ARTÍCULO Nº 369 (CVE: BOME-A-2019-369) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5642 - viernes, 12 de abril de 2019 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES - Secretaría Técnica


Resolución de fecha 4 de abril de 2019, relativa a la convocatoria del curso escolar 2019 - 2020 de la Escuela Música y Danza.

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Al objeto de preparar el inicio del curso 2019-2020 de la ESCUELA DE MÚSICA Y DANZA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, de conformidad con las atribuciones que me confieren el artículo 33 del Reglamento del Gobierno y la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario nº 2 de 30 de Enero de 2017) y el apartado 7.2 letra J)  del acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de Septiembre de 2016, relativo a la modificación del Decreto de Distribución de Competencias entre las Consejerías de la Ciudad (BOME de 30 de Septiembre de 2016, extraordinario nº 17).

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 13063/2019, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

ORDENAR:

 

La Convocatoria del Curso Escolar 2019-2020 de la Escuela de Música y Danza de la Ciudad Autónoma de Melilla, con sujeción a las siguientes determinaciones:

 

1º.-  Las asignaturas que se podrán cursar durante el curso 2019-2020 son las siguientes: Música y Movimiento, Lenguaje Musical, Piano, Flauta Travesera, Danza Española y Danza Clásica.

2º.-  El plazo de solicitudes para alumnos de nuevo ingreso quedará abierto desde el día 2 al 24 de Mayo de 2019.

3º-  El plazo de matrícula, tanto para los alumnos que ya cursan estudios como para los de nuevo ingreso que hayan obtenido plaza permanecerá abierto desde el día 17 de Junio de 2019 al 15 de Julio.

4º.-  Las plazas existentes para los alumnos de nuevo ingreso, se adjudicaran, en el caso de que el número de solicitudes exceda al de plazas vacantes en la asignatura correspondiente, por orden de presentación de las solicitudes para dicha asignatura.

 

Los alumnos que cursando estudios en la Escuela, soliciten plaza para nuevas asignaturas, se consideraran a efectos de adjudicación de plazas, de nuevo ingreso para dichas asignaturas.

 

5º.-   La edad mínima de los alumnos de DANZA ESPAÑOLA, DANZA CLÁSICA, LENGUAJE MUSICAL, PIANO Y FLAUTA TRAVESERA, será de seis años cumplidos dentro del año de inicio del curso (nacidos durante el año 2013).                                       

 

La edad mínima de los alumnos de MÚSICA Y MOVIMIENTO, será de cuatro años cumplidos dentro del año de inicio del curso (nacidos durante el años 2015).

 

6º.-  De acuerdo con la vigente Ordenanza Fiscal de aplicación, (BOME extraordinario nº 21 (II) de  30 de Diciembre de 2009), el  importe de las matrículas a satisfacer será el siguiente:

 

              .   Una asignatura .........................  60,00 euros

              .   Dos asignaturas  .......................  85,00 euros

              .   Tres asignaturas  .....................  105,00 euros

              .   Cuatro asignaturas  ................   135,00 euros

 

Los titulares del Carné Joven, expedido por la Ciudad Autónoma de Melilla y restantes Comunidades Autónomas y países firmantes del Protocolo de Lisboa del día 1 de Junio de 1987 gozarán de una bonificación del 25% de las tarifas.

 

Las familias numerosas de primera clase (General) disfrutarán de una reducción del 50 % y las de segunda clase o de honor (Especial) del 100% del importe de la matrícula.

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La condición de familia numerosa se acreditará mediante fotocopia del título que acredite tal condición.

 

Los sujetos pasivos mayores de 65 años gozarán de una bonificación de 50% del importe de la tasa correspondiente.

 

7º.-  Las solicitudes  podrán presentarse en