ARTÍCULO Nº 183
(CVE: BOME-A-2019-183)
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BOME Nº 5630 - viernes, 1 de marzo de 2019 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES - Dirección General de Educación y Colectivos Sociales
Resolución nº 148 de fecha 25 de febrero de 2019, relativa a la convocatoria para la concesión en el año 2019, de subvenciones públicas para el mantenimiento y promoción de actividades de las Casas de Melilla pertenecientes a la Federación Nacional de Casas de Melilla.

“CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN EN EL AÑO 2019, DE SUBVENCIONES PÚBLICAS
PARA EL MANTENIMIENTO Y PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES DE LAS CASAS DE MELILLA PERTENCIENTES A LA FEDERACIÓN
NACIONAL DE CASAS DE MELILLA”
De
acuerdo con las BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN POR LA CONSEJERÍA DE
EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES, DE SUBVENCIONES PÚBLICAS POR EL PROCEDIMIENTO
DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA EL MANTENIMIENTO, FUNCIONAMIENTO Y PROMOCIÓN
DE ACTIVIDADES DE LAS CASAS DE MELILLA, LAS ASOCIACIONES DE VECINOS Y LAS
ASOCIACIONES DE MAYORES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, publicadas en el BOME
número 5202, de 23 de enero de 2015,
De
acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 5058/2019, en virtud de las
competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
ORDENAR CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN EN EL AÑO 2019, DE SUBVENCIONES
PÚBLICAS PARA EL MANTENIMIENTO Y PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES DE LAS CASAS DE MELILLA PERTENCIENTES A LA FEDERACIÓN NACIONAL DE CASAS DE MELILLA, por importe máximo de
150.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 14/92408/48900, RC
1201900007138, a la que serán de aplicación las referidas bases reguladoras,
con las siguientes determinaciones:
1º.-
Podrán concurrir a la presente convocatoria las Casas de Melilla pertenecientes
a la Federación Nacional de Casas de Melilla.
2º.-
Será requisito imprescindible para obtener la subvención encontrarse al
corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la
Seguridad Social, así como haber justificado en forma y plazo anteriores
subvenciones recibidas de la Ciudad Autónoma de Melilla.
3º.- El plazo de presentación de solicitudes será
de QUINCE DÍAS contados a partir del día siguiente al de publicación de la
presente convocatoria.
La
solicitud se formulará cumplimentada el modelo oficial que se facilitará por la
Consejería de Educación, Juventud y Deportes ( se anexa).
Las
solicitudes se podrán presentar en la Consejería de Educación, Juventud y
Deportes o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16 la Ley
39/2015 de 01 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
A
efectos de una mejor valoración de las solicitudes, la Administración podrá
solicitar la ampliación de los datos necesarios para adoptar la resolución que
proceda. Estos datos, o la documentación complementaria que se requiera, deberá
ser aportada en el plazo de 10 a partir de la fecha del requerimiento.
4º.-
Si el escrito de solicitud no reuniera
alguno de los extremos previstos en el artículo 66 de la Ley del Procedimiento
Administrativo Común (en adelante LPA), o faltare algún documento, se requerirá
al solicitante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la citada
Ley, para que, en un plazo de DIEZ DÍAS hábiles, subsane las faltas o acompañe
los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera se le
tendrá por desistido de su petición, previa resolución que se dictará en los
términos previstos en el artículo 21 de la misma.
5º.-
La distribución de las subvenciones se realizará entre las Casas solicitantes,
con arreglo a lo siguiente:

