ARTÍCULO Nº 230
(CVE: BOME-A-2019-230)
DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5633 - martes, 12 de marzo de 2019 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL - CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL
Acuerdo de encomienda de gestión de la Consejería de Bienestar Social y la Universidad nacional de educación a distancia para el desarrollo del centro europeo de investigación, políticas y acción para los menores y la migración (Ceipamm)/ European Research Center In Policies And Action On Minors And Migration (Ecrpamm).

ACUERDO DE ENCOMIENDA
DE GESTIÓN DE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE
EDUCACIÓN A DISTANCIA PARA EL DESARROLLO DEL CENTRO EUROPEO DE
INVESTIGACIÓN, POLÍTICAS Y ACCIÓN PARA LOS MENORES Y LA MIGRACIÓN (CEIPAMM)/
EUROPEAN RESEARCH CENTER IN POLICIES AND ACTION ON MINORS AND MIGRATION
(ECRPAMM)
Melilla, a 6 de febrero
de 2019.
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. Don Daniel Ventura
Rizo, Consejero de Bienestar Social de la Ciudad Autónoma de Melilla, por
Decreto del Presidente núm. 058, de 20 de julio de 2015 (BOME extraordinario
núm. 28, de 20 de julio de 2015), debidamente facultado para este acto por
Decreto del Consejo de Gobierno de distribución de competencias de fecha 31 de
julio de 2015, que modifica el Acuerdo de fecha 24 de julio de 2015 sobre
distribución de competencias a las Consejerías de la Ciudad (BOME
extraordinario núm. 30, de 5 de agosto de 2015).
De otra, D. Ricardo
Mairal Usón, Rector Magnifico de la Universidad Nacional de Educación a
Distancia, nombrado Real Decreto 1438/2018, de 7 de diciembre (BOE núm. 296, de
8 de diciembre), y del Real Decreto de nombramiento 448/2017, de 28 de abril
(BOE de 29 de abril) debidamente facultado para este acto en virtud de lo
dispuesto en el artículo c 99.1.o) del Real Decreto 1239/2011, de 8 de
septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia.
INTERVIENEN
Ambas partes
se reconocen mutuamente la capacidad legal suficiente para suscribir el
presente Convenio para encomienda de gestión y, a tal efecto,
EXPONEN
PRIMERO.- La Constitución Española
dispone en su artículo 39, entre los principios rectores de la política
económica y social el apoyo de los poderes públicos para asegurar la protección
social, económica y jurídica de la familia, señalando, igualmente que los niños
deberán gozar de la protección prevista en los acuerdos internacionales, entre
los que deben incluirse los derechos reconocidos a la infancia por la
Convención de los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de las
Naciones Unidas, el 20 de noviembre de 1989, y en vigor en España desde el 5 de
enero de 1991.
SEGUNDO.- La Ciudad Autónoma de
Melilla tiene asumidas competencias en materia de protección de menores en los
términos establecidos en el Código Civil, en virtud de lo dispuesto en el Real
Decreto núm. 1385/1997, de fecha 29-08-97 (B.O.E. 24-09-1997, núm. 229 y B.O.E.
31-10-1997, núm. 261) sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la
Administración del Estado en materia de asistencia social, y demás normas
complementarias y de desarrollo.
TERCERO.- La Ciudad Autónoma de
Melilla ostenta competencias en materia de asistencia social de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 21.1.18 del Estatuto de Autonomía de Melilla y
especialmente la protección y tutela de menores dentro de su ámbito
competencial, en virtud del Real Decreto 1385/1997, antes citado, y demás
normas complementarias y de desarrollo. Estando por tanto, facultada la
Consejería correspondiente para establecer Convenios con Entidades, para la
realización de programas de Servicios Sociales, y/o en su caso específicamente
en materia de menores.
CUARTO.- Que la Universidad Nacional de Educación a Distancia, en
adelante UNED, es una institución de derecho público, dotada de personalidad y
plena autonomía, según el artículo 1.o de sus Estatutos. Entre sus funciones,
la UNED desempeña el servicio público de la educación superior mediante la
investigación, la docencia y el estudio,
así como desarrollar la investigación en todas las ramas de la ciencia,
la técnica y la cultura; fomentar la formación y la promoción de todo su
personal docente, investigador y de administración y servicios; Desarrollar sus
actividades docentes, de investigación y gestión en régimen de coordinación, y
favorecer el intercambio científico, la movilidad académica y la cooperación
para el desarrollo de los pueblos, tal y como se especifica en el artículo 4,
e) , f ), h) e i) de sus Estatutos, aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8
de septiembre.

