de la Junta de Expurgo
María de los Angeles Pineda Guerrero