a)
Un máximo de 128.000 euros se distribuirá en función de los siguientes
criterios, indicadores de las necesidades de cada Casa:
•
Número de socios. Se distribuirán proporcionalmente la cuantía máxima de
65.000 € en atención a los siguientes
parámetros:
Nº. de socios |
Menos de 100 |
Entre 100 y 200 |
Entre 200 y 300 |
Entre 300 y 400 |
•
Volumen de actividades previstas. Se distribuirán proporcionalmente la
cuantía máxima de 30.000 € en atención a los siguientes parámetros (
número de actividades previstas)
Menos de 5 actividades |
Entre 5 y 10 actividades |
Más de 10 actividades |
•
Cargas financieras por la compra o arrendamiento del local social. Se
distribuirán proporcionalmente la cuantía máxima de 10.000 € en atención a los siguientes parámetros
Carga financiera |
Menos de 6.000 € |
Entre 6.000 € y 12.000 € |
Entre 12.000 € y 18.000 € |
Más de 18.000 € |
•
Previsión de gastos corrientes relacionados con el mantenimiento de la
casa regional. Se distribuirán proporcionalmente la cuantía máxima de 23.000 €
en atención a los siguientes parámetros
Gastos corrientes |
Menos de 10.000 € |
Entre 10.000 y 20.000 € |

Entre 20.000 y 30.000 € |
Más de 30.000 € |
La
información acerca de los mencionados criterios deberá ser declarada por las
Casas solicitantes en el momento de solicitar la subvención, sin perjuicio de
su contraste con los datos acreditados en ejercicios anteriores.
Dicho
importe de la subvención deberá destinarse a los siguientes objetos:
Amortizaciones de créditos contraídos para la adquisición o rehabilitación de
local social, alquiler del local social, gastos de mantenimiento, pequeñas
obras o reparaciones, adquisición de mobiliario, suministros, seguros,
impuestos y contribuciones, telefonía, cuotas, suscripciones, desplazamiento y
manutención con ocasión de la asistencia a reuniones debidamente convocadas por
la Federación Nacional, y otros gastos análogos, todo ello con referencia al
año 2019.
Los
gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos
notariales y regístrales y los gastos periciales para la realización del
proyecto subvencionado y los de administración específicos serán
subvencionables si están directamente relacionados con la actividad
subvencionada así como los gastos de garantía bancaria
En
ningún caso serán gastos subvencionables:
a)
Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
b)
Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
c)
Los gastos de procedimientos judiciales.
Los
tributos serán gasto subvencionable cuando el beneficiario de la subvención los
abona efectivamente. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los
impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni
los impuestos personales sobre la renta.
b)
11.000 euros se repartirán a partes iguales entre todas las Casas de
Melilla a razón de
1.000
euros por Casa.
Dicho importe se destinará a sufragar gastos ocasionados con ocasión de
las actividades organizadas con motivo de la celebración del Día de Melilla del
año 2019.
c)
11.000 euros se repartirán a partes iguales entre todas las Casas de
Melilla a razón de
1.000
euros por Casa.
Dicho
importe se destinará a sufragar gastos ocasionados con ocasión de la
organización de actividades culturales realizadas durante el año 2019.
6º.- La tramitación del procedimiento hasta la
resolución de la convocatoria se desarrollará conforme a las bases reguladoras
que le son de aplicación.
7º.-
La percepción de la subvención es compatible con los ingresos que para el mismo
objeto pueda percibir la entidad beneficiaria, procedentes de cualesquiera
otras personas o entidades tanto públicas como privadas, inclusive otras áreas
u organismos de la Ciudad Autónoma de Melilla, si bien su importe no podrá
superar el coste total de las actuaciones objeto de subvención, en cuyo caso se
minorará la subvención concedida mediante esta convocatoria en la cantidad que
corresponda.
8º.- Las personas, físicas o jurídicas, que
reciban la subvención, asumirán las obligaciones que respecto del beneficiario
establece el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Los
beneficiarios deberán dar la adecuada publicidad del carácter público de la
financiación del programa, actividad, inversión o actuación de cualquier tipo
que sea objeto de la subvención que se perciba.

