ARTÍCULO Nº 364 (CVE: BOME-A-2019-364) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5642 - viernes, 12 de abril de 2019 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS


Extracto de la orden nº 1166 de fecha 6 de abril de 2019, relativa a convocatoria de subvenciones destinadas a pymes dentro del régimen de ayudas a la inversión con creación de empleo en las pequeñas y medianas empresas. año 2019.

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TituloES: Extracto de la Orden de la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones Públicas nº 2019001166 de fecha 06 de abril de 2019, por el que se convocan subvenciones destinadas a Pymes dentro del régimen de ayudas a la inversión con creación de empleo en las pequeñas y medianas empresas. Año 2019.

 

TextoES: BDNS(Identif.):448962

BDNS (identif.): 448962

 

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 18 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http:://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

 

Primero. Beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas (PYMES), de acuerdo con lo establecido en el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado común en aplicación de los artículo 107 y 108 del Tratado; publicado en DOUE L187 de 26 de junio de 2014, o posterior que la sustituya, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica en la Ciudad Autónoma de Melilla. Se entenderá igualmente como PYME, las que, cumpliendo con lo anterior, tengan personalidad jurídica propia, incluso aquellas que, no teniéndola, como es el caso de las Comunidades de Bienes, agrupaciones, etc., cumplan con lo dispuesto en el artículo 11 de la ley General de Subvenciones, Ley 38/2003 de 17 de noviembre.

 

Quedando excluidas las señaladas en los apartados 2 y 3 del punto cuarto de la Orden de la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones Públicas nº 2019001166 de fecha 06 de abril de 2019.

 

Segundo. Objeto.

Esta convocatoria tiene por objeto fomentar la actividad empresarial, mediante subvencio­nes financieras a los proyectos de inversión que generen empleo y que pretendan poner en marcha en la ciudad de Melilla, tanto de creación de nueva empresa, la ampliación y/o diversificación de actividad, dentro del Eje Prioritario 3/OT “Mejorar la competitividad de las Pyme”, PI 3.A-OE 3.1.2 “Ayudas financieras a la creación de empresas” y PI 3.C - OE 3.3.1 “Ayudas financieras a la ampliación de empresas”.

 

Son proyectos subvencionables:

 

a) Subvenciones de capital para financiar parcialmente el proyecto subvencionado de inversión y empleo.

b) Subsidiación parcial de los intereses de préstamos a largo plazo que obtengan los promotores para la financiación de sus proyectos.

 

Tercero. Bases reguladoras.

Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran en el Decreto número 70 de fecha 24 de septiembre de 2015, relativo a la aprobación definitiva de las bases reguladoras del régimen de ayudas a la inversión con creación de empleo en las pequeñas y medianas empresas. Se puede consultar en la página web: http://www.melilla.es/mandar.php/n/9/3512/5273.pdf

 

Cuarto. Cuantía.

Estas ayudas se financiarán con cargo a los créditos del Programa Operativo FEDER 2014-2020 de Melilla, de acuerdo con el siguiente encuadre:

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Eje Prioritario 3 / OT3 “Mejorar la competitividad de las Pyme”, PI 3.A - OE 3.1.2 “Ayudas financieras a la creación de empresas”, cuando se trate de proyectos de nueva creación,

Eje Prioritario 3 / OT3 “Mejorar la competitividad de las Pyme”, PI 3.C - OE 3.3.1 “Ayudas financieras a la ampliación de empresas”, cuando se trate de proyectos de ampliación o modernización.

 

La cuantía máxima estimada destinada a financiar esta convocatoria es de 800.857,00 euros correspondiente al presupuesto general consolidado de la Ciudad de Melilla, sus organismos autónomos y sus sociedades mercantiles para el año 2019. Aplicación presupuestaria 03/43300/74000. Retención de crédito número 12019000006424

 

El crédito disponible queda fraccionado para cada uno de los periodos de resolución previstos en la convocatoria de la siguiente forma:

 

1er. Periodo:     350.000,00 €

2º Periodo:      250.000,00 €

3er Periodo:    200.857,00 €

 

Los remanentes presupuestarios de cada periodo de resolución quedarán incorporados a los periodos sucesivos previstos en la convocatoria

 

Las solicitudes presentadas se resolverán periódicamente conforme al procedimiento de concurrencia competitiva previsto en el artículo 15 de las bases reguladoras y considerando el límite presupuestario previsto.

 

La cuantía máxima total por proyecto se establece para el periodo 2019 del 35% para  medianas empresas y del 45% para pequeñas y microempresas.

 

La cuantificación de la subvención total vendrá determinada por la aplicación de la fórmula polinómica indicada en el Anexo I de la Convocatoria, aplicando las cantidades y los límites establecidos en la misma.

 

Para los contratos realizados con mujeres se incrementará los coeficientes establecidos en la variable X4 de la fórmula del Anexo I de la Convocatoria en un 10%.

 

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Para la presente convocatoria se establece los siguientes plazos de presentación de solicitudes:

 

Primer plazo 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Segundo plazo, desde el día siguiente a la terminación del primer plazo hasta el 31/05/2019.

Tercer plazo, desde el 01/06/2019 hasta el 20/09/2019 a las 13:00 horas

 

Sexto. Forma de las solicitudes.

Las solicitudes deberán formalizarse según los modelos disponibles en las oficinas de Proyecto Melilla S.A.U, así como en su página web www.promesa.net. que reflejará, en todo caso, el contenido mínimo a que se refiere el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

La solicitud deberá acompañarse los documentos señalados en el apartado 5 del punto Octavo de la Orden de la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones Públicas nº 2019001166 de fecha 06 de abril de 2019.

 

Lugar de la Firma: Melilla

Fecha de la Firma: 2019-04-06

Firmante: Consejero de Economía, Empleo y Administraciones Públicas, Daniel Conesa Mínguez