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BOME Nº 5639 - martes, 2 de abril de 2019 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y SALUD PÚBLICA - CONSEJERIA DE PRESIDENCIA Y SALUD PÚBLICA


Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 29 de marzo de 2019, relativo a modificación del plan estratégico de subvenciones de la Consejería de Presidencia y Salud Pública.

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DILIGENCIA

 

El Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva ordinaria celebrada el día 29 de marzo de 2019, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

 

PUNTO DÉCIMO.- MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES

 

El Consejo de Gobierno acuerda aprobar propuesta de la Consejería de Presidencia y Salud Pública, que dice literalmente lo siguiente:

 

La aprobación de las modificaciones al PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES, en el apartado correspondiente a la CONSEJERÍA DE presidencia y salud pública que se acompaña a la presente Propuesta.

 

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE

LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y SALUD PÚBLICA

 

I. CONSIDERACIONES GENERALES

Según la Exposición de Motivos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, una parte importante de la actividad financiera del sector público se canaliza a través de subvenciones, con el objeto de dar respuesta, con medidas de apoyo financiero, a demandas sociales y económicas de personas y entidades públicas o privadas. Desde la perspectiva económica, las subvenciones son una modalidad importante de gasto público y, por tanto, deben ajustarse a las directrices de la política presupuestaria, actualmente orientada por los criterios de estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera y crecimiento económico.

 

Desde esta perspectiva la Ley General de Subvenciones supone un paso más en el proceso de racionalización de nuestro sistema económico incardinándose en el conjunto de medidas y reformas que se han venido instrumentando con esta finalidad. Uno de los principios que rigen esta ley, recogido también en la normativa de estabilidad presupuestaria, es el de transparencia. Con este objeto las Administraciones deberán hacer públicas las subvenciones que concedan, y, a la vez, la ley establece la obligación de formar una base de datos de ámbito nacional que contenga información relevante sobre todas las subvenciones concedidas. Esta mayor transparencia redunda de forma directa en un incremento de los niveles de eficiencia y eficacia en la gestión del gasto público subvencional. En esta línea de mejora de la eficacia, la Ley 38/2003 establece, como elemento de gestión e instrumento de dicha mejora, la necesidad de elaborar en cada Administración Pública un Plan Estratégico de Subvenciones, que permita relacionar los objetivos a alcanzar y los efectos que se pretenden conseguir, con los costes previstos y su financiación, con objeto de adecuar las necesidades públicas a cubrir mediante las subvenciones, con los recursos disponibles.

 

Además, la ley plantea un sistema de seguimiento a través del control y evaluación de objetivos, que debe permitir que aquellas líneas de subvenciones que no alcancen el nivel de consecución de objetivos deseado o que resulte adecuado al nivel de recursos invertidos, puedan ser modificadas o sustituidas por otras más eficaces y eficientes, o, en su caso, eliminadas.

 

Desde la perspectiva administrativa, las subvenciones son una técnica de fomento de determinados comportamientos considerados de interés general e incluso un procedimiento de colaboración entre la Administración pública y los particulares para la gestión de actividades de interés público. Existe una gran diversidad de subvenciones de distinta naturaleza, que se conceden mediante procedimientos complejos, y, por lo tanto, deben ser objeto de un seguimiento y control eficaces. Se configura así el plan estratégico como el complemento necesario para articular la concesión de subvenciones, con respeto a los principios de transparencia y equilibrio presupuestario

 

II. CONTEXTO NORMATIVO

PRIMERO.- La justificación de la realización del Plan Estratégico de Subvenciones tiene su fundamento en lo dispuesto, con carácter general, en la exposición de motivos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre de Subvenciones, en adelante LGS, y de forma específica en el mandato establecido en el artículo 8 de la citada norma, en los artículos 10 y siguientes del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en adelante RGS, en Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el 
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Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla ( BOME núm. 4224 de 9 de septiembre de 2005).

 

La Ley General de Subvenciones y su reglamento de desarrollo viene a configurar al Plan estratégico como el marco a través del cual debe realizarse la política de subvenciones de las Administraciones Públicas, debiendo formar parte del expediente administrativo que se forme en el marco del procedimiento de elaboración de las correspondientes normas o bases. Son por tanto "instrumentos de planificación y gestión, carente de rango normativo cuyos efectos se reducen al ámbito interno de la Administración "( PASCUAL GARCÍA), "de carácter programático, pues su contenido no crea derechos y obligaciones ( art. 12.3 RD 887/2006) , cuya efectividad está condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención " ( GARCÍA QUINTAS), pero para el que nuestro Tribunal Supremo ha establecido " su carácter imperativo y categórico "en el procedimiento subvencional ( por todas la STS de 28 de enero de 2013, rec. 559/2012, LA LEY 2675/ 2013, STS 16 de abril de 2013, rec. 1372/2012, LA LEY 30233/2013)

 

SEGUNDO.- El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones dispone la obligatoriedad de la aprobación de los Planes Estratégicos de Subvenciones en el sentido siguiente: “Los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.”

 

Por otra parte, de conformidad con la disposición adicional primera del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME núm. 4224 de 9 de septiembre de 2005) “se elaborará un plan estratégico previo que se llevará a cabo, bien por la Consejerías y demás órganos o entidades dependientes de la Ciudad Autónoma de Melilla, bien mediante la elaboración de un plan general. Éstos podrán ser anuales, cuando la subvención tenga tal carácter, o en su caso plurianuales”.

 

TERCERO.- En cumplimiento de lo dispuesto anteriormente el Consejo de Gobierno de la Ciudad, mediante Acuerdo de fecha 28 de marzo de 2014 (BOME núm. 5126 de 2 de mayo de 2014) aprobó los diferentes Planes Estratégicos de Subvenciones de las Consejerías de la Ciudad y de sus Entes Dependientes. Entre los diferentes Planes aprobados estaba el de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana y entes dependientes (Instituto de las Culturas).

CUARTO.- Una vez extinto el Plan Estratégico General de Subvenciones de la Ciudad publicado el 2 de mayo de 2014 (BOME 5126) y a tenor del apartado 1º, cuya vigencia se extendía durante los años 2014 a 2016, se informó a las Direcciones Generales de todas las Consejerías y a los Directores/Gerentes de los Organismos Autónomos de la necesidad y obligatoriedad de la elaboración de un nuevo Plan General con carácter previo al establecimiento de subvenciones ( Disposición Adicional Primera Reglamento General de Subvenciones de la CAM- BOME nº 4224 de fecha 9 de septiembre de 2005) que concretase los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

QUINTO.- Teniendo en cuenta el  Reglamento de la Ley General de Subvenciones en el que se dispone que “el período de vigencia de tres años” (Art. 11.4 del RLGS) para estos planes, salvo que por la especial naturaleza del sector afectado sea conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente (anuales, por ejemplo o plurianuales) con fecha 25 de octubre de 2017 (BOME Extraordinario nº 18 ) se publicó  el nuevo Plan Estratégico General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla 2017-2019

SEXTO.- La propia disposición citada prevé, en su párrafo segundo, prevé el carácter plurianual del Plan, más allá del ejercicio de su aprobación, al señalar que “cada actuación, programa o línea de subvención señalara otro diferente. Esto es, y de acuerdo con las circunstancias especiales que concurran en determinadas materias, o por venir exigida en Planes nacionales o supranacionales, o por su carácter plurianual, en las convocatorias o en los actos de concesión podrá extenderse su vigencia más allá del ejercicio económico”.