QUINTO.- Que, la numerosa llegada de menores extranjeros no
acompañados (MENA) a nuestro país durante los últimos 20 años ha supuesto
un reto para los sistemas de protección, que es digno de investigación del
fenómeno que permita no sólo conocer los aspectos concretos del mismo, sino que
también ofrezca recursos intelectuales para la adaptación y mejora de los
sistemas de protección a la infancia, y que permitan a éste último el
cumplimiento de los fines de interés general y social cuya consecución tiene
encomendada la Administración General de la Ciudad de Melilla y la UNED tienen interés y entienden necesario
que, para conocer e investigar en toda su amplitud dicho fenómeno, se
establezca una encomienda de gestión en los términos previstos en el articulo
11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
SEXTO.- En atención a la
especificidad y particularidad del objeto de estudio, se procede a concretar
las funciones de la investigación en el Departamento de Trabajo Social de la
UNED, a través del proyecto denominado Centro Europeo para la Investigación, Políticas y la Acción con los
Menores y la Migración (CEIPAMM)/ European Research Center in Policies and
Action on Minors and Migration (ECRPAMM) que constituye una oportunidad para
fomentar los estudios de Investigación en la Ciudad de Melilla, sobre el
fenómeno de la inmigración, y en particular la que afecta a menores de edad.
SÉPTIMO. Por otra parte, la Ciudad Autónoma de Melilla
cuenta en su presupuesto de gasto con cargo a la Aplicación Presupuestaria
05/23101/22799, hasta 140.000 €, a razón de 35.000 €e/año, para destinarse a la
financiación del fenómeno migratorio de menores (RC CONTRATACIÓN MAYOR
(PLURIANUAL-COMPROMISO DE GASTO FUTURO) nº 12019000002334 de 23 de enero de
2019)
OCTAVO.- Por razones de eficacia, se considera conveniente por la
Ciudad Autónoma de Melilla - Consejería de Bienestar Social , como Entidad
Pública de protección de menores en el ámbito territorial de Melilla, una
encomienda de gestión del artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, que establece que «la realización de
actividades de carácter material o técnico de la competencia de los órganos
administrativos o de las Entidades de Derecho Público podrá ser encomendada a
otros órganos o Entidades de Derecho Público de la misma o de distinta
Administración, siempre que entre sus competencias estén esas actividades, por
razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su
desempeño».
NOVENO.- El Consejo de Gobierno, en
sesión ejecutiva Extraordinaria celebrada el día 4 de febrero de 2019, adoptó
la presente ENCOMIENDA DE GESTIÓN A LA UNED PARA EL ESTUDIO E INVESTIGACIÓN DEL
FENÓMENO DE MENORES EXTRANJEROS NO ACOMPAÑADOS, que se hará efectiva con la
publicación en los Boletines Oficiales correspondientes
Por todo lo expuesto, ambas
partes deciden suscribir el presente Acuerdo de Encomienda de Gestión que se
regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA.- ÁMBITO DE APLICACIÓN SUBJETIVO SUBJETIVO.-
Son partes del presente
Acuerdo la Ciudad Autónoma de Melilla – Consejería de Bienestar Social, como
órgano encomendante, y la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED),
como entidad encomendataria.
SEGUNDA.- OBJETO DEL CONVENIO.-
El presente Acuerdo tiene por objeto que la
Consejería de Bienestar Social de Melilla encomiende a la Universidad de
Educación a Distancia (UNED) a través del Vicerrectorado de Investigación e
Internacionalización, la colaboración para la investigación del fenómeno de los
menores extranjeros mediante la
realización continua de actividades de investigación, transferencia,
divulgación, docencia, innovación y buenas prácticas sobre los Menores
Migrantes, temas de interés común, dada su relevancia social, el componente
científico de la labor a realizar .Dicha actividad investigadora se realizará a
través del proyecto Centro Europeo para la Investigación, Políticas y Acción
para los Menores y la Migración (CEIPAMM)/ European Research Center in Policies
and Action on Minors and Migration (ECRPAMM), entidad sin personalidad jurídica
y cuya dirección corresponde a Dª Sagrario Segado Sánchez-Cabezudo, con D.N.I
22992857 Profesora Doctora del Departamento de Trabajo Social de la Universidad
Nacional de Educación a Distancia.
TERCERA.- CONTENIDO Y ACTIVIDADES DE LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN.
