ARTÍCULO 335 - BOME-A-2019-335

BOME Nº 5640 del viernes, 5 de abril de 2019

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE CULTURA Y FESTEJOS - CONSEJERÍA DE CULTURA Y FESTEJOS

Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 29 de marzo de 2019, relativo a convenio de colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Nana, para el año 2019.


/ 1101

D I L I G E N C I A:

 

El Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva Ordinaria celebrada el día 29 de marzo de 2019, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

 

PUNTO TRIGÉSIMO SEXTO.- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN NANA PARA EL AÑO 2019.- El Consejo de Gobierno acuerda aprobar Propuesta de la Consejería de Cultura y Festejos, que literalmente dice:

 

PROPUESTA DE LA CONSEJERÍA DE CULTURA Y FESTEJOS

 

La abajo firmante, solicita al Consejo de Gobierno, la aprobación del Convenio Nominativo de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la ASOCIACIÓN NANA por un importe de 60.000 € (SESENTA MIL EUROS) para el año 2019.

 

Si así se acuerda, Excmos. Sres., deberá publicarse la aprobación del citado convenio de colaboración en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, en mérito a lo dispuesto en el Artículo 48 de la Ley 40/2015, de 01 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

 

Melilla 1 de abril de 2019,

El Secretario,

José Antonio Jiménez Villoslada


El Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva Ordinaria celebrada el día 29 de marzo de 2019, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

 

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN NANA PARA EL AÑO 2.019.

 

Melilla, a 29 de marzo de 2019

 

REUNIDOS

 

De una parte la Excma. Sra. Dña. Fadela Mohatar Maanan, en su calidad de Consejera de Cultura y Festejos de la Ciudad Autónoma de Melilla, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo décimo del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

De otra parte Dña. Natalia Díaz Fernández de Monge, con D.N.I. nº 16.056.298-K, en calidad de Presidenta de la Asociación “NANA” con C.I.F. G-52039575, domiciliada en la Calle General Prim, nº 18 Planta 5.

 

Reconociéndose ambas partes la capacidad legal necesaria para firmar el presente Convenio de colaboración que viene a regular las relaciones existentes entre esta Consejería y ambas entidades.

 

EXPONEN

 

PRIMERO.- Que la Ciudad Autónoma de Melilla ejercerá competencia en la promoción y fomento de la cultura en todas sus manifestaciones y expresiones, según lo establecido en el artículo 21.1.15ª de la Ley Orgánica 2/1995 de 13 de marzo, del Estatuto de Autonomía de Melilla (BOE nº 62 de 14 de marzo de 1995).

 

Mediante Decreto Del Consejo de Gobierno, aprobado en sesión ejecutiva ordinaria celebrada el pasado 30 de septiembre de 2016 (BOME extraordinario núm. 17 de 30 de septiembre de 2016) que modifica el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 31 de julio de 2015 (BOME extraordinario núm. 30 de 05 de agosto de 2015, rectificación de error en BOME núm. 5258 de 07 de agosto de 2015) se estableció la distribución de competencias entre las diferentes Consejerías, correspondiendo a la Consejería de Cultura y Festejos las siguientes competencias:

 

“El fomento del teatro y la promoción de compañías y grupos teatrales, así como el desarrollo y la promoción de toda clase de actividades teatrales, festivales, certámenes, teatro infantil y vocacional y el apoyo de manifestaciones cinematográficas en general”.

 

SEGUNDO.- Que la asociación “NANA”, según lo establecido en el artículo 3 de sus Estatutos, tiene como fines:

 

-       Favorecer la formación para todos los niveles educativos potenciando el desarrollo intelectual y social de los alumnos, la educación general y la formación integral dentro del campo disciplinario de las artes plásticas y artes escénicas, en su más amplia definición y en cualquiera de sus presentaciones, en el ámbito de las ciencias y las letras, así como en el campo de la salud y el deporte. Ayudar a descubrir y desarrollar nuevas y/o mejores capacidades, potenciar y apoyar las distintas capacidades de cada persona, apoyar y favorecer el desarrollo personal a través de la motivación y la autoconfianza.

-       Proporcionar formación especialmente a los colectivos en riesgo de exclusión social como por ejemplo, especial y más concretamente, a personas con discapacidad (intelectual, del desarrollo o física), inmigrantes o minorías raciales, mujeres, personas sin hogar, desempleados adultos de larga duración, personas mayores, analfabetos analógicos y/o digitales, toxicómanos, presos, niños que conviven en los centros de menores, etc.