SÉPTIMO.- Si bien en el ámbito de la Administración General del Estado, los Planes Estratégicos serán aprobados por el Ministro o Ministros responsables de su ejecución (Art. 13 RD 887/2006), no existe norma básica que atribuya esta competencia a un órgano u otro en la Administración Local. Es órgano competente para la aprobación de los planes estratégicos en los municipios de régimen común el Alcalde, en ejercicio de la competencia establecida al artículo 21.1.s) de la Ley 7/85 de 2 de abril, competencia de carácter residual, así como a tenor de los señalado en el apartado a) de ese mismo artículo, esto es, “dirigir el gobierno y la administración municipal”.

 

Sin embargo, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla, dicha competencia se atribuye al Consejo de Gobierno en  el Reglamento de Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, aprobado por el Pleno de la Excma. Asamblea, de fecha 27 de enero de 2017 (BOME Extra. N1 2. 30 de enero 2017) en su artículo 16 “ De las atribuciones del Consejo de Gobierno”,  que establece en su apartado 27 lo siguiente:

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“La aprobación de la planificación estratégica en materia de subvenciones, así como la concesión directa de subvenciones a las que alude el artículo 22.2 de la Ley General de Subvenciones cuando igualen o superen la cuantía de 18.000

 

En virtud de lo anteriormente expuesto, VENGO EN PROPONER AL CONSEJO DE GOBIERNO:

 

·         La modificación del PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y SALUD PÚBLICA.

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1. Dirección General de Presidencia

 

Objetivos Estratégicos:

 

1)     Facilitar medios a las entidades representativas de la distintas religiones y culturas presentes en la Ciudad para su funcionamiento interno, realización de actividades y/o mantenimientos de instalaciones, fomentando las actuaciones relativas a la diversidad cultural de la población de Melilla, y a la conservación y difusión del patrimonio intercultural, incluso fuera de su ámbito siempre que sean de interés para la Ciudad

2)     Facilitar y mejorar la enseñanza de los melillenses, mejorando la oferta universitaria así como el fomento de la actividad universitaria.

3)     Favorecer la especialización de los alumnos universitarios  mediante la implantación de Masters Universitarios y seminarios de especialización.

4)     Facilitar el acceso de los inmigrantes a las tecnologías informáticas propiciando su integración.

5)     Potenciar y favorecer actuaciones, programas y proyectos dirigidos a la cooperación para el desarrollo.

6)     Apoyo a proyectos e iniciativas dentro del ámbito de Erasmus+.

 

Línea de Subvención 1ª:

Objetivo estratégico: Facilitar medios a las entidades representativas de las distintas religiones y culturas presentes en la Ciudad para su funcionamiento interno, realización de actividades y/o mantenimientos de instalaciones, fomentando las actuaciones relativas a la diversidad cultural de la población de la Ciudad de Melilla

 

·         Área de competencia: Consejería de Presidencia y Salud Pública. Dirección General de la Consejería de Presidencia.

·         Centro gestor: Negociado de Gestión Administrativa.

·         Sector al que se dirige la ayuda: Entidades representativas de las distintas religiones y culturas presentes en la Ciudad: Comunidad Israelita, Comunidad Hindú, Asociaciones islámicas, etc…

·         Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Dotar a las entidades representativas de las distintas religiones y culturas presentes de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades, fortaleciendo y estimulando los valores de la pluriculturalidad de la población melillense.

·         Plazo necesario para su consecución: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

·         Costes previsibles, ejercicio 2019:

o    Comunidad Israelita: 120.000 Euros.

o    Comunidad Hindú: 20.000 Euros

o    Comunidad Islámica Al Ishan: 15.000  Euros

o    Comunidad Islámica Iman Malik: 40.000 Euros

o    Centro Hijos de Melilla: 15.000 Euros.

o    Asociación Amas de Casa: 12.000 Euros

o    Asociación de Vecinos Alhambra : 50.000 Euros

·         Aplicación Presupuestaria:

o    Comunidad Israelita (01 92406 48902)

o    Comunidad Hindú (01 92407 48900)

o    Comunidad Islámica Al Ihsan (01 33400 48900)

o    Comunidad Islámica Iman Malik ( 01 33400 48901)

o    Asociación Amas de Casa (01 23200 48900)

o    Centro Hijos de Melilla (01 92402 48900)

o    Asociación de Vecinos Alhambra ( 01 33400 48902)

·         Aportación de otros entes: No se prevé para las actividades concretas subvencionadas.

·         Plan de acción: Se prevén los siguientes:

a.     Concesión de subvenciones directas nominativa a cada una de las entidades representativas de las distintas religiones y culturas, por los importes reseñados.

b.     Fechas de concesión previstas: Desde Enero a Junio.

c.     Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos.

d.     Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración.

·         Seguimiento y evaluación:

o    Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

o    Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

 

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Línea de subvención 2ª:

Objetivo estratégico: Facilitar y mejorar la enseñanza de los melillenses así como el fomento de la actividad universitaria.

 

·         Área de competencia: Consejería de Presidencia y Salud Pública. Dirección General de la Consejería de Presidencia.

·         Centro gestor: Negociado de Gestión Administrativa.

·         Sector al que se dirige la ayuda: Universidad de Granada. La Ciudad sufragará los gastos de personal docente acordados con la Universidad de Granada que se ocasionen por la implantación de las nuevas Titulaciones  y Master universitarios universitarias. Asimismo, se fomentará el desarrollo de actividades en el Campus de la Universidad de Granada en Melilla, así  como su difusión fuera de la Ciudad.

·         Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Favorecer el acceso a la enseñanza universitaria y su especialización mediante la implantación de Titulaciones Universitarias y Master universitario.

·         Plazo necesario para su consecución: El plazo establecido es de cinco años (para la ampliación de la oferta universitaria), que podrá ampliarse previo acuerdo expreso entre la CAM y la UGR. En el caso del fomento de las actividades universitarias de las tres facultades del campus de Melilla se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

·         Costes previsibles, ejercicio 2019:

o                   Convenio UGR- Grado en Enfermería: 950.243,68 Euros.

o    Convenio UGR- Grado Ed. Primaria y Ciencias ACT Física: 1.147.760,71. Euros

o    Convenio UGR- ADE+Derecho: 434.636,00  Euros

o    Convenio UGR- Grado Fisioterapia: 750.601,00 Euros

o    Convenio UGR- Máster Abogacía: 15.148,00 Euros.

o    Convenio UGR- Fomento de la Actividad Universitaria: 75.000,00 Euros

o    Convenio UGR- Seminario Prof. “ José Sainz Cantero” : 10.000,00 Euros

o    Convenio UGR- Máster Gestión y Tecnologías de procesos de negocios: 17.600,00 Euros

o    Convenio UGR- Máster Negocios y Adm. De Empresas y RRHH: 15.000,00 Euros

o    Convenio UGR para el Fomento del Deporte Náutico de Vela: 10.000,00 Euros

·         Aplicación presupuestaria:

o    Convenio UGR- Grado en Enfermería (01 32402 42300)

o    Convenio UGR- Grado Ed. Primaria y Ciencias Actv. Física:  (01 32403 42300)

o    Convenio UGR- ADE+Derecho (01 32404 42300)

o    Convenio UGR- Grado Fisioterapia (01 33405 42300)

o    Convenio UGR- Máster Abogacía (01 32406 42300)

o    Convenio UGR- Fomento de la Actividad Universitaria (01 32407 42300)

o    Convenio UGR- Seminario Prof. “ José Sainz Cantero ( 01 32408 42300)          

o    Convenio UGR- Máster Gestión y Tec. de procesos de negocios ( 01 32409 42300)

o    Convenio UGR- Máster Negocios y Adm. De Empresas y RRHH ( 01 32410 42300)

o    Convenio UGR para el Fomento del Deporte Náutico de Vela ( 01 32411 42300)

·         Aportación de otros entes: No se prevé para las actividades concretas subvencionadas.

·         Plan de acción: Se prevén los siguientes:

a.     Concesión de subvenciones directas nominativas a la Universidad de Granada  para el desarrollo de cada una de las Titulaciones, Seminarios y Masters Universitarios por los importes reseñados.

b.     Fechas de concesión previstas: Desde Enero a Junio.

c.     Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos.

d.     Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración.

·         Seguimiento y evaluación:

o    Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

o    Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

 

Línea de subvención 3ª:

Objetivo estratégico: Contribuir a la integración de los inmigrantes, facilitándoles el acceso las nuevas tecnologías, formarles en el manejo de internet, facilitarles la búsqueda de empleo on-line, y el contacto con instituciones y familiares y amigos, a través del programa denominado Ciberespacio.

 

·         Área de competencia: Consejería de Presidencia y Salud Pública. Dirección General de la Consejería de Presidencia.

·         Centro gestor: Negociado de Gestión Administrativa.

·         Sector al que se dirige la ayuda: Cáritas-Interparroquial para atención de inmigrantes.

·         Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Una mayor integración de las personas  inmigrantes en Melilla

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·         Plazo necesario para su consecución: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

·         Costes previsibles, ejercicio 2019:

o                   Subvención Cáritas Interparroquial: 43.000,00 Euros.

·         Aplicación presupuestaria:

o                   Subvención Cáritas- Interparroquial: (01 92401 48901)

·         Aportación de otros entes: No se prevé para las actividades concretas subvencionadas.

·         Plan de acción: Se prevén los siguientes:

a)     Concesión de subvención directa nominativa a Cáritas - Interparroquial.

b)     Fechas de concesión previstas: Desde Enero a Junio.

c)     Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos Generales de la CAM.

d)     Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración.

·         Seguimiento y evaluación:

o    Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

o    Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

 

Línea de subvención 4ª:

Objetivo estratégico: Contribuir a fomentar una cultura de la solidaridad en nuestra ciudad, mediante la cooperación y la educación para el desarrollo.

 

·         Área de competencia: Consejería de Presidencia y Salud Pública. Dirección General de la Consejería de Presidencia.

·         Centro gestor: Negociado de Gestión Administrativa.

·         Sector al que se dirige la ayuda: Voluntarios de la Asociación y todos aquellos que estén interesados

·         Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Llevar a cabo programas y acciones de cooperación al desarrollo y solidaridad que conlleven una implicación efectiva de personas, colectivos y entidades de la ciudad. Acompañar procesos de desarrollo humano. Contribuir a la generación de procesos de desarrollo en las áreas geográficas establecidas por la Ciudad Autónoma. Salvar vidas, aliviar el sufrimiento y mantener la dignidad humana durante y después de las crisis provocadas por el hombre o por desastres naturales,  así como prevenir y reforzar la capacidad de respuesta para cuando sobrevengan tales situaciones

·         Plazo necesario para su consecución: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

·         Costes previsibles, ejercicio 2019:

o    Ayuda Cooperación al Desarrollo: 25.000 Euros.

o    ONG Asociación Intervención Ayuda y Emergencia: 10.000 Euros.

·         Aplicación presupuestaria:

o    Ayuda Cooperación al Desarrollo (01 92500 48900)

o    Subvención Nominativa ONG Asociación Intervención Ayuda y Emergencia (01 92501 48900)

·         Aportación de otros entes: No se prevé para las actividades concretas subvencionadas.

·         Plan de acción: Se prevén los siguientes:

a)     Concesión de subvención directa nominativa a ONG Asociación Intervención Ayuda y Emergencia.

b)     Fechas de concesión previstas: Durante todo el año.

c)     Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa en los presupuestos Generales de la CAM.

d)     Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración

·         Seguimiento y evaluación:

o    Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

o    Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

 

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2. Dirección General de Sanidad y Consumo

 

Objetivos Estratégicos:

 

1)     Coordinación y desarrollo del Plan sobre Drogas y Adicciones de la Ciudad Autónoma de Melilla: Con este objetivo se pretende desarrollar los programas y actuaciones dirigidos al estudio de la situación,  a  la  prevención  y  asistencia  a  las drogodependencias y otras adicciones, recogidos en el Plan Nacional sobre Drogas y Adicciones de la Ciudad Autónoma  de  Melilla  y  que  se  resumen  en  los siguientes objetivos prioritarios:

 

·         Fomentar la coordinación y participación de todos los agentes públicos y privados implicados en la lucha contra las adicciones.

·         Fomentar la sensibilización social y comunitaria del riesgo asociado al consumo de drogas y otras conductas adictivas.

·         Desarrollar  actividades  de  prevención  en drogodependencias y otras conductas adictivas en el ámbito escolar, laboral, familiar y  comunitario  que  incluyan  actividades  para    fomentar  y ofrecer un ocio y tiempo libre saludable.

·         Desarrollar la atención integral a las personas con  problemas  de  drogodependencias  y  otros trastornos adictivos incluyendo la atención al entorno familiar y social.

·         Impulsar la reinserción laboral, social y familiar de las personas con problemas de adicción.

·         Mejorar el conocimiento de la realidad de las adicciones y de los factores asociados  a estas en la población de  Melilla.

·         Evaluar las acciones realizadas.

·         Garantizar la formación de los profesionales y agentes que trabajan en la prevención y / o asistencia a las adicciones.

 

2)     Desarrollo de las actuaciones de promoción y protección de la salud de la población: Con este objetivo se pretende dar cobertura a los problemas de salud de la colectividad, desarrollar acciones de prevención y promoción de la salud, y otras, que sin ser estrictamente sanitarias, tienen efectos sobre la salud de la población.

 

Entre las medidas prioritarias de este ámbito se incluyen:

 

·         Educación sanitaria de la población, atendiendo especialmente a colectivos más desfavorecidos o discriminados, para capacitarles en la toma de las mejores decisiones para mejorar su salud y bienestar.

·         Modificación de ciertas condiciones sociales, laborales y ambientales que favorezcan un impacto positivo en la salud individual y colectiva.

·         Desarrollo de programas de prevención de enfermedades y de promoción de hábitos de vida saludables  dirigidos  a  todas  las  etapas  de  la  vida,  en especial a la infancia y vejez y de acuerdo con las prioridades establecidas previamente, atendiendo especialmente  a  las  enfermedades  emergentes, reemergentes y de especial relevancia.

·         Desarrollo de acciones de prevención secundaria como son los programas de detección precoz de la enfermedad.

 

3)     Actuaciones relacionadas con la Salud Animal, control y prevención de zoonosis: Las medidas prioritarias en este ámbito son:

 

·         Desarrollo de actividades en sanidad animal, específicamente aquellas que contribuyen a prevenir zoonosis, con especial incidencia las relacionadas con la Lucha Antirrábica.

·         Control y supervisión del Centro de Recogida de Animales.

·         Tramitación de expedientes relativo al traslado de animales.

 

Línea de subvención 1ª:

Objetivo estratégico : Coordinación y desarrollo del Plan sobre Drogas y Adicciones de la Ciudad Autónoma de Melilla: Con este objetivo se pretende desarrollar los programas y actuaciones dirigidos al estudio de la situación,  a  la  prevención  y  asistencia  a  las drogodependencias y otras adicciones, recogidos en el Plan Nacional sobre Drogas y Adicciones de la Ciudad Autónoma  de  Melilla.

 

·         Área de competencia: Consejería de Presidencia y Salud Pública. Dirección General de Sanidad y Consumo.

·         Centro gestor: Negociado de Gestión Administrativa.

·         Sector al que se dirige la ayuda: Entidades representativas y Organizaciones sin ánimo de lucro de la Ciudad Autónoma: Cruz Roja Española y Sociedad San Vicente de Paúl.

·         Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Dotar a las entidades representativas de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades, fortaleciendo, previniendo y asistiendo a personas con adicciones.

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·         Plazo necesario para su consecución: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

·         Costes previsibles, ejercicio 2019:

o                   Convenio Cruz Roja Española: 162.500,00 Euros.

o    Convenio San Vicente de Paúl- Virgen de la luz- Proyecto Hombre: 131.916,00 Euros.

·         Aplicación Presupuestaria:

o    Convenio Cruz Roja Española (01/23110/48900)

o    Convenio San Vicente de Paúl- Virgen de la luz- Proyecto Hombre (01/23105/48900)

·         Aportación de otros entes: No se prevé para las actividades concretas subvencionadas.

·         Plan de acción: Se prevén los siguientes:

a)     Concesión de subvención directa nominativa a ONG Cruz Roja Española y San Vicente de Paúl- Virgen de la Luz-Proyecto Hombre.

b)     Fechas de concesión previstas: Durante todo el año.

c)     Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa en los presupuestos Generales de la CAM.

d)     Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración

·         Seguimiento y evaluación:

o    Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

o    Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

 

Línea de subvención 2ª:

Objetivo estratégico: Desarrollo de las actuaciones de promoción y protección de la salud de la población. Con este objetivo se pretende dar cobertura a los problemas de salud de la colectividad, desarrollar acciones de prevención y promoción de la salud, y otras, que sin ser estrictamente sanitarias, tienen efectos sobre la salud de la población.

 

·         Área de competencia: Consejería de Presidencia y Salud Pública. Dirección General de Sanidad y Consumo

·         Sector al que se dirige la ayuda: Entidades representativas y Sociedades de la Ciudad Autónoma: Hermandad De Donantes de Sangre, Aspanies Feaps, Asociación Española Contra el Cáncer y Asociación Autismo Melilla.

·         Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Dotar a las entidades representativas de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades, fortaleciendo, previniendo y asistiendo a personas con problemas de salud y prevención de las mismas.

·         Plazo necesario para su consecución: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

·         Costes previsibles, ejercicio 2019:

o                   Convenio Hermandad De Donantes de Sangre: 6.000,00 Euros.

o    Convenio ASPANIES FEAPS: 27.000,00 Euros.

o    Convenio Asociación Española Contra el Cáncer: 65.000 Euros.

o    Convenio Asociación Autismo Melilla: 18.300,00 Euros.

·         Aplicación presupuestaria:

o    Convenio Hermandad De Donantes de Sangre (01 23113 48900)

o    Convenio ASPANIES FEAPS (01 23114 48900)

o    Convenio Asociación Española Contra el Cáncer ( 01 23115 48900)

o    Convenio Asociación Autismo Melilla ( 01 23202 48900)

·         Aportación de otros entes: No se prevé para las actividades concretas subvencionadas.

·         Plan de acción: Se prevén los siguientes:

a)     Concesión de subvención directa nominativa a la Hermandad De Donantes de Sangre, Aspanies Feaps, Asociación Española Contra el Cáncer y Asociación Autismo Melilla.

b)     Fechas de concesión previstas: Durante todo el año.

c)     Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa en los presupuestos Generales de la CAM.

d)     Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración

·         Seguimiento y evaluación:

o    Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

o    Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

 

 

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Línea de subvención 3ª:

Objetivo estratégico: Facilitar la integración socio laboral de las personas en tratamiento por problemas de adicción o que presentan conductas de riesgo.

 

·         Área de competencia: Consejería de Presidencia y Salud Pública. Dirección General de Sanidad y Consumo.

·         Centro gestor: Negociado de Gestión Administrativa.

·         Sector al que se dirige la ayuda: Usuarios mayores de 16 años con problemas de adicciones y/ o conductas de riesgo.

·         Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Favorecer el acceso al programa de reinserción socio educativo laboral (PISEL), mediante el pago de una beca.

·         Plazo necesario para su consecución: 2 meses desde su publicación en el BOME.

Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual, mediante dos convocatorias al año (una para los talleres que se realizan en primer semestre y otra para los que se realizan desde septiembre a diciembre).

·         Costes previsibles, ejercicio 2019:

o    Becas Talleres Drogodependientes: 50.000,00 Euros.

·         Aplicación presupuestaria:

o    Becas Talleres Drogodependientes (01 23300 48900)

·         Aportación de otros entes: Posible concurrencia con subvenciones de otras entidades públicas o privadas. Compatibilidad con otras subvenciones.

·         Plan de acción: Se prevén los siguientes:

a.     Concesión de subvenciones mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva

b.     Fechas de concesión previstas: Dos periodos: Julio/ agosto y diciembre/ enero

c.     Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos Generales de la CAM.

d.     Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Dos convocatorias concurrencia no competitiva al año.

·         Seguimiento y evaluación:

o    Número de solicitudes presentadas: entre 50 y 100 (entre los dos periodos)

o    Número de beneficiarios finales: entre 50 y 100 (entre los dos periodos)

o    Plazo y tramitación del pago: cada convocatoria: 6 meses

 

Línea de subvención 4ª:

Objetivo estratégico: Actuaciones relacionadas con la Salud Animal, control y prevención de zoonosis.

 

·         Área de competencia: Consejería de Presidencia y Salud Pública. Dirección General de Sanidad y Consumo

·         Sector al que se dirige la ayuda: Entidades y Centros de acogidas de animales de la Ciudad Autónoma: Sociedad Protectora de Animales y Plantas y Colegio Oficial de Veterinarios

·         Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Dotar a las entidades representativas de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades, fortaleciendo, previniendo y asistiendo a aquellos para traslados, controles y desarrollo de actividades en sanidad animal, específicamente aquellas que contribuyan a prevenir zoonosis, la lucha antirrábica

·         Plazo necesario para su consecución: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

·         Costes previsibles, ejercicio 2019:

o                   Convenio Sociedad Protectora de Animales y Plantas: 50.000,00 Euros.

o    Convenio Colegio Oficial de Veterinarios: 100.000,00 Euros.

·         Aplicación presupuestaria:

o    Convenio Sociedad Protectora de Animales y Plantas (01 23116 48900)

o    Convenio Colegio Oficial de Veterinarios (01 23117 48900)

·         Aportación de otros entes: No se prevé para las actividades concretas subvencionadas.

·         Plan de acción: Se prevén los siguientes:

a)     Concesión de subvención directa nominativa a la Sociedad Protectora de Animales y Plantas y al Colegio Oficial de Veterinarios de Melilla.

b)     Fechas de concesión previstas: Durante todo el año.

c)     Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa / nominativa en los presupuestos Generales de la CAM.

d)     Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración

·         Seguimiento y evaluación:

o    Seguimiento: Presentación de la Memoria de anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

o    Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

BOME-P-2019-1024 Descargar página

Línea de subvención 5ª:

Objetivo estratégico: Subvencionar el tope del copago de medicamentos a la población pensionista

 

·         Área de competencia: Consejería de Presidencia y Salud Pública. Dirección General de Sanidad y Consumo

·         Centro gestor: Negociado de Gestión Administrativa

·         Sector al que se dirige la ayuda: Pensionistas beneficiarios

·         Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Financiación de la parte del topage a pagar por el beneficiario en la compra de medicamentos.

·         Plazo necesario para su consecución: Inmediata a la firma del Convenio. Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

 

·         Costes previsibles, ejercicio 2019:

o                   Ayudas Farmacias Pensionistas: 210.000,00 Euros.

·         Aplicación presupuestaria:

o    Ayudas Farmacias Pensionistas (01 31100 48900)

·         Aportación de otros entes: Compatibilidad con otras subvenciones

·         Plan de acción: Se prevén los siguientes:

·         Entrega a la firma del convenio del importe total previsto para asumir los costes que se pretenden al Colegio Oficial de Farmacéuticos que se encargará de su gestión asumiendo el pago de la parte del topage a pagar por el beneficiario.

·         Seguimiento y evaluación:

 

Informe semestral del total del importe asumido en aplicación del Convenio.

 

3. Dirección General de la Sociedad de la Información

Objetivos Estratégicos:

1)     Fomentar acciones que resultan de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.

2)     Favorecer el acceso a la enseñanza universitaria mediante ayudas para matrículas.

3)     Favorecer a las familias con recursos más limitados mediante ayudas a material escolar, libros y transporte escolar para estudiantes de ESO.

4)     Favorecer a los estudiantes que quieran cursar Ciclos de Formación Profesional de Grado Superior mediante ayudas a material escolar, libros y transporte escolar.

 

Línea de subvención 1ª:

Objetivo estratégico: Facilitar el acceso de los melillenses a estudios universitarios, estableciendo ayudas para matrículas universitarias. Facilitar medios a los universitarios melillenses para colaborar en los costes de los estudios universitarios a través de la financiación de la correspondiente matrícula.

 

·         Área de competencia: Consejería de Presidencia y Salud Pública. Dirección General de la Sociedad de la Información.

·         Centro gestor: Dirección General de la Sociedad de la Información.

·         Sector al que se dirige la ayuda: Alumnos melillenses que cursen sus estudios universitarios o de acceso a la Universidad para mayores de 25 y 45 años.

·         Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Favorecer el acceso a la enseñanza universitaria mediante ayudas para matriculas

·         Plazo necesario para su consecución: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

·         Costes previsibles, ejercicio 2019:

o                   Becas Universitarias/Ayudas al Estudio: 500.000,00 Euros.

·         Aplicación presupuestaria:

o    Becas Universitarias/Ayudas al Estudio (01 32000 47000)

·         Aportación de otros entes: No consta. Si bien se debe indicar que es posible la concurrencia con subvenciones de otras entidades públicas o privadas. Compatibilidad siempre que no excedan de los gastos totales de matrícula. Se prevé para las actividades concretas subvencionadas.

·         Plan de acción: Se prevén los siguientes:

a.     Concesión de subvenciones mediante el procedimiento de concurrencia.

b.     Fechas de concesión previstas: Durante cada curso académico

c.     Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos Generales de la CAM.

d.     Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Las Bases de la subvención será el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla y la correspondiente Convocatoria anual.

·         Seguimiento y evaluación:

BOME-P-2019-1025 Descargar página

o    Número de solicitudes presentadas

o    Número de beneficiarios finales

o    Plazo y tramitación del pago.

 

Línea de subvención 2ª:

Objetivo estratégico: Subvenciones de ayudas al estudio alumnado de educación secundaria. Facilitar medios a las familias melillenses con hijos/as a cargo que cursan estudios en algún Instituto de Educación Secundaria de Melilla para colaborar con ellas en la financiación de los libros, material escolar y transporte que requieren los estudios de sus hijos e hijas.

 

·         Área de competencia: Consejería de Presidencia y Salud Pública. Dirección General de la Sociedad de la Información.

·         Centro gestor: Dirección General de la Sociedad de la Información.

·         Sector al que se dirige la ayuda: Alumnado de Educación Secundaria de la totalidad de Institutos de Educación Secundaria de Melilla, así como consecuentemente las familias melillenses con hijos e hijas que cursan dichos estudios.

·         Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Dotar a los alumnos de educación secundaria, ESO, y consecuentemente a las familias con hijos e hijas que cursan dichos estudios de una ayuda económica para libros y transporte escolar que garantice la asistencia regular en situación óptima de todo su alumnado.

·         Plazo necesario para su consecución: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

·         Costes previsibles, ejercicio 2019:

o    Ayudas al Estudio de Secundaria: 1.000.000,00 Euros.

·         Aplicación presupuestaria:

o    Ayudas al Estudio de Secundaria (01 32401 47000)

·         Aportación de otros entes: No consta. Si bien se debe indicar que es posible la concurrencia con subvenciones de otras entidades públicas o privadas. Compatibilidad siempre que no excedan de los gastos totales de matrícula. Se prevé para las actividades concretas subvencionadas.

·         Plan de acción: Se prevén los siguientes:

a.     Subvención a cada alumno beneficiario de una ayuda para la adquisición de libros de texto y transportes escolar.

b.     Fechas de concesión previstas: Durante cada curso académico

c.     Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos Generales de la CAM.

d.     Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Las Bases de la subvención será el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla y la correspondiente Convocatoria anual.

·         Seguimiento y evaluación:

o    Número de solicitudes presentadas

o    Número de beneficiarios finales

o    Plazo y tramitación del pago.

 

Línea de subvención 3ª:

Objetivo estratégico: Subvenciones de ayudas al estudio alumnado de los Ciclos de Formación Profesional de Grado Superior. Facilitar medios a las familias melillenses con hijos/as a cargo que cursan estudios en algún Instituto de Formación Profesional de Grado Superior para colaborar con ellas en la financiación de los libros, material escolar y transporte que requieren los estudios de sus hijos e hijas.

 

·         Área de competencia: Consejería de Presidencia y Salud Pública. Dirección General de la Sociedad de la Información.

·         Centro gestor: Dirección General de la Sociedad de la Información.

·         Sector al que se dirige la ayuda: Alumnado de los Ciclos de Formación Profesional de Grado Superior de la totalidad de Institutos de Formación Profesional de Melilla.

·         Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Dotar a los alumnos de los Ciclos de Formación Profesional de Grado Superior, y consecuentemente a las familias con miembros de la unidad familiar que cursan dichos estudios de una ayuda económica para libros y transporte que garantice la asistencia regular en situación óptima de todo su alumnado.

·         Plazo necesario para su consecución: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

·         Costes previsibles, ejercicio 2019:

o    Becas Universitarias/Ayudas al Estudio: 200.000,00 Euros.

·         Aplicación presupuestaria:

o    Becas Universitarias/Ayudas al Estudio: (01 32000 47000)

BOME-P-2019-1026 Descargar página

·         Aportación de otros entes: No consta. Si bien se debe indicar que es posible la concurrencia con subvenciones de otras entidades públicas o privadas. Compatibilidad siempre que no excedan de los gastos totales de matrícula. Se prevé para las actividades concretas subvencionadas.

·         Plan de acción: Se prevén los siguientes:

a.     Subvención a cada alumno beneficiario de una ayuda para la adquisición de libros de texto y transportes escolar.

b.     Fechas de concesión previstas: Durante cada curso académico

c.     Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos Generales de la CAM.

d.     Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Las Bases de la subvención será el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla y la correspondiente Convocatoria anual.

·         Seguimiento y evaluación:

o    Número de solicitudes presentadas

o    Número de beneficiarios finales

o    Plazo y tramitación del pago.

 

INSTITUTO DE LAS CULTURAS

 

Objetivos Estratégicos

 

1) Incentivar la investigación sobre los fenómenos multiculturales y sobre los peligros que pudieran acechar a la convivencia basada en el respeto a la diversidad y el pluralismo cultural.

2) Promover acciones, experiencias y proyectos que favorezcan el diálogo intercultural.

3) Impulso de actividades que conlleven y fomenten el conocimiento y la participación, por todos los melillenses, de las culturas de cada comunidad, a modo de interrelación más profunda entre todas ellas.

4) Salvaguardar el Patrimonio Cultural Inmaterial de Melilla.

 

Línea de Subvención 1ª.

Objetivo estratégico: Incentivar la investigación sobre los fenómenos multiculturales y sobre los peligros que pudieran acechar a la convivencia basada en el respeto a la diversidad y el pluralismo cultural.

 

·         Área de competencia: La Consejería de Presidencia y Salud Pública. Organismo Autónomo “Instituto de las Culturas”

·         Centro gestor: Instituto de las Culturas.

·         Sector al que se dirige la ayuda:

1)     A las distintas Universidades interesadas en la profundización del conocimiento y del estudio del patrimonio social, multicultural e inmaterial melillense. Atendiendo en la medida de lo posible a lo establecido en el contenido de la Convención de la Unesco para la protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales y en las directrices y objetivos del Libro Blanco sobre el Diálogo Intercultural, aprobado por el Consejo de Europa el 7 de mayo de 2008.

2)     Organizaciones cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones y entidades que tengan entre sus fines el fomento, la conservación o enriquecimiento de nuestra Diversidad y Pluralismo Cultural, Religioso y Etnográfico.

·         Objetivos y efectos que se pretenden obtener:

1)     La producción de conocimiento socialmente útil, alentando la elaboración y ampliación de conocimientos que sirvan a los ciudadanos y a las administraciones, de modo que contribuyan a esclarecer las realidades socioculturales sobre las que tendrán que intervenir los poderes públicos.

2)     El fomento de estudios y trabajos que ayuden a entender las acciones y los significados que los seres humanos ponen en juego en su vida social.

3)     Fomentar el conocimiento universitario del modelo multicultural melillense, así como el Patrimonio Cultural Inmaterial de la Ciudad de Melilla.

4)     Dotar a las entidades citadas anteriormente de los medios necesarios para que puedan desarrollar las funciones de las mismas, y celebrar actividades multiculturales que fortalezcan la participación ciudadana.

·         Plazo necesario para su consecución: Se pretende en principio que su mantenimiento sea de carácter anual. Al final de cada año  se evaluarán los resultados de cada una de estas líneas de actuación con el fin de introducir  mejoras o subsanar las deficiencias detectadas.

·         Costes previsibles para el ejercicio 2019:

o    Convenio UGR Facultad Ciencias Sociales: 10.000 €.

o    Convenio UGR Facultad de Humanidades : 10.000 €

·         Aplicación presupuestaria:

o    Convenio UGR (Facultad Ciencias Sociales  ( 33403/48902)

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o    Convenio UGR (Facultad de Humanidades (33403/48904)

·         Aportación de otros entes: No se prevé

·         Plan de acción: El Plan de Actuaciones así como el anteproyecto del presupuesto aprobado por el Consejo Rector del Instituto de las Culturas se prevén las siguientes acciones para el 2019:

a.     Subvención Nominativa a la Universidad de Granada ( Facultad de Ciencias Sociales del Campus de Melilla) mediante un Convenio de Colaboración para el desarrollo de Líneas de Investigación que profundicen en las distintas realidades de la sociedad Melillense, con cargo a la partida 33403/48902 (Convenio Facultad de Ciencias Sociales) con un presupuesto de 10.000 Euros.

b.     Subvención Nominativa a la Universidad de Granada (Facultad de Educación y Humanidades del Campus de Melilla) mediante un Convenio de Colaboración para el desarrollo de líneas de investigación que fomenten el conocimiento, por todos los melillenses, de las culturas de cada comunidad, a modo de interrelación más profunda de todas ellas, con cargo a la partida 33403/48904 (Facultad de Educación) con un presupuesto de 10.000 Euros.

c.     Fechas de concesión: La concesión directa a través de convenio la UGR se hará según la naturaleza del convenio y de la actividad objeto del mismo.

d.     Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención nominativa en los presupuestos del Instituto de las Culturas.

e.     Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración

·         Seguimiento y evaluación:

o    Seguimiento: Presentación de la Memoria anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

o    Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

 

Línea de Subvención 2ª.

Objetivo estratégico: Impulso de actividades que conlleven y fomenten el conocimiento y la participación, por todos los melillenses, de las culturas de cada comunidad, a modo de interrelación más profunda entre todas ellas.

 

·         Área de competencia: La Consejería de Presidencia y Salud Pública. Organismo Autónomo “Instituto de las Culturas”

·         Centro gestor: Instituto de las Culturas.

·         Sector al que se dirige la ayuda: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.

·         Objetivos y efectos que se pretenden obtener:

1)     Posibilitar y fomentar, en la medida de lo posible, la participación de la ciudadanía melillense mediante las actividades llevadas a cabo por asociaciones sin ánimo de lucro relacionadas con la multiculturalidad melillense.

2)     Promover, desde una perspectiva intercultural, el conocimiento de las distintas culturas que conviven en la ciudad.

3)     Llevar a cabo acciones dirigidas al desarrollo y promoción de la cultura en todas sus manifestaciones, así como el establecimiento de mecanismos y estrategias que contribuyan eficazmente a la preservación y desarrollo del Acervo cultural de las comunidades que integran la población melillense, como patrimonio común.

·         Plazo necesario para su consecución: Se pretende en principio que su mantenimiento sea de carácter anual. Al final de cada año  se evaluarán los resultados de cada una de estas líneas de actuación con el fin de introducir  mejoras o subsanar las deficiencias detectadas.

·         Costes previsibles para el ejercicio 2019:

o    Convenio Asociación Socio Cultural “Mem Guimel”: 16.000 €.

o    Convenio Asociación “Centro Unesco-Melilla” : 5.000 €

o    Convenio con la Asociación Socio Cultural “Rusadir XXI” : 5.000 €

o    Convenio con el Centro Educativo “ La Salle- El Carmen” : 15.000 €

o    Convenio Comunidad Israelita de Melilla: 5.000 €

·         Aplicación Presupuestaria:

o    Convenio Mem Guimel ( 33403/48903)

o    Convenio Centro Unesco de Melilla (33403/48901)

o    Convenio Rusadir XXI (33403/48907).

o    Convenio La Salle (33403/48905)

o    Convenio Comunidad Israelita de Melilla (33403/48908)

·         Aportación de otros entes: No se prevé

·         Plan de acción: El Plan de Actuaciones así como el anteproyecto del presupuesto aprobado por el Consejo Rector del Instituto de las Culturas (se prevén las siguientes acciones para el 2019:

a.     Subvención Nominativa a la Asociación Socio Cultural “Mem Guimel” mediante la firma de un Convenio de Colaboración para el desarrollo de actividades culturales, de investigación y conservación del patrimonio y difusión de la cultura Judía-Sefardí, encaminadas a mejorar el conocimiento de la cultura judía en un aspecto general y la

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         cultura Judía-Sefardí melillense, con cargo a la partida 33403/48903 (Convenio Mem Guimel) con un presupuesto de 16.000 Euros.

b.     Subvención Nominativa al Centro Unesco de la Ciudad de Melilla mediante la firma de un Convenio de Colaboración para llevar a cabo acciones dirigidas al desarrollo y promoción de la cultura en todas sus manifestaciones, así como el establecimiento de mecanismos y estrategias que contribuyan eficazmente a la preservación y desarrollo del acervo cultural de las comunidades que integran la población melillense, como patrimonio común, con cargo a la partida 33403/48901 (Convenio Centro Unesco) con un presupuesto de 5.000 Euros.

c.     Subvención Nominativa a la Asociación Socio Cultural “Rusadir XXI ” mediante la firma de un Convenio de Colaboración para el inicio de su proyecto cultural de formación gastronómica con el propósito de iniciar un proceso de salvaguarda  de las expresiones gastronómicas amaziges, con el fin primordial de que las comunidades y colectivos  melillenses reconozcan estas expresiones como propias, con cargo a la partida 33403/48907 (Convenio Rusadir XXI) con un presupuesto de 5.000 Euros.

a.     Subvención Nominativa a la Comunidad Israelita de Melilla mediante la firma de un Convenio de Colaboración para poder llevar a cabo diversas actuaciones con el fin de dar promoción, divulgación, difusión, fomento, desarrollo y preservación de actividades y actos de distinta índole propios del acervo cultural de la Comunidad Judía de Melilla: el Sukot, el Purim y la elaboración y difusión de un calendario donde se recogen todas las festividades propias de la Comunidad, con cargo a la partida 33403/48908 (Convenio Comunidad Israelita) con un presupuesto de 5.000 Euros

b.     Subvención Nominativa al Centro Educativo “La Salle-El Carmen” mediante un Convenio de Colaboración para mejorar la disponibilidad de las actividades que se van a desarrollar por parte del IC en el ámbito de la escuela flamenco, seminario permanente de tamazight, etc…, con cargo a la partida 33403/48905 (Convenio La Salle) con un presupuesto de 15.000 Euros.

c.     Fechas de concesión: Se pretende en principio que su mantenimiento sea de carácter anual. Al final de cada año  se evaluarán los resultados de cada una de estas líneas de actuación con el fin de introducir  mejoras o subsanar las deficiencias detectadas.

d.     Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención nominativa en los presupuestos del Instituto de las Culturas.

e.     Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración

·         Seguimiento y evaluación:

o    Seguimiento: Presentación de la Memoria anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

o    Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

 

Línea de Subvención 3ª.-

Objetivo Estratégico: Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial de Melilla (PCI)

 

·         Área de competencia: La Consejería de Presidencia y Salud Pública. Organismo Autónomo “Instituto de las Culturas”

·         Centro gestor: Instituto de las Culturas.

·         Sector al que se dirige la ayuda:

1)     Organizaciones cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio cultural de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones y entidades que tengan entre sus fines el fomento, la conservación o enriquecimiento de nuestra Diversidad y Pluralismo Cultural, Religioso y Etnográfico

2)     Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.

