ARTÍCULO Nº 344 (CVE: BOME-A-2019-344) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5641 - martes, 9 de abril de 2019 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS - Dirección General de Función Pública
Orden nº 1143 de fecha 3 de abril de 2019, relativa a bases de la convocatoria para la provisión en propiedad de dos plazas de auxiliar administrativo, personal laboral, por el sistema de oposición libre.
De conformidad con el Acuerdo del Consejo de
Gobierno de esta Ciudad Autónoma, adoptado en sesión de fecha 29 de marzo de
2019, por el que se aprueban, las bases para la provisión definitiva de plazas
vacantes en la plantilla e incluidas en la Oferta de Empleo Público para 2017,
Personal Laboral, y en base a lo previsto en el artículo 5 del Real Decreto
896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los
programas mínimos a los que deberá ajustarse el procedimiento de selección de
los funcionarios de la Administración Local, y en uso de las competencias que
me confiere el Reglamento de la Consejería de Administraciones Públicas, y el art. 33 del Reglamento de Gobierno y
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, a tenor del Orden Jurídico instaurado por la Ley Orgánica
2/1995, de 13 de marzo, del Estatuto de Autonomía de Melilla
De
acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 11794/2019, en virtud de las
competencias que tengo atribuidas, VENGO
EN DISPONER
Convocar
el proceso de selección de las plazas que más abajo se relacionan, de
conformidad con las siguientes:
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE DOS PLAZAS DE
AUXILIAR ADMINISTRATIVO, PERSONAL LABORAL, POR EL PROCEDIMIENTO DE OPOSICIÓN
LIBRE.
Es
objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el procedimiento
de oposición libre, de dos plazas de
Auxiliar Administrativo, encuadradas en el grupo C2, Personal Laboral,
Complemento de Destino y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la
legislación vigente.
Dichas
plazas están previstas en la Oferta de Empleo Público para el año 2017
(B.O.ME. nº 5464 de 28 de julio de 2017).
1.- REQUISITOS ESPECÍFICOS.-
Además
de los requisitos exigidos en las Bases Generales de aplicación, publicadas en
el B.O.ME. núm. 5000 de 15/02/2013, los siguientes:
a)
Estar en posesión del Título de Graduado en E.S.O. o equivalente (o
estar en condiciones de obtenerlo antes de que finalice el plazo de
presentación de instancias).
La
equivalencia se acreditará, en su caso, con la certificación expedida por el
organismo competente en la materia o con la disposición en la que se establece
la misma y, en su caso, el BOE en que se publica.
A
las instancias deberán añadirse necesariamente debidamente autentificado, copia
de la titulación exigida.
b)
Derechos de examen: 7 € (B.O.ME. extraordinario nº 21 de 30-12-09).
Los
desempleados y los miembros de familias numerosas estarán exentos de abonar los
derechos de examen. Esta circunstancia se acreditará mediante certificación
emitida por el Servicio Público de Empleo Estatal o, en su caso, fotocopia
compulsada del Libro de Familia.
2.- PROCESO DE SELECCIÓN.-
La
oposición constará de los siguientes ejercicios:
PRIMER EJERCICIO: De carácter obligatorio, igual para todos
los aspirantes, consistirá en contestar por escrito un cuestionario de ochenta
preguntas, con tres respuestas alternativas, durante un período máximo de
noventa minutos, que será determinado por el Tribunal inmediatamente antes del
comienzo del ejercicio, de entre las materias contenidas en el programa de esta
convocatoria.
Cada
una de las ochenta preguntas tiene un valor de 0,125 puntos. Los errores
penalizan conforme a la fórmula siguiente: A – (E/ (n-1)), siendo «A» el número
de aciertos, «E» el de errores y «n» número de alternativas de respuesta.
Dicha
prueba tendrá carácter eliminatorio, calificándose de 0 a 10 puntos,
precisándose un mínimo de 5 puntos para superar el proceso de selección.
SEGUNDO EJERCICIO: Resolución de un supuesto práctico
relacionado con alguna de las materias del programa adjunto en un periodo
máximo de noventa minutos.
Este
ejercicio se calificará de cero a diez puntos, siendo eliminados los opositores
que no obtengan, al menos, cinco puntos en este ejercicio.
Cada
uno de los ejercicios de esta fase de oposición tendrá carácter eliminatorio.
PUNTUACIÓN
FINAL: Se
obtendrá hallando la media aritmética de cada uno de los ejercicios.
En
caso de empate primará la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. Si
persiste el empate lo resolverá el Tribunal, si fuere necesario, mediante la
realización de un nuevo ejercicio teórico a los aspirantes empatados, que se
valorará de forma análoga a la establecida en la fase de oposición,
determinándose la selección por la mayor puntuación obtenida. Si aún
persistiera el empate se realizarán tantos ejercicios como sean necesarios
hasta dirimirlo.
El
Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas
un número superior al de vacantes convocadas. Las propuestas de aprobados que
contravengan este límite será nulas de pleno derecho.
El
Tribunal una vez realizada la valoración de los ejercicios, el número de plazas
que coincida con las plazas convocadas serán considerados “aptos” y los demás
serán “no aptos”.
PROGRAMA
PARTE GENERAL:
TEMA
1.- La Constitución Española de 1978. Principios generales y estructura.
TEMA
2.- Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
TEMA
3.- La Corona: atribuciones constitucionales.
TEMA
4.- Las Cortes Generales. - Congreso de los Diputados y Senado. - Composición y
funciones.
TEMA
5.- El Gobierno y la Administración: regulación constitucional. - Principios de
actuación de la Administración Pública: eficacia, jerarquía, descentralización,
desconcentración y coordinación
TEMA
6.- La Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: su
significado.
TEMA
7.- La Administración Pública en el Ordenamiento español. Clases de personas
jurídicas públicas.
TEMA
8.-. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho.
TEMA
9.- Fuentes del Derecho Público. - La ley: clases de leyes. - El reglamento:
Concepto y clases.
TEMA
10.- Ciudad de Melilla I: Asamblea, presidente, Consejo de Gobierno y
Comisiones.
TEMA
11.- Ciudad de Melilla II: Competencias de la Ciudad de Melilla.
TEMA
12.- Ciudad de Melilla III: Régimen jurídico.
TEMA
13.- Ciudad de Melilla IV: Régimen económico y financiero.
TEMA
14.- El Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de
Melilla: Órganos de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla.
TEMA
15.- El régimen local español. - Principios constitucionales y regulación
jurídica.
TEMA
16.- Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: El
principio de igualdad y la tutela contra la discriminación.
PARTE ESPECIFICA
TEMA
1.- El acto administrativo I. – Concepto, clases y elementos.
TEMA
2.- El acto administrativo II. -Eficacia de los actos. - Nulidad y
anulabilidad.
TEMA
3.- Procedimiento administrativo común. – Fases: iniciación, ordenación instrucción
y finalización.
TEMA
4.- Revisión de actos en vía administrativa I: Revisión de oficio.
TEMA
5.- Revisión de actos en vía administrativa II: Recursos administrativos de
alzada, potestativo de reposición y extraordinario de revisión.
TEMA
6.- Formas de la acción administrativa: Fomento, policía y servicio público.
TEMA
7.- La responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas.
TEMA
8.- El dominio público. – El patrimonio privado de la Administración.
TEMA
9.- Las licencias. – Naturaleza jurídica. – Régimen jurídico y procedimiento de
otorgamiento.
TEMA
10.- Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales. Procedimiento de
elaboración y aprobación.
TEMA
11.- Los bienes de las entidades locales: el patrimonio de las Entidades
Locales.
TEMA
12.- Ley de Contratos del Sector Público: Objeto y ámbito de aplicación.
Delimitación de los tipos contractuales. Disposiciones generales.
TEMA
13.- Funcionamiento de los órganos colegiados locales. – Convocatoria y orden
del día. -Actas y certificados de acuerdo.
TEMA
14.- Haciendas locales I: Clasificación de los ingresos.
TEMA
15.- Haciendas Locales II. - Ordenanzas fiscales: contenido, elaboración,
publicación y publicidad de las ordenanzas fiscales.
TEMA
16.- Haciendas Locales III. – Régimen jurídico del gasto público local: la
ejecución del presupuesto.
TEMA
17.- Los Presupuestos locales: contenido, estructura, procedimiento de
elaboración y aprobación inicial.
TEMA
18.- Derechos y deberes de los funcionarios locales.
En
lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en las “Bases
Generales de aplicación a los procedimientos de selección de funcionarios de
carrera y personal laboral fijo de la Ciudad Autónoma de Melilla”, publicadas
en el B.O.ME. nº 5.000, de 15 de Febrero de 2013 y “Manual de Instrucciones de
funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Melilla”, publicado en el B.O.ME. nº 5018, de 19 de abril de
2013.
Publíquense
las mismas en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, Boletín
Oficial del Estado y Tablón de Edictos de la Ciudad, quedando convocado el
proceso de selección para la provisión de las citadas plazas.
Las
presentes bases y los actos que de ella deriven por parte del órgano
calificador, podrán ser recurridos en la forma y plazos previstos en el art.
112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y preceptos concordantes
del Reglamento de Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de
Melilla”.
Melilla 3 de abril de 2019,
La Viceconsejera de Administraciones Públicas,
María Ángeles Gras Baeza