-       Organizar acciones formativas a través de proyectos culturales y artísticos con el fin de fomentar la participación de las personas que menos oportunidades tienen y que son susceptibles de sentirse estigmatizadas por la sociedad.

-       Fomentar la educación intercultural trabajando desde la exploración artística y la creatividad.

-       Favorecer una formación emocional para proporcionar el conocimiento de las propias emociones y la capacidad de construir una percepción precisa respecto a uno mismo y de los demás.

 

TERCERO.- Que la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Consejería de Cultura y Festejos, contempla en sus presupuestos anuales partida presupuestaria para atender a esta asociación.

 

CUARTO.- Que la Asociación “NANA” tiene programado llevar a término un proyecto de intercambio protagonizado por un grupo heterogéneo de niños con el que se pretende transformar e impulsar un cambio social a través del arte como herramienta para facilitar su interrelación, adquisición de conocimientos, un mejor desarrollo personal y su inclusión en la sociedad.


 Se pretende establecer y afianzar lazos de interculturalidad entre niños en situación de abandono tutelados por la Ciudad Autónoma de Melilla y jóvenes de otras regiones de España, en este caso de Andalucía, que conviven en una situación familiar normalizada, con el fin de educarles en valores, romper estereotipos, mostrarles los beneficios de aunar esfuerzos y trabajar en equipo y proporcionarles conocimientos y talentos que contribuyan a compartir experiencias artísticas para poder mostrar la riqueza que proporciona la inclusión de las distintas culturas en una sociedad multicultural como la nuestra.

 

Que sobre las bases o antecedentes que proceden, las partes otorgan convenio de colaboración, con base a las siguientes

 

CLÁUSULAS

 

PRIMERA.- OBJETO DEL CONVENIO.

El objeto del presente convenio es instrumentar la ayuda de la Ciudad Autónoma de Melilla a la Asociación “NANA”, a través de ayudas económicas para el desarrollo de un proyecto de intercambio, que tendrá como beneficiarios directos a los menores tutelados por la ciudad e institucionalizados en los centros de menores de Melilla, así como jóvenes que conviven en una situación familiar normalizada de Andalucía residentes en Córdoba.

 

Este proyecto se concreta en dos objetivos generales:

 

-       Trabajar conjuntamente en el espectáculo Nana en el que participen 20 niños tutelados por la Ciudad Autónoma de Melilla y de 4 a 6 niños residentes en Córdoba con el propósito final de mostrar el trabajo en los escenarios de diferentes instituciones para compartir todas las experiencias desarrolladas a lo largo del proceso de enseñanza aprendizaje.

-       Sensibilizar a la ciudadanía respecto a la no estigmatización de los menores residentes en los centros de acogida y visibilizar proyectos interculturales sensibles al arte y a la inclusión social.

 

Entre los gastos justificables se encuentran:

 

-       Gastos relativos al material para las actividades:

 

o    Material de vestuario. o Material de maquillaje. o Complementos. o Material para la realización de los talleres artísticos.

o    Material de atrezo y escenografía.

o    Alquiler de material de luces, sonido y proyecciones.

 

-       Gastos relativos a personal y colaboradores del proyecto, así como viajes y alojamientos.

 

SEGUNDA.- OBLIGACIONES DE LA ASOCIACIÓN.

Se establece como obligación de la Asociación Nana la realización y desarrollo del Proyecto de Intercambio, que se describe en el Anexo I del presente Convenio de Colaboración. 

 

Además, se establece como obligación que en todo material publicitario figure el Escudo de Melilla y se reseñe la colaboración de la Consejería de Cultura.

 

TERCERA.- OBLIGACIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.

Se establece como obligación de la Ciudad Autónoma de Melilla la de conceder una cantidad económica de SESENTA MIL EUROS (60.000 €) a la Asociación, con cargo a la partida presupuestaria 04-33410-48900, denominada CONVENIO ASOCIACIÓN NANA.

 

CUARTA.- DURACIÓN DEL CONVENIO. 

La duración del presente convenio será la del año natural 2019.

 

QUINTA.- COMPATIBILIDAD DE LA AYUDA.

La cantidad referida en la cláusula Tercera, es compatible con la percepción de otras ayudas, siempre que, conjunta o asiladamente éstas no superen el coste de la actividad subvencionada, de acuerdo con el artículo 19 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

SEXTA.- OBLIGACIONES IMPUESTAS AL BENEFICIARIO.

Se establecen como obligaciones impuestas al beneficiario las descritas en el artículo 14 de la Ley, 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones:

 

“Obligaciones de los beneficiarios:

 

1.            Son obligaciones del beneficiario:


a)            Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones.

b)            Justificar ante el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.

c)            Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

d)            Comunicar al órgano concedente o la entidad colaboradora la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

e)            Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en la forma que se determine reglamentariamente, y sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional decimoctava de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

f)             Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.

g)            Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

h)            Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de esta ley.

i)             Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de esta ley.

 

2.            La rendición de cuentas de los perceptores de subvenciones, a que se refiere el artículo 34.3 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas, se instrumentará a través del cumplimiento de la obligación de justificación al órgano concedente o entidad colaboradora, en su caso, de la subvención, regulada en el párrafo b) del apartado 1 de este artículo.”

 

SÉPTIMA.- PLAZO Y MODO DE PAGO DE LA SUBVENCIÓN.

Se realizará un único pago a la cuenta bancaria facilitada por el beneficiario tras la firma del convenio y posterior a su publicación en el BOME.

 

OCTAVA.- PLAZO Y FORMA DE JUSTIFICACIÓN POR PARTE DEL BENEFICIARIO.

De conformidad con el artículo 23 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4213, de 02 de agosto  de 2005), pasados tres meses tras la finalización del plazo del presente convenio, la entidad está obligada a justificar el cumplimiento de las condiciones impuestas y la consecución de los objetivos previstos a través de la rendición de la cuenta justificativa, en la que se deberá incluir, bajo responsabilidad del declarante, los justificantes de los gastos mediante factura o cualquier otro documento de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. No obstante, la entidad está obligada a someterse a cuantas actuaciones de control financiero realice la Intervención de la Ciudad, siendo causas de reintegro de la cantidad tanto el incumplimiento del deber de justificación como la resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero.

 

Asimismo, el incumplimiento de alguna de las obligaciones de la cláusula segunda dará además lugar a la devolución de las cantidades devengadas.

 

NOVENA.- PUBLICIDAD DEL CONVENIO.

Se dará publicidad del presente convenio de colaboración en el Boletín Oficial de la Ciudad tal y como indica el artículo 18 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad (BOME nº 4213, de 02 de agosto de 2005) y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) como estipulan los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

Tras la lectura del presente convenio, los otorgantes se ratifican en su contenido, firmándolo en duplicado ejemplar.

 

 

Por la Ciudad Autónoma de Melilla

Fadela Mohatar Manan

 

Por la Asociación “Nana”

Natalia Díaz Fernández de Monge


ANEXO I – PLAN DE TRABAJO DE LA ASOCIACIÓN NANA

 

Se presenta a continuación el plan de trabajo para desarrollar a lo largo de un año el proyecto de intercambio nana entre menores tutelados en el Centro Asistencial “La Gota de Leche", La Divina Infantita y “La Purísima" de Melilla y jóvenes de otras regiones de España, en este caso de Andalucía y en concreto de la provincia de Córdoba que conviven en una situación familiar normalizada.

 

HORARIO, NÚMERO DE PARTICIPANTES Y PERSONAL

 

-       Las sesiones con los menores tutelados tendrán lugar de lunes a viernes de 17:00 a 20:00 en el Salón de Actos de la Granja Escuela de Melilla. Durante la intervención en Córdoba buscaremos la colaboración de algunas instituciones como por ejemplo, la casa de la juventud, que nos permitan desarrollar esta labor. Todas y cada una de las sesiones estarán dirigidas por la directora del proyecto, por el ayudante de dirección y por los colaboradores externos que sean necesarios para el desarrollo de este trabajo.

-       El número máximo de integrantes que conformarán este proyecto será de 26/28 participantes. Durante cada sesión trabajaremos con un máximo de 14 personas.

-       La preparación de las sesiones, la elaboración del material, la adaptación del material a las sesiones prácticas, el proceso creativo, la grabación de todo el proceso, la creación de la memoria, las actividades con otras instituciones, la tramitación de los distintos presupuestos de vestuario, de maquillaje, de peluquería, de diseño gráfico, de traducción, de creación de proyecciones, de atrezo, de escenografía y de diseño de luces y sonido, la organización de las exposiciones públicas, la estructura de los viajes, la gestión de las redes sociales, el mantenimiento de la página web, etc.… se llevará a cabo de lunes a viernes de 10:00 a 14:00.

 

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LAS ARTES ESCÉNICAS

 

Todo el cronograma de actividades que a continuación se describe se realizará entre Melilla y Córdoba.

 

-       Semana del 1 al 31 de enero de 2019: Selección de los participantes.

 

Nos reuniremos con los directores de los centros de menores de Melilla para proporcionarles la lista de los niños elegidos para desarrollar este proyecto. Asimismo, contactaremos con el aula de danza de la Universidad de Córdoba y con el Conservatorio de Danza de Córdoba para solicitar la colaboración de jóvenes que conviven en una situación familiar normalizada y que quieran de forma voluntaria participar en este proyecto.

 

-       Semana del 1 de febrero al 31 de marzo de 2019: Actividades relacionadas con la expresión corporal, el teatro, la voz y el aprendizaje de diferentes instrumentos musicales de percusión.

 

TEATRO, DANZA Y MÚSICA.

 

Desarrollaremos ejercicios en torno a las siguientes temáticas:

 

-       -La improvisación.

-       -La concentración.

-       -La escucha.

-       -La presencia escénica.

-       -La creación de un personaje. -La conciencia del cuerpo.

-       -La relajación.

-       -El equilibrio.

-       -La tonalidad corporal.

-       -Los estados de movimiento. -El ritmo corporal.

-       -La relación del movimiento con los objetos.

-       -El movimiento y la música.

-       -La interpretación de canciones.

-       -La dicción.

-       -La proyección. -La respiración.

-       -La relajación.

-       -El volumen.

-       -La entonación y la modulación.

-       -La fluidez oral.

-       -La concienciación del cuerpo con respecto a los instrumentos musicales de percusión. -El aprendizaje de la ejecución de los distintos tipos de instrumentos musicales.


-       -Semana del 1 al 30 de abril 2019: Actividades de creación colectiva del espectáculo.

 

LA CREACIÓN DE LA PARTE TEATRAL.

 

Realizaremos una labor de investigación en los siguientes aspectos:

 

-       -Acercamiento de diferentes obras para dramatizar.

-       -Adaptación de las obras a la realidad social de los niños.

 

DESARROLLO Y PERFECCIONAMIENTO DE LAS COREOGRAFÍAS DEL ESPECTÁCULO.

 

Practicaremos los movimientos corporales que conforman los números de danza del espectáculo.

 

EXPRESIÓN MUSICAL.

 

Pondremos en práctica diferentes actividades relacionadas con:

 

-       -Audiciones de música.

-       -Composiciones de melodías.

-       -Investigación de canciones de las distintas culturas. 

-       -Música y movimiento. 

-       -Desarrollo de la ejecución de instrumentos musicales de percusión. 

-       -Semana del 1 al 31 de mayo de 2019: montaje y ensayos del espectáculo entero. 

 

Realizaremos ensayos semanales del espectáculo completo. 

 

-       -Semana del 1 al 30 de junio de 2019: Representación pública del espectáculo. 

 

-       Difusión y coordinación para promover la participación en las muestras públicas. 

-       Representaciones del espectáculo en el Teatro Kursaal-Fernando Arrabal de Melilla durante los días 28 y 29 de junio y en un escenario representativo de Córdoba, abiertas al público en general. 

-       -Semana del 1 al 31 de julio de 2019: Estudio sobre las conclusiones del proyecto. 

-       Elaboración de un documento junto a los participantes, donde se exprese y valore toda la experiencia una vez se ha conseguido el reconocimiento social. 

-       -Semana del 1 de septiembre al 30 de noviembre: Talleres de creación teatral, musical y corporal de cara a la producción de un nuevo proyecto artístico. 

-       Se trata de seguir trabajando con todos los participantes que comenzaron esta andadura en enero para realizar talleres de investigación creativa y poder crear material destinado a un nuevo proyecto que se pueda desarrollar durante el año 2020. 

-       -Semana del 1 al 31 de diciembre: Entrega de la memoria y de la documentación justificativa de la subvención. 

-       Elaboración del trabajo concerniente a la memoria anual de actividades y a la recopilación de toda la documentación justificativa de la subvención.

 

VIAJE DE CONVIVENCIA PROGRAMADO

 

Durante el desarrollo del proyecto y antes del estreno del espectáculo, nos gustaría organizar una convivencia entre los niños de Melilla y los niños de Andalucía para complementar y enriquecer el proceso de inclusión de todos los participantes. Esta convivencia se organizará durante las vacaciones escolares de los niños.