Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento abreviado nº 36 / 2019, seguido a instancias por Ferrovial - Agroman, S.A.
Expediente
Administrativo: Contrato de Obras : NUEVO VIAL DE CONEXIÓN DEL P.l. LAS
MARGARITAS CON LA FRONTERA DE BENI-ENZAR MEDIANTE LA PROLONGACIÓN DEL PASEO DE
LAS ROSAS HASTA LA CARRETERA ML-300
Interesado :
FERROVIAL -AGROMAN ,S.A.
En el expediente referenciado, se ha interpuesto Recurso
Contencioso Administrativo, dando lugar al PROCEDIMIENTO ABREVIADO Na 3612019
en el desarrollo del cual ha recaído Resolución del Juzgado de lo Contencioso
Administrativo NO 2 de Melilla, de fecha 26 de febrero de 2019 cuyo
contenido es el siguiente:
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"Conforme a lo acordado en resolución del
día de la fecha, en el procedimiento al margen reseñado, por el presente
solicito la remisión del expediente que motivó la interposición del presente
recurso , debiendo de remitirse dentro del plazo de DIEZ DIAS.
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El expediente administrativo, original o copiado
, deberá remitirlo a este órgano judicial, completo, foliado y en su caso
autentificado , acompañado de un índice , asimismo autentificado , de los
documentos que contenga. Si el expediente fuera reclamado por diversos órganos
judiciales, la Administración enviará copias autentificadas del original o de
la copia que se conserve ( art. 48.4 LJCA ).
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De conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de
la LJCA , la resolución administrativa que se dicte a tal fin se notifique , en
los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados
en dicho expediente, emplazándoles
para que puedan personarse como demandados ante este órgano judicial en el
plazo de nueve días . La
notificación se practicará con arreglo a Io dispuesto en la Ley que regule el
procedimiento administrativo común; hechas las notificaciones, se enviará el
expediente a este órgano judicial, incorporando la justificación del
emplazamiento o emplazamiento efectuados .
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Deberá comunicar a este órgano judicial si tiene
conocimiento de la existencia de otros recursos contenciosos — administrativos
en los que puedan concurrir los supuestos de acumulación que previene el art.
38.1 de la LJCA.
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El presente oficio sirve de emplazamiento a la
Administración demandada, y su personación se entenderá efectuada por el simple
envío del expediente.
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Deberá comunicar a este órgano judicial, la
autoridad o empleado responsable de la remisión del expediente administrativo.
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Lo que le comunico para su conocimiento y efectos.
Melilla 4 de marzo de 2019,
El Secretario Técnico de
Fomento,
Arturo Jiménez Cano