ARTÍCULO 54 - BOME-A-2019-54

BOME Nº 5621 del martes, 29 de enero de 2019

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Extracto de la orden nº 155 de fecha 15 de enero de 2019, relativo a la convocatoria extraordinario 2018 - 2019, para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de itinerarios de formación - empleo en la Ciudad Autónoma de Melilla en el marco del P.O. FSE 2014 - 20.


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TituloES: Extracto de la Orden de la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones Públicas nº 2019000155 de fecha 15 de enero de 2019, por el que se realiza la CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA 2018-2019 PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA REALIZACIÓN DE ITINERARIOS DEFORMACIÓN-EMPLEO EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA EN EL MARCO DEL P.O. FSE 2014-20.

TextoES: BDNS(Identif.):436846

BDNS (identif.): 436846

 

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 18 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

 

Primero. Beneficiarios.

1.- Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en las presente Convocatoria las Empresas o Entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica, cuyo objeto social sea la formación y se encuentren registradas en el registro de beneficiarios y licitadores de Proyecto Melilla SA..

2.- No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellas entidades en las cuales concurra alguna de las circunstancias a que se refiere el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como aquellas Entidades que hayan incumplido los requisitos de alguna de las subvenciones gestionadas desde Proyecto Melilla S.A. o de la Ciudad Autónoma de Melilla.

3.- Los beneficiarios deberán disponer de manera directa o indirecta de local en la Ciudad Autónoma de Melilla con Licencia de apertura como Centro de Formación (o documento equivalente según la legislación vigente) y Certificado, emitido por técnico competente, acreditativo del cumplimiento de la normativa sobre Accesibilidad y Eliminación de barreras (BOME 4089 de 25 de mayo de 2004) así como de los criterios de interpretación adoptados (Orden 1548 de 25/11/2011). Asimismo, se acreditará que dicho Centro de formación se encuentra censado por el SEPE de Melilla.

4.- Para el caso de cursos asociados a certificados de profesionalidad la entidad adjudicataria dispondrá de manera directa o indirecta de Centro homologado por el SEPE para dicha especialidad en la Ciudad Autónoma de Melilla, así como autorización previa al comienzo del curso por parte del SEPE para impartir dicha especialidad.

 

Segundo. Objeto.

La Ciudad Autónoma de Melilla, a través de su sociedad instrumental Proyecto Melilla, S.A., pretende potenciar un conjunto de acciones destinadas a formar a los ciudadanos empadronados en la Ciudad Autónoma de Melilla en situación de desempleo, especialmente los que no continúan en los sistemas de enseñanza reglada, con el fin de garantizar y adecuar sus conocimientos a los requerimientos propios del mercado de trabajo de forma que satisfagan las necesidades empresariales, mediante el acceso de los desempleados a itinerarios de formación-empleo que mejoren su empleabilidad, utilizando para ello acciones de Formación Profesional para el Empleo.

 

Tercero. Bases reguladoras.

Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran en el Decreto n.º 134 de fecha 15 de diciembre de 2016, relativo a la aprobación definitiva de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de itinerarios de formación y empleo, en la Ciudad Autónoma de Melilla. publicadas en BOME N.º 5402 de 26 de diciembre de 2016. Se puede consultar en la página web: http://www.melilla.es/mandar.php/n/10/2032/5402.pdf


Cuarto. Cuantía.

Se establece un presupuesto para esta Convocatoria de 757.691 €, resultante de la suma de dos cantidades:

 

* 557.691 € que se financiarán con cargo al Programa Operativo Regional del FSE, dentro del Eje Prioritario 1, Objetivo específico. 8.1.2. Cofinanciado al 80%% por el Fondo Social Europeo y al 20% por la Ciudad Autónoma de Melilla. RC nº 12018000114311 de 12/11/2018.

* 200.000 € que se financiarán con cargo al Programa MelillaForma PROGRAMA 13/18 para financiar el Eje 5 de gasto que figura en el Artículo 8 de esta Convocatoria. Partida presupuestaria CAM 08/43300/44900. Financiado al 100% por la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

Las ayudas consistirán en una subvención de hasta el 100% del coste elegible, debidamente justificado, de las acciones formativas, con los límites establecidos en la presente convocatoria diferenciándose dos tramos diferentes:

 

1º tramo. - Se establece una cuantificación de la ayuda, del 100 por 100 de los costes directos de personal (Eje 1), con un máximo de 60 € por hora de curso para los cursos con certificación u homologación externa a PROMESA y con un máximo de 50 por hora de curso para el resto de cursos. Para el resto de costes, indirectos y otros directos (excluido Eje 5), el resultante de aplicar el40% sobre el total de los gastos directos de personal que finalmente se liquiden. Este tramo de la ayuda estaría financiado al 80 por el Fondo Social Europeo y al 20% por la Ciudad Autónoma de Melilla

 

2º tramo. - A la cantidad resultante del primer tramo habría que sumarle el 100 por 100 de los costes del Eje 5, Compensaciones a tanto alzado por asistencia de alumnos desempleados a las acciones formativas siempre que finalicen las acciones formativas. Este tramo de la ayuda estaría financiado al 100% por la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

Quinto. Plazo de Presentación de solicitudes.

La fecha límite de presentación de solicitudes 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad.

 

Si la presentación de la solicitud se realizara en algún lugar distinto del registro de Proyecto Melilla SA, deberá remitirse escrito indicando dicha circunstancia al email formacion@promesa.net, con la documentación escaneada, antes de que finalice el plazo fijado en el párrafo anterior, siendo motivo de exclusión de la Convocatoria la no remisión de dicho email en el plazo previsto. El email acreditará en cualquier caso que toda la documentación se ha entregado en el Registro correspondiente dentro del plazo establecido.

 

Sexto. Forma de las Solicitudes.

Las solicitudes deberán formalizarse según los modelos disponibles en las oficinas de Proyecto Melilla S.A. o en la página web www.promesa.net, entregándose estas debidamente cumplimentadas en soporte papel en el registro de Proyecto Melilla, previa asignación de número de expediente.

 

Las solicitudes podrán presentarse en los registros y oficinas de Proyecto Melilla, S.A. (C/ La dalia nº 36. 52006 Melilla) y en todos aquellos a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Lugar de la Firma: Melilla

Fecha de la Firma: 2019-01-15

Firmante: El Consejero de Economía, Empleo y Administraciones Públicas; Daniel Conesa Mínguez