ARTÍCULO Nº 326 (CVE: BOME-A-2019-326) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5639 - martes, 2 de abril de 2019 Ir al BOMEMINISTERIO DE JUSTICIA - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 5 - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 5
Notificación de sentencia a D. Mustafa Ahmed Driss, en procedimiento ordinario nº 66 / 2018.
N.I.G.: 52001 41 1 2018 0000434
ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000066 /2018
Sobre RECLAMACION DE
CANTIDAD
DEMANDANTE D/ña. MONSERRAT
MANRUBIA RUIZ
Procurador/ a Sr/ a.
INMACULADA LOPEZ LOPEZ
Abogado/a Sr/a. MANUEL
LOPEZ PEREGRINA
DEMANDADO D/ña. MUSTAFA
AHMED DRISS
E D I C T O
CÉDULA
DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de
referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
Vistos por D. Miguel Ángel
García Gutiérrez, Magistrado-Juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº
5 de Melilla, los presentes autos de JUICIO ORDINARIO sobre DISOLUCIÓN DE
CONDOMINIO, seguidos ante este Juzgado bajo el número 66 del año 2018, a
instancia de DÑA. MONSERRAT MANRUBIA RUIZ, representada por la Procuradora Dña.
Inmaculada López López y asistida por el Letrado D. Manuel López Peregrina,
contra D. MUSTAFA AHMED DRISS, en rebeldía procesal, y atendiendo a los
siguiente.
FALLO
Que ESTIDAMANDO
parcialmente la demanda presentada por la Procuradora Dña. Inmaculada López
López, en nombre y representación de DÑA. MONSERRAT MANRUBIA RUIZ contra D.
MUSTAFA AHMED DRISS, en rebeldía procesal, debo acordar y acuerdo, sin realizar
especial pronunciamiento en materia de costas procesales, los siguientes
pronunciamientos:
1.- Que entre DÑA
MONSERRAT MANRUBIA RUIZ y D. MUSTAFA AHMED DRISS, existió una unión de hecho no
matrimonial durante diez años.
2.- D.
MUSTAFA AHMED DRISS deberá reintegrar a DÑA. MONSERRAT MANRUBIA RUIZ la
cantidad de DOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA EUROS (2750 €) como consecuencia de
ciertos reintegros realizados por el mismo el día 29 de agosto de 2016,
cantidad que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de
presentación de la demanda (22/02/2918), interés que se incrementará en dos
puntos desde la fecha del dictado de la presente resolución y hasta su completo
pago, sin que haya lugar al reconocimiento de
un patrimonio en común entre ambos, ni a cantidad reclamable a D. MUSTAFA AHMED DRISS por desequilibrio
económico.
Y como consecuencia del
ignorado paradero de D. Mustafá Ahmed Driss, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En MELILLA, a veinte de
marzo de dos mil diecinueve .
EL/LA LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA