ARTÍCULO 109 - BOME-A-2019-109

BOME Nº 5625 del martes, 12 de febrero de 2019

MINISTERIO DE JUSTICIA - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCION Nº 3 - Juzgado de 1ª instancia e instrucción Nº 3

Notificación de sentencia a D. Lucio Perlin Cordignano y otros, en procedimiento de juicio verbal nº 245 / 2017.


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JVB JUICIO VERBAL 0000245 /2017

Sobre RECLAMACION DE CANTIDAD

DEMANDANTE D/ a. MOHAMED HAMED MOHAMED

Procurador/a Sr/a. MARIA DEL CARMEN GONZALEZ DEL REY

Abogado/a Sr/a. JOSE MANUEL GUTIERREZ SEQUERA

D/ña. LUCIO PERIN CORDIGNANO, JOSE JUAN MORGADES MERCADO , FRANCO PERIN

Procurador /a Sr/a. , CAROLINA GARCIA CANO,

Abogado/a Sr/a . , ISABEL MARIA GARCIA PRIETO ,

 

E D I C T O

 

DOÑA RAQUEL ALONSO CHAMORRO, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. 3 DE MELILLA, HAGO SABER:

 

En este órgano judicial se tramita JUICIO VERBAL 245/17, seguido a instancias de MOHAMED HAMED MOHAME D, contra LUCIO PERÍN , JUAN JOSÉ MORGADES MERCADO Y FRANCISCO PERÍN en los que ha recaído Sentencia en fecha 14 de enero de 2019, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

 

SENTENCIA 6/2019

 

En Melilla a 14 de Enero de 2019.

 

Han sido visto por Doña Laura López García, Juez del Juzgado de Prim era Instancia e Instrucción num. 3 de Melilla los autos sobre Juicio Verbal 245/2017 seguidos a instancia de D. MOHAMED HAMED MOHAMED representado por la Procuradora Dª María del Carmen González del Rey y con la asistencia letrada de D. José Manuel Gutiérrez Sequera frente a D. JOSÉ JUAN MORGADES MERCADO representado por la Procuradora Dª Carolina García Cano y con la asistencia letrada de Dª Isabel García Prieto y frente a D. LUCIO PERÍN Y D. FRANCO PERÍN declarados en situación de rebeldía procesal.

 

FALLO

 

Se estima parcialmente la demanda interpuesta por D. MOHAMED HA M E MOHAMED representado por la procuradora Dª María del Carmen González del Rey y con la asistencia letrada de D. José Manuel Gutiérrez Sequera frente a D. JOSE JUAN MORGADES MERCADO representado por la procuradora Dª Carolina García Cano y con la asistencia letrada de Dª Isabel García Prieto y frente a D. LUCIO PERlN y D. FRANCO PERIN declarados en situación de rebeldía procesal, con los siguientes pronunciamientos:

1.- Se condena al deudor principal D . LUCIO PERIN a pagar al actor la cantidad pactada y adeudada de 4.000 euros.


2.- se condena al fiador D. FRANCO PERIN de forma solidaria junto con el deudor principal D. LUCIO PERIN al pago de la mitad de la cantidad seña lada en el punto 1. - del fallo (es decir, 2.000 euros de los 4.000 euros).

3.- se condena al fiador DON JOSE JUAN MORGADES MERCADO de forma subsidiaria con respecto al deudor principal, al pago de la mitad de la cantidad señalada en el punto 1 .- del fallo (es decir, 2.000 euros de los 4.000 euros), siendo requisito necesario para proceder contra éste fiador que el actor haya intentado sin éxito, la ejecución forzosa de deudor principal D. LUCIO PERIN, y una vez conste acredita la insolvencia total del deudo principal o la inexistencia de bienes realizables contra el deudor principal en fase de ejecución de esta sentencia podrá hacerse efectiva sobre el patrimonio del fiador la cantidad de 2.000 euros afianzada.

4.-  La condena al pago respecto de D. Lucio Perín y D. FRANCO PERIN de vengar los intereses legales, desde la interposición de la demanda hasta su completo pago .

5.- o se hace expreso pronunciamiento condenatorio en las costas de esta instancia.

 

Esta sentencia no es firme y contra la misma se pue de interponer recurso de apelación ante este Juzgado para la Iltma . Audiencia de Málaga Sección Séptima dentro de los veinte días siguientes a su notificación.

 

Así por esta mi sentencia, lo acuerda, manda y firma Dª LAURA LÓPEZ GARCÍA Juez titular de este Juzgado de Primera Instancia en Instrucción nº 3 de Melilla doy fe.

 

En MELILLA, a 29 de Enero de 2019.

 

LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA