ARTÍCULO Nº 179
(CVE: BOME-A-2019-179)
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BOME Nº 5630 - viernes, 1 de marzo de 2019 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE COORDINACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - Dirección General de Gestión Económica y Administrativa
Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento abreviado nº 19 / 2019, seguido a instancias por Dª Fatima Benyouniss Lahasen.

El Juzgado
Contencioso-Administrativo, nº 2 de Melilla, en escrito de 22 de febrero de
2019, con entrada en esta Ciudad el 26 de febrero del mismo año y registrado
con nº 21492, comunica lo siguiente:
“UNIDAD PROCESAL DE APOYO
DIRECTO
Modelo: N40210
EDIFICIO V CENTENARIO
TORRE NORTE PLANTA 13
Teléfono: 952672326 Fax: 95295649
Equipo/usuario: CCJ
N
I G: 52001 45 3 2019 0000080
Procedimiento: PA
PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000019/2019
Sobre: INDEMINIZACIÓN
DAÑOS Y PERJUICIOS-RESPONSABILIDAD
De: D./ña. FATIMA
BENYOUNISS LAHASEN
Abogado: RABEA AOMAR
MOHAMED
Contra D/ña. CONSEJERÍA
DE COORDINACIÓN Y MEDIO AMBIENTE CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
Conforme a lo
acordado en resolución de fecha 22/02/19
en el procedimiento al margen reseñado, por el presente solicito la remisión
del expediente que motivó la interposición del presente recurso, adjuntado al
presente copia de la resolución recurrida, debiendo de remitirse dentro del
plazo de VEINTE DIAS.
El expediente
administrativo deberá remitirlo a este órgano judicial:
-
Completo,
foliado y en su caso autentificado, acompañado de índice de los documentos que
contenga. Si el expediente fuera reclamado por diversos órganos judiciales, la
Administración enviará copias autentificadas del original o de la copia que se conserve (art 48.4 LJCA). El expediente administrativo con la
implantación del a Justicia Digital deberá llegar al Órgano Judicial de forma
digitalizada a través del cargador de expedientes administrativos (INCIDE), en
el que se contendrá un índice detallado de los documentos remitidos; en caso de
no poder remitir el expediente a través del cargador, deberá remitirse en soporte
informático.
-
De
conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la LJCA, la resolución
administrativa que se dicte a tal fin se notifique, en los cinco días
siguientes a su adopción, a cuántos aparezcan como interesados en dicho
expediente, emplazándoles para que puedan personarse como demandados
ante este órgano judicial en el plazo de nueve
días. La notificación se
practicará con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule el procedimiento
administrativo común, hechas las notificaciones, se enviará el expediente a
este órgano judicial, incorporando la justificación del emplazamiento o
emplazamientos efectuados.
Deberá comunicar a
este órgano judicial si tiene conocimiento de la existencia de otros recursos
contenciosos-administrativos en los que puedan concurrir los supuestos de
acumulación que previene el artículo 38.1 de la LJCA.

El presente oficio
sirve de emplazamiento a la Administración demandada, y su personación se
entenderá efectuada por el simple envío del expediente.
Deberá comunicar a
este órgano judicial, la autoridad o empleado responsable de la remisión del
expediente administrativo.
Se interesa la
devolución de la copia que se adjunta, debidamente señalada y fechada por la
oficina de recepción.
Lo que se publica a
efecto del Emplazamiento Previsto en el artículo 48 LJCA.
Melilla 26 de febrero de 2019,
El Secretario Técnico de Coordinación y Medio Ambiente,
Juan Luis Villaseca Villanueva