ARTÍCULO Nº 256 (CVE: BOME-A-2019-256) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5635 - martes, 19 de marzo de 2019 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE FOMENTO - Dirección General de la Vivienda y Urbanismo


Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento ordinario nº 4 / 2019, seguido a instancias por Amar Mohamed Maanan.

BOME-P-2019-837 Descargar página

Expediente:                           19927/2017 (LEG)

Expediente Administrativo:

Reposición de la legalidad urbanística, por aplicación del artículos 29 y 31 de Reglamento de Disciplina Urbanística.

Promotor:

AMAR MOHAMED MAANAN.

Representante:

JOSÉ ANTONIO PALAU CUEVAS.

Emplazamiento:

Polígono 3, Parcela rústica 43, Carretera Circunvalación, Hito IV, ML-300 (en expedientes anteriores 000101/2011LEG y 5299/2017).

 

En el expediente referenciado, se ha interpuesto Recurso Contencioso Administrativo, dando lugar al Procedimiento Ordinario nº 0000004 / 2019, en el desarrollo del cual ha recaído Resolución del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 3 de Melilla, de fecha dieciocho de diciembre de 2018, cuyo contenido es el siguiente:

 

"Conforme a lo acordado en resolución de esta fecha dictada en el recurso contenciosoadministrativo con los  datos al margen, interpuesto por AMAR MOHAMED MAANAN contra resolución de esa Administración de fecha 9 de marzo de 2018, dictada en expediente 19927 /2017 sobre LEGALIDAD URBANÍSTICA, y en cumplimiento de lo dispuesto en los Arts. 48 de la LJAC, siendo necesarios el/los expediente/ s que motivaron las resoluciones impugnadas, solicito a V. I. :

 

- Ordene la remisión a este órgano judicial de aquel/aquellos a que se refiere el acto impugnado, en el plazo improrrogable de veinte días, o bien copia autentificada del mismo, debidamente foliado, y en su caso, con los documentos e índices correspondientes, interesándole, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la LJCA, que la resolución administrativa que se dicte a tal fin se notifique, en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en dicho expediente, emplazándoles para que puedan personarse como demandados ante este órgano judicial en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule el procedimiento administrativo común. Hechas las notificaciones se incorporarán al expediente administrativo, y todo ello con el apercibimiento expreso contenido en el art. 48.7 de la LJ, en el supuesto de que transcurra el plazo concedido sin que haya sido remitido. El expediente administrativo con la implantación de la Justicia Digital deberá llegar al Órgano Judicial de forma digitalizada a través del cargador de expedientes administrativos (INSIDE), en el que se contendrá un índice detallado de los documentos remitidos; en caso de no poder remitir el expediente a través del cargados, deberá remitirse en soporte informático.

 

-       De conformidad con lo dispuesto en el Art. 38 de la LJCA, deberá, al remitir el expediente administrativo, comunicar a este órgano judicial si tiene conocimiento de la existencia de otros recursos contencioso-administrativos en los que puedan concurrir los supuestos de acumulación que previene el Capítulo III de la Ley Procesal.

-       Así mismo deberá comunicar a este Órgano Judicial la autoridad o empleado responsable de la remisión del expediente administrativo.”

BOME-P-2019-838 Descargar página

De conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (Ley 29/98, de 13 de Julio) en relación con el Art. 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a notificar a cuantos sean interesados en el procedimiento, mediante publicación del Acuerdo en el BOE y BOME, que disponen de nueve días para personarse en el Juzgado.

 

Lo que se hace público para conocimiento general.

 

Melilla 15 de marzo de 2019,

La Secretaria Técnica de Fomento,

Inmaculada Merchán Mesa