ARTÍCULO 48 - BOME-A-2019-48

BOME Nº 5620 del viernes, 25 de enero de 2019

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL - Secretaría Técnica

Emplazamiento y remisión de expediente en Procedimiento Ordinario nº 1/2019, seguido a instancias por Eulen Servicio Sociosanitario.


ASUNTO: NOTIFICACIÓN POSIBLES INTERESADOS EN PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 0001/2019, INSTADO POR EULEN SERVICIO SOCIOSANITARIO CONTRA LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.

 

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Melilla en providencia de fecha 10 de enero de 2019, dictada en Procedimiento Ordinario nº 0001/2019, ha dispuesto lo siguiente:

 

Conforme a lo acordado en resolución de fecha 10/01/2019 en el procedimiento al margen reseñado, en el que se le requiere a la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA para que ordene la remisión de aquel/aquellos expediente/s administrativos a que se refiere el acto impugnado, en el plazo improrrogable de veinte días, o bien copia autentificada del mismo, debidamente foliado, y en su caso, con la documentación e índices correspondientes, interesándole, de conformidad  con lo dispuesto en el Art. 49 de la LJCA, que la resolución administrativa que se dicte a tal fin se notifique, en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en dicho expediente, emplazándoles para que puedan personarse como demandados ante este órgano judicial en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule el procedimiento administrativo común. Hechas las notificaciones se incorporarán al expediente administrativo, y todo ello con el apercibimiento expreso contenido en el art. 48.7 de la LJ, en el supuesto de que transcurra el plazo concedido sin que haya sido remitido.

 

De conformidad con lo dispuesto en el Art. 38 de la LJCA, deberá, al remitir el expediente administrativo, comunicar a este órgano judicial si tiene conocimiento de la existencia de otro recursos contencioso-administrativos en los que puedan concurrir los supuestos de acumulación que previene el Capítulo III de la Ley Procesal.

 

Lo que se hace público para general conocimiento, a efecto de comunicación a posibles interesados.

 

Melilla 21 de enero de 2019,

El Secretario Técnico de Bienestar Social,

Victoriano Juan Santamaría Martínez