ARTÍCULO Nº 265 (CVE: BOME-A-2019-265) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5635 - martes, 19 de marzo de 2019 Ir al BOME

MINISTERIO DE JUSTICIA - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2


Ntf. a D. Sufian Hamed Dris, en juicio sobre delitos leves 323/2017.

BOME-P-2019-849 Descargar página

JUICIO SOBRE DELITOS LEVES 0000323 /2017

N.I.G: 52001 41 2 2017 0010149

Delito/Delito Leve: ESTAFA (TODOS LOS SUPUESTOS)

Denunciante/Querellante: MINISTERIO FISCAL, DANIEL ROIZ LEVY

Contra: SUFIAN HAMED DRIS

 

En virtud de lo a cordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000 , de Enjuiciamiento Civil , por el presente se notifica la sentencia dictada a SUFIAN HAMED DRIS , DNI 45306968G , nac./Melilla, en f./30 . 11 . 1994 , hijo de Hamed y Fadrna , cuyo último domicilio conocido estaba en e/Acera Reina Regente 4 , bajo C de Melilla ; sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente

 

FALLO

 

Que debo condenar y condeno a D. Sufian Hamed Orís como autor criminalmente responsable de un delito leve de estafa, a la pena de 3 meses de multa a razón de 10 euros diarios (900 euros) con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago  de la multa así como al abono de 20 euros a la empresa Martínez S.L. y al pago de las costas del proceso.

 

Inclúyase la presente en el Libro de Sentencias.

 

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme contra ella cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días, que se preparará ante este Juzgado , y del que conocerá la Ilma.. Audiencia Provincial.

 

Y para que los condenados reciban notificación de dicha sentencia, y puedan -en su caso- ejercer los recursos que entiendan les corresponden contra la misma, se expide el presente que se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla y se fijará en el TABLON DE ANUNCIOS de este Juzgado por término de DIEZ DIAS.

 

En MELILLA a 11 de marzo de 2019.

 

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA