ARTÍCULO Nº 319 (CVE: BOME-A-2019-319) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5639 - martes, 2 de abril de 2019 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - PATRONATO DE TURISMO DE MELILLA - PATRONATO DE TURISMO DE MELILLA


Convenio de colaboración entre el Patronato de Turismo y la Cofradía de la Soledad de Nuestra Señora de Melilla.

BOME-P-2019-1035 Descargar página

CONVENIO DE COLABORACIÓN

 

En Melilla, a 26 de marzo de 2019

 

REUNIDOS

 

De una parte, el Sr. D. FRANCISCO JAVIER MATEO FIGUEROA, presidente del Patronato de Turismo de la Ciudad Autónoma de Melilla,

 

Y de otra, el Sr. D. FRANCISCO JAVIER CALDERÓN CARRILLO, en representación de la Venerable y Muy Piadosa Cofradía de la Soledad de Nuestra Señora de Melilla, con C.I.F. núm. G-29955275

 

En nombre y representación de sus respectivas instituciones, reconociéndose ambas partes mutua -y recíprocamente capacidad para obligarse mediante el presente Convenio en los términos que- en él se contienen y al efecto,

 

EXPONEN

 

Que ambas partes están especialmente interesadas en -el -desarrollo turístico -la Ciudad Autónoma de Melilla, en la mejora de los servicios -que se restan a los viajeros que visitan esta Ciudad, poniendo en valor el patrimonio cultural y religioso de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

Que con estos objetivos, ambas partes han promovido la restauración y recuperación del patrimonio religioso para el goce y disfrute. de--los melillenses y visitantes, enalteciendo los enseres de la cofradía durante el procesionamiento de la misma en los actos religiosos en que participe.

 

ACUERDAN

 

1 0- La Venerable y Muy Piadosa Cofradía de la Soledad de Nuestra Señora renovará los distintos estandartes y enseres de la cofradía.

20- El Patronato de Turismo de la Ciudad Autónoma de Melilla, aportará para el fin que recoge este Acuerdo, la cantidad de NUEVE MIL EUROS (9.000,000.

 

VIGENCIA

 

La duración del presente convenio abarca -la -anualidad de 2019, independientemente de la fecha de su firma. En cualquier caso, finalizará el 31 de diciembre de 2019.

 

Existe crédito presupuestario en la partida 2019 43217/47900 "Convenio Cofradía Soledad".

 

La justificación por parte del beneficiario se realizará antes del 3 1 de marzo de 2020.

 

Los gastos se justificarán con facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, en original o copia compulsada, según se establece en el art. 73.1 del R.D. 887/2006 de 21 de julio que aprueba-el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. Así mismo, y atendiendo al artículo 23 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BONIE 4224 de 09/09/2005) deberá incluir una declaración de las actividades realizadas que han sido financiadas con la subvención, y su coste, con desglose de cada uno de los gastos incurridos. Estos gastos se acreditarán mediante 
BOME-P-2019-1036 Descargar página

facturas y demás documentos de valor probatorio univalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa.

 

Serán causa de reintegro de la cantidad percibida las-contempladas en el art. 37.1 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

 

La entidad colaboradora se compromete a someterse a las actuaciones de comprobación y control previstas en art. 15.1.d de la Ley General de Subvenciones.

 

El presente convenio es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o. -entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

 

El abono del presente convenio se realizará en un único pago, a la suscripción del mismo.

 

No se admitirá ningún justificante de pago en efectivo superior a los 2.500€, tal y como establece la normativa vigente.

 

Por el Patronato de Turismo de Melilla,

Javier Mateo Figueroa

 

Por Cofradía de la Soledad,

Javier Calderón Carrillo