·         Objetivos y efectos que se pretenden obtener:

1) Protección y difusión de uno de los pocos bienes inmateriales españoles declarados Patrimonio de la Humanidad.

2) Establecer cauces adecuados de transmisión de dicho patrimonio para darlo a conocer y explicar sus contribuciones al acervo cultural melillense con el fin de que permanezca entre las nuevas generaciones, concibiéndolo como un elemento de enriquecimiento

·         Plazo necesario para su consecución: Se pretende en principio que su mantenimiento sea de carácter anual. Al final de cada año  se evaluarán los resultados de cada una de estas líneas de actuación con el fin de introducir  mejoras o subsanar las deficiencias detectadas.

·         Costes previsibles para el ejercicio 2019:

o    Convenio Asociación “Escuela Flamenco de Melilla”: 50.000 €.

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·         Aplicación Presupuestaria:

o    Convenio Asociación Escuela Flamenco ( 33403/48900)

·         Aportación de otros entes: No se prevé

·         Plan de acción: El Plan de Actuaciones así como el anteproyecto del presupuesto aprobado por el Consejo Rector del Instituto de las Culturas se prevén las siguientes acciones para el 2019:

a.     Subvención Nominativa a la Asociación “Escuela Flamenco Ciudad de Melilla” mediante la firma de un Convenio de Colaboración para el funcionamiento y mantenimiento de la Escuela de Flamenco, con cargo a la partida 33403/48900 (Asociación Escuela Flamenco) con un presupuesto de 50.000 Euros.

b.     Fechas de concesión: Se pretende en principio que su mantenimiento sea de carácter anual. Al final de cada año  se evaluarán los resultados de cada una de estas líneas de actuación con el fin de introducir  mejoras o subsanar las deficiencias detectadas.

c.     Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención nominativa en los presupuestos del Instituto de las Culturas.

d.     Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Formalización de los correspondientes Convenios de Colaboración

·         Seguimiento y evaluación:

o    Seguimiento: Presentación de la Memoria anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos. Traslado a la Intervención General para su fiscalización.

o    Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo. Grado de cumplimiento de objetivos, Número de participantes en las actividades, etc... Plazo de tramitación y pago.

 

ANEXO

 

ACTIVIDAD SUBVENCIONAL

Con respecto al órgano gestor, la organización competencial, el desglose de las partidas y aplicaciones presupuestarias, es el siguiente

 

ÓRGANO GESTOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA

Aplicación Presupuestaria

Importe €

P. Concesión

Consejería de Presidencia y Salud Pública

 

 

 

 

1.- Dirección General de la Consejería de Presidencia

 

 

 

Comunidad Israelita

01 92406 48902

120.000,00

Nominativa

Comunidad Hindú

01 92407 48900

20.000,00

Nominativa

Comunidad Islámica Al Ishan

01 33400 48900

15.000,00

Nominativa

Comunidad Islámica Imán Malik

01 33400 48901

40.000,00

Nominativa

Centro  Hijos de Melilla

01 92402 48900

15.000,00

Nominativa

Asociación Amas de Casa

01 23200 48900

12.000,00

Nominativa

Asociación de Vecinos Alhambra

01 33400 48902

50.000,00

Nominativa

Convenio UGR- Grado en Enfermería

01 32402 42300

950.243,68

Nominativa

Convenio UGR- Grado Ed. Primaria y CC. Activ. Física

01 32403 42300

1.147.760,71

Nominativa

Convenio UGR- ADE + Derecho

01 32404 42300

434.636,00

Nominativa

Convenio UGR – Grado en Fisioterapia

01 33405 42300

750.601,00

Nominativa

Convenio UGR- Máster Abogacía

01 32406 42300

15.148,00

Nominativa

Convenio UGR – Fomento de la Actividad Universitaria

01 32407 42300

75.000,00

Nominativa

Convenio UGR – Seminario Prof. “José Sainz Cantero”

01 32408 42300

10.000,00

Nominativa

Convenio UGR- Máster Gestión y Tecnologías de Proc. Neg.

01 32409 42300

17.600,00

Nominativa

Convenio UGR- Máster Negocios y Admón. Empr. y RRHH

01 32410 42300

15.000,00

Nominativa

Convenio UGR- Fomento del Deporte Náutico de Vela

01 32411 42300

10.000,00

Nominativa

Cáritas Interparroquial

01 92401 48901

43.000,00

Nominativa

Ayuda, Cooperación y Desarrollo

01 92500 48900

25.000,00

Excep. D

ONG Intervención Ayuda y Emergencia

01 92501 48900

10.000,00

Nominativa

 

1.- Dirección General de Sanidad y Consumo

 

 

 

Cruz Roja Española

01 23110 48900

162.500,00

Nominativa

San Vicente de Paúl- Conf. Virgen de la luz- Proyecto Hombre

01 23105 48900

131.916,00

Nominativa

Hermandad de Donantes de Sangre

01 23113 48900

6.000,00

Nominativa

Aspanies Feaps

01 23114 48900

27.000,00

Nominativa

Asociación Española Contra el Cáncer

01 23115 48900

65.000,00

Nominativa

Asociación Autismo Melilla

01 23202 48900

18.300,00

Nominativa

Becas Talleres Drogodependientes

01 23300 48900

50.000,00

Concurrencia

Sociedad Protectora de Animales y Plantas

01 23116 48900

50.000,00

Nominativa

Colegio Oficial de Veterinarios

01 23117 48900

100.000,00

Nominativa

Ayudas Farmacias/Pensionistas

01 31100 48900

210.000,00

Concurrencia

3.- Dirección General de la Sociedad de la Información

 

 

 

Becas Universitarias/Ayudas al Estudio

01 32000 47000

500.000,00

Concurrencia

Ayudas al Estudio de Secundaria

01 32401 47000

1.000.000,00

Concurrencia

BOME-P-2019-1030 Descargar página

Becas Universitarias/ Ayuda al Estudio ( FP Grado Superior)

01 32000 47000

200.000,00

Concurrencia

                     4.- Instituto de las Culturas

 

 

 

Convenio UGR – Facultad de Ciencias Sociales

33403/48902

10.000,00

Nominativa

Convenio UGR- Facultad de Humanidades

33403/ 48904

10.000,00

Nominativa

Asociación Socio Cultural “ Mem Guimel”

33403/48903

16.000,00

Nominativa

Asociación “ Centro Unesco-Melilla”

33403/48901

5.000,00

Nominativa

Asociación Socio Cultural “Rusadir XXI”

33403/40907

5.000,00

Nominativa

Centro Educativo “ La Salle- El Carmen”

33403/48905

15.000,00

Nominativa

Comunidad Israelita

33403/48908

5.000,00

Nominativa

Asociación “Escuela Flamenco de Melilla”

33403/48900

50.000,00

Nominativa

 

 

 

 

 

                       6.412.105,39 €