cualquier
otro documento con validez jurídica que permitan acreditar el cumplimiento del
objeto de la subvención.
Esta
cuenta justificativa deberá incluir una declaración de las actividades
realizadas que han sido financiadas con la subvención, y su coste, con desglose
de cada uno de los gastos incurridos. Estos gastos se acreditarán mediante
facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el
tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa.
Su
presentación se realizará ante la Consejería de Educación, Juventud y Deportes
antes de la finalización del primer trimestre del año siguiente al de concesión
de la subvención.
En
el supuesto de adquisición de bienes inmuebles, además de los referidos
justificantes, debe aportarse certificado de tasador independiente debidamente
acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial.
10º-.
De conformidad con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
procedimiento administrativo común, contra la presente resolución, que no agota
la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente de
la Ciudad Autónoma de Melilla, a interponer en el plazo de un mes contado a
partir del día siguiente al de la notificación de la presente Orden, pudiendo
presentarse el recurso ante esta Consejería o bien directamente ante el órgano
competente para resolverlo, sin perjuicio de que pueda el interesado ejercitar
cualquier otro recurso que estime oportuno “

ANEXO ( MODELO SOLICITUD)
SOLICITUD SUBVENCIONES PARA
LA PROMOCIÓN, FUNCIONAMIENTO Y
ACTUACIONES DE LAS CASAS DE
MELILLA PERTENECIENTES A LA
FEDERACIÓN NACIONAL DE
CASAS DE MELILLA.2019
CASA DE MELILLA
solicitante |
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DENOMINACIÓN. |
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CIF: |
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Teléfono: |
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DIRECCIÓN : |
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C/c de abono: |
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||||||
Núm de socios: |
|
Superficie en m2
del local de la asociación: |
|
|||||
Cargas financieras
por compra o arrendamiento del local |
Importe anual en €u |
ros |
Previsión de gastos
corrientes por el mantenimiento de la Casa: |
Importe anual en €uros |
||||
Se
recuerda la necesidad de aportar el programa de actividades previstas para el
2019, si no se ha presentado con anterioridad.
Persona responsable
de la solicitud (Datos de la persona que firma la solicitud) |
||||||||
Apellidos: |
|
Nombre: |
|
|||||
Cargo/función: |
|
DNI: |
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Fecha y
firma: |
El Solicitante formula DECLARACIÓN RESPONSABLE de encontrarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Así
mismo DECLARA carecer de deudas con la
Ciudad Autónoma de Melilla |
|
||||||
Solicitud de subvención acogida a la Convocatoria
de subvenciones para la promoción, funcionamiento y actuaciones de las Casas de
Melilla pertenecientes a la Federación Nacional de Casas de Melilla,
correspondiente a 2019.
La persona firmante declara que son ciertos cuantos
datos figuran en la presente solicitud, así como en la documentación que se
acompaña.
Asimismo AUTORIZA expresamente a la Ciudad Autónoma
de Melilla la realización de consultas sobre los datos consignados en la
presente solicitud, la cesión de los mismos a otras Administraciones Públicas a
los efectos de control de la gestión, así como recabar de las Administraciones
Públicas, en particular de la Agencia Estatal de Administración Tributario
(AEAT) y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), documentación
acreditativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
fiscales y frente a la Seguridad Social, y en general respecto del cumplimiento
de los requisitos establecidos para la concesión de la subvención.

de inscripción en el evento o actividad al que hace
referencia este formulario. Los datos sólo podrán ser cedidos a terceros cuando
ello resulte necesario por motivos de control o gestión de sus competencias y
al amparo de una norma que lo legitime. Los derechos de los interesados
relacionados en los artículos 15 a 21 del Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 podrán ejercerse en la
Consejería de Educación, Juventud y Deportes, órgano responsable del
tratamiento, o enviando un correo electrónico a la dirección dpd@melilla.es.
EXCMO.
SR. CONSEJERO DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES. -
.
Melilla 25 de febrero de
2019,
El Consejero de Educación,
Juventud y Deportes,
Antonio Miranda Montilla