ARTÍCULO Nº 179 (CVE: BOME-A-2019-179) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5630 - viernes, 1 de marzo de 2019 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE COORDINACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - Dirección General de Gestión Económica y Administrativa


Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento abreviado nº 19 / 2019, seguido a instancias por Dª Fatima Benyouniss Lahasen.

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El Juzgado Contencioso-Administrativo, nº 2 de Melilla, en escrito de 22 de febrero de 2019, con entrada en esta Ciudad el 26 de febrero del mismo año y registrado con  nº 21492, comunica lo siguiente:

 

“UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Modelo: N40210

EDIFICIO V CENTENARIO TORRE NORTE PLANTA 13

Teléfono: 952672326 Fax: 95295649

Equipo/usuario: CCJ

N I G: 52001 45 3  2019 0000080

Procedimiento: PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000019/2019

Sobre: INDEMINIZACIÓN DAÑOS Y PERJUICIOS-RESPONSABILIDAD

De: D./ña. FATIMA BENYOUNISS LAHASEN

Abogado: RABEA AOMAR MOHAMED

Contra D/ña. CONSEJERÍA DE COORDINACIÓN Y MEDIO AMBIENTE CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA

 

Conforme a lo acordado en resolución de fecha  22/02/19 en el procedimiento al margen reseñado, por el presente solicito la remisión del expediente que motivó la interposición del presente recurso, adjuntado al presente copia de la resolución recurrida, debiendo de remitirse dentro del plazo de VEINTE DIAS. 

 

El expediente administrativo deberá remitirlo a este órgano judicial:

 

-       Completo, foliado y en su caso autentificado, acompañado de índice de los documentos que contenga. Si el expediente fuera reclamado por diversos órganos judiciales, la Administración enviará copias autentificadas del original o de la copia  que se conserve (art 48.4  LJCA). El expediente administrativo con la implantación del a Justicia Digital deberá llegar al Órgano Judicial de forma digitalizada a través del cargador de expedientes administrativos (INCIDE), en el que se contendrá un índice detallado de los documentos remitidos; en caso de no poder remitir el expediente a través del cargador, deberá remitirse en soporte informático.

-       De conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la LJCA, la resolución administrativa que se dicte a tal fin se notifique, en los cinco días siguientes a su adopción, a cuántos aparezcan como interesados en dicho expediente, emplazándoles para que puedan personarse como demandados ante este órgano judicial en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule el procedimiento administrativo común, hechas las notificaciones, se enviará el expediente a este órgano judicial, incorporando la justificación del emplazamiento o emplazamientos efectuados.

 

Deberá comunicar a este órgano judicial si tiene conocimiento de la existencia de otros recursos contenciosos-administrativos en los que puedan concurrir los supuestos de acumulación que previene el artículo 38.1 de la LJCA.

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El presente oficio sirve de emplazamiento a la Administración demandada, y su personación se entenderá efectuada por el simple envío del expediente.

 

Deberá comunicar a este órgano judicial, la autoridad o empleado responsable de la remisión del expediente administrativo.

 

Se interesa la devolución de la copia que se adjunta, debidamente señalada y fechada por la oficina de recepción.

 

Lo que se publica a efecto del Emplazamiento Previsto en el artículo 48 LJCA.

 

Melilla 26 de febrero de 2019,

El Secretario Técnico de Coordinación y Medio Ambiente,

Juan Luis Villaseca Villanueva