El contenido de la
encomienda versará sobre las materias relacionadas con la investigación
científica -social del fenómeno de las migraciones, en particular la que afecta
a los menores extranjeros no acompañados, de acuerdo con la normativa vigente
de la Universidad, entre las cuales cabe destacar a modo enunciativo, sin
perjuicio de poder desarrollar otras actividades necesarias no contempladas en
esta relación:
a.- Creación de equipos
de investigación interdisciplinares e internacionales que puedan construir
nuevos conocimientos sobre los fenómenos migratorios de los menores migrantes a
partir de las experiencias de investigación individuales que han desarrollado
sus miembros en sus respectivos países y universidades
b.- Promover la
colaboración científica en el ámbito del estudio de las migraciones de los
menores migrantes con Universidades y Centros de Investigación del todo el
mundo con la dinamización de redes regionales, estatales e internacionales de
estudio de las migraciones, tratando de establecer en la Ciudad Autónoma de
Melilla un referente en Europa y el máximo exponente español en este campo de
investigación.

c.- Establecer
relaciones sólidas y permanentes con la sociedad civil implicada en asuntos
relacionados con las migraciones de este colectivo con objeto de mejorar tanto
el conocimiento de dichos fenómenos cuanto de ayudar en la solución de los
“problemas sociales” asociados a dicho movimiento de población.
d.- Potenciar la
formación en general en el ámbito de las migraciones y específicamente en el
terreno de los menores migrantes mediante la organización de Seminarios
Internacionales, Congresos, Cursos de especialización etc…
e) Construir
conocimiento científico que relacione las migraciones de los menores migrantes
con los aspectos, jurídicos, políticos y sociales mediante la creación de una
Revista Internacional del máximo Impacto. Tal objetivo general debería
concretarse en los siguientes aspectos:
o
Desarrollo
de investigación comparada sobre derechos de los Menores migrantes en España,
Europa y el resto del Mundo, relacionando todo ello con el concepto de
ciudadanía en las sociedades actuales y la construcción de dicha ciudadanía en
las sociedades multiculturales.
o
Desarrollo de investigación comparada e histórica sobre las políticas de
intervención e integración de los menores migrantes en los distintos países del
mundo teniendo presente la perspectiva de los sistemas jurídicos, de los
sistemas políticos, de los sistemas educativos y de las diversas áreas de
incidencia principal de dichas políticas de integración
o
Estudios sobre la vida cotidiana y las relaciones entre grupos de
menores migrantes y sociedad autóctona con sus posibles correspondientes
efectos en procesos de racismos y xenofobia.
o
Elaborar conclusiones sobre la base de los resultados de investigación
para orientar la intervención política y social en los ámbitos detectados como
problemáticos y / o conflictivos entre ciudadanos migrantes y ciudadanos de las
sociedades de acogida
CUARTA.-
MEDIOS MATERIALES Y TÉCNICOS.
Para el desarrollo de las actividades contempladas
en la presente encomienda por parte de UNED, a través de su Centro Europeo para
la Investigación, Políticas y Acción para los Menores y la Migración (CEIPAMM)/
European Research Center in Policies and Action on Minors and Migration
(ECRPAMM), se utilizarán medios técnicos y humanos de la UNED.
La
Consejería de Bienestar Social facilitará a CEIPAMM el acceso a las bases de
datos de carácter personal que resulten necesarias para el desarrollo de la
gestión encomendada.
La UNED a través del
proyecto CEIPAMM, podrá proponer a la Consejería de Bienestar Social organizar
jornadas, cursos extracurriculares, conferencias, seminarios, congresos,
exposiciones científicas y toda clase de manifestaciones análogas.
En
estos casos,
·
Las
actividades estarán dirigidas, desde el punto de vista académico, por un
profesor universitario, perteneciente a la plantilla de profesores de la UNED.
·
La
Consejería de B. Social podrá establecer un canon de gestión por su actividad
(para sufragar coste del ordenanza, alquiler de locales, utilización de medios,
etc).
·
Siempre
que la actividad esté dirigida por un profesor perteneciente a la plantilla de
la UNED, la Universidad autoriza el uso del logotipo UNED en la documentación y
difusión de la misma.
QUINTA.-
ASPECTOS ECONÓMICOS Y FINANCIACIÓN.
Correrán a cargo del
presupuesto de gastos de la Consejería de Bienestar Social los originados por
la gestión material objeto de la presente encomienda contemplado en la
subvención nominativa recogida en los Presupuestos Generales de la Ciudad de
Melilla en la aplicación Presupuestaria núm.
En el anexo se detallan los conceptos de gasto
evaluables a la hora de ajustar el presupuesto de las actuaciones de
investigación, así como las actuaciones de investigación previstas que la UNED
deberá gestionar en base a esta encomienda.
SEXTA.- TITULARIDAD.
·
Conforme a lo
dispuesto en el apartado 2 del artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, esta encomienda no implica cesión de
titularidad de competencia alguna, correspondiendo la formalización de actos
jurídicos a los órganos que tengan atribuida por el ordenamiento jurídico la
facultad de decisión.
