ARTÍCULO Nº 256 (CVE: BOME-A-2019-256) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5635 - martes, 19 de marzo de 2019 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE FOMENTO - Dirección General de la Vivienda y Urbanismo
Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento ordinario nº 4 / 2019, seguido a instancias por Amar Mohamed Maanan.
Expediente:
19927/2017 (LEG)
Expediente
Administrativo:
Reposición de
la legalidad urbanística, por aplicación del artículos 29 y 31 de Reglamento de
Disciplina Urbanística.
Promotor: |
AMAR MOHAMED MAANAN. |
Representante: |
JOSÉ ANTONIO PALAU CUEVAS. |
Emplazamiento: |
Polígono 3, Parcela rústica 43, Carretera Circunvalación, Hito IV, ML-300
(en expedientes anteriores 000101/2011LEG y 5299/2017). |
En el expediente referenciado, se ha interpuesto Recurso
Contencioso Administrativo, dando lugar al Procedimiento Ordinario nº 0000004 /
2019, en el desarrollo del cual ha recaído Resolución del Juzgado de lo
Contencioso Administrativo Nº 3 de Melilla, de fecha dieciocho de diciembre de
2018, cuyo contenido es el siguiente:
"Conforme a lo acordado en resolución de esta fecha
dictada en el recurso contenciosoadministrativo con los datos al margen, interpuesto por AMAR MOHAMED
MAANAN contra resolución de esa Administración de fecha 9 de marzo de 2018,
dictada en expediente 19927 /2017 sobre LEGALIDAD URBANÍSTICA, y en
cumplimiento de lo dispuesto en los Arts. 48 de la LJAC, siendo necesarios
el/los expediente/ s que motivaron las resoluciones impugnadas, solicito a V.
I. :
- Ordene la remisión a este órgano judicial de
aquel/aquellos a que se refiere el acto impugnado, en el plazo improrrogable de
veinte días, o bien copia
autentificada del mismo, debidamente foliado, y en su caso, con los documentos
e índices correspondientes, interesándole, de conformidad con lo dispuesto en
el Art. 49 de la LJCA, que la resolución administrativa que se dicte a tal fin
se notifique, en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan
como interesados en dicho expediente, emplazándoles para
que puedan personarse como demandados ante este órgano judicial en el plazo de nueve días. La notificación se
practicará con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule el procedimiento
administrativo común. Hechas las notificaciones se incorporarán al expediente
administrativo, y todo ello con el apercibimiento expreso contenido en el art.
48.7 de la LJ, en el supuesto de que transcurra el plazo concedido sin que haya
sido remitido. El expediente administrativo con la implantación de la Justicia
Digital deberá llegar al Órgano Judicial de forma digitalizada a través del
cargador de expedientes administrativos (INSIDE), en el que se contendrá un
índice detallado de los documentos remitidos; en caso de no poder remitir el
expediente a través del cargados, deberá remitirse en soporte informático.
-
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 38 de
la LJCA, deberá, al remitir el expediente administrativo, comunicar a este
órgano judicial si tiene conocimiento de la existencia de otros recursos
contencioso-administrativos en los que puedan concurrir los supuestos de
acumulación que previene el Capítulo III de la Ley Procesal.
-
Así mismo deberá comunicar a este Órgano
Judicial la autoridad o empleado responsable de la remisión del expediente
administrativo.”
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la Ley de
la Jurisdicción Contencioso Administrativa (Ley 29/98, de 13 de Julio) en
relación con el Art. 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a notificar a
cuantos sean interesados en el procedimiento, mediante publicación del Acuerdo
en el BOE y BOME, que disponen de nueve días para personarse en el Juzgado.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Melilla 15 de marzo de 2019,
La Secretaria Técnica de Fomento,
Inmaculada Merchán Mesa