ARTÍCULO Nº 319 (CVE: BOME-A-2019-319) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5639 - martes, 2 de abril de 2019 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - PATRONATO DE TURISMO DE MELILLA - PATRONATO DE TURISMO DE MELILLA
Convenio de colaboración entre el Patronato de Turismo y la Cofradía de la Soledad de Nuestra Señora de Melilla.
CONVENIO DE COLABORACIÓN
En
Melilla, a 26 de marzo de 2019
REUNIDOS
De una parte, el Sr. D. FRANCISCO JAVIER MATEO
FIGUEROA, presidente del Patronato de Turismo de la Ciudad Autónoma de Melilla,
Y de otra, el Sr. D. FRANCISCO JAVIER CALDERÓN
CARRILLO, en representación de la Venerable y Muy Piadosa Cofradía de la
Soledad de Nuestra Señora de Melilla, con C.I.F. núm. G-29955275
En nombre y representación de sus respectivas
instituciones, reconociéndose ambas partes mutua -y recíprocamente capacidad
para obligarse mediante el presente Convenio en los términos que- en él se
contienen y al efecto,
EXPONEN
Que ambas partes están especialmente interesadas en
-el -desarrollo turístico -la Ciudad Autónoma de Melilla, en la mejora de los
servicios -que se restan a los viajeros que visitan esta Ciudad, poniendo en
valor el patrimonio cultural y religioso de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Que con estos objetivos, ambas partes han promovido
la restauración y recuperación del patrimonio religioso para el goce y
disfrute. de--los melillenses y visitantes, enalteciendo los enseres de la
cofradía durante el procesionamiento de la misma en los actos religiosos en que
participe.
ACUERDAN
1 0- La Venerable y Muy Piadosa Cofradía
de la Soledad de Nuestra Señora renovará los distintos estandartes y enseres de
la cofradía.
20-
El Patronato de Turismo de la Ciudad Autónoma de Melilla, aportará para el fin
que recoge este Acuerdo, la cantidad de NUEVE MIL EUROS (9.000,000.
VIGENCIA
La
duración del presente convenio abarca -la -anualidad de 2019,
independientemente de la fecha de su firma. En cualquier caso, finalizará el 31
de diciembre de 2019.
Existe
crédito presupuestario en la partida 2019 43217/47900 "Convenio Cofradía
Soledad".
La
justificación por parte del beneficiario se realizará antes del 3 1 de marzo de
2020.
facturas
y demás documentos de valor probatorio univalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con
eficacia administrativa.
Serán
causa de reintegro de la cantidad percibida las-contempladas en el art. 37.1 de
la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
La
entidad colaboradora se compromete a someterse a las actuaciones de
comprobación y control previstas en art. 15.1.d de la Ley General de
Subvenciones.
El
presente convenio es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos para
la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o. -entes
públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos
internacionales.
El abono
del presente convenio se realizará en un único pago, a la suscripción del
mismo.
No se admitirá ningún justificante de pago en efectivo
superior a los 2.500€, tal y como establece la normativa vigente.
Por el Patronato de Turismo de Melilla,
Javier Mateo Figueroa
Por Cofradía de la Soledad,
Javier Calderón Carrillo