·
En todo caso, la
UNED tendrá la condición de encargado del tratamiento de los datos de carácter
personal a los que pudiera tener acceso en ejecución de la encomienda de
gestión, siéndole de aplicación lo dispuesto en la normativa de protección de
datos de carácter personal y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado siguiente
de este Acuerdo.

SÉPTIMA.
SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN.
La UNED se compromete
al cumplimiento de todas las obligaciones derivadas de la Ley Orgánica 15/1999,
de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, teniendo la consideración
de encargado del tratamiento en relación con los datos personales contenidos en
los expedientes cuya tramitación es objeto de esta encomienda, conforme al
artículo 12 de la mencionada Ley.
OCTAVO.-
SEGUIMIENTO DE LA ENCOMIENDA.
Se constituirá una
comisión de seguimiento con objeto de dirigir, coordinar y comprobar la
correcta ejecución de la presente encomienda, así como de resolver las
incidencias y dudas de interpretación que puedan surgir.
La Comisión de
Seguimiento estará constituida por dos representantes de la UNED, una de los
cuales será Dª
Sagrario Segado Sánchez-Cabezudo, en su calidad de
responsable del Centro
Europeo de Investigación, Políticas y Acción para los menores y la migración
(CEIPAMM)/ European Research Center in Policies and Action on minors and
migration (ECRPAMM), y dos representantes de la Consejería de
Bienestar Social.
La Comisión de
Seguimiento será presidida por el Consejero de Bienestar Social de la Ciudad
Autónoma de Melilla
La Comisión de
Seguimiento se reunirá en sesión ordinaria al menos una vez al año. Con
independencia de ello, se reconoce a ambas partes la facultad de instar la
convocatoria extraordinaria de una reunión de la Comisión de Seguimiento.
NOVENO.-
VIGENCIA.
1. La presente
encomienda adquirirá eficacia con su publicación en el Boletín Oficial del
Estado y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla (BOME) extenderá su
vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022.
2. El presente acuerdo
podrá ser modificado, incluso en su duración, por acuerdo expreso de las partes
y siguiendo los procedimientos que exija la normativa vigente.
3. La presente
encomienda de gestión se extinguirá, además de por expiración de su plazo de
vigencia, y sin perjuicio de la terminación de las actuaciones en curso, por
las siguientes causas:
Por mutuo acuerdo de
las partes.
Si se
produjesen circunstancias que hicieran imposible o innecesaria la realización
de las actuaciones encomendadas.
Por el incumplimiento
de las condiciones previstas en el presente acuerdo previa denuncia de
cualquiera de las partes efectuada con dos meses de antelación a la fecha de
resolución.
DÉCIMO.- RÉGIMEN
JURÍDICO.
Este acuerdo es de
carácter administrativo, de los contemplados en el artículo 11 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
UNCÉCIMO.-
FIRMA
Suscriben el presente
instrumento de formalización de encomienda de gestión el Consejero De Bienestar
Social, una vez autorizado el acto por el Consejo de Gobierno en su reunión de
fecha 4 de febrero de 2019 (Res núm. 2019000073), de conformidad con lo
previsto en el artículo 75.2 del Reglamento del Gobierno y del
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOMe. Extraord. núm. 2 de 390
de enero de 2017) y el Excmo. Sr. Ricardo Mairal Muñoz, Rector Magnifico de la
Universidad Nacional de Educación a Distancia, nombrado por Real Decreto
1438/2018, de 7 de diciembre Boletín Oficial del Estado núm.296, de 8 de
diciembre de 2018) debidamente facultado para este acto en virtud de lo
dispuesto en el artículo 99.1.o) del
Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, por el que se aprueban los
Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, e implica la
aceptación de la referida encomienda de gestión en los términos que en la misma
se recogen.
El Consejero de Bienestar
Social
Daniel Ventura Rizo
El Rector Magnifico UNED
Ricardo Mairal Usón

ANEXO
Proyecto
de investigación aplicada en materia de investigación del fenómeno migratorio
de menores extranjeros no acompañados
Presupuesto de la
encomienda: actuaciones encomendadas
Conceptos de gasto
evaluables a la hora de ajustar el presupuesto:
Actuaciones anuales
|
Euros (€)/anual |
Personal
investigador contratado |
8.985 |
Otro personal
contratado (secretaria y web) |
11.700 |
Personal laboral
eventual y S.S. |
|
Instalaciones y
equipo |
1000 |
Gastos
funcionamiento y otros |
|
Dietas y locomoción
nacional |
585 |
Dietas y locomoción
extranjero |
625 |
III Seminario
Internacional (Anexo documento detallado) |
12.105,51 |
Total |
26.015 |
Total financiación CEIPAMM |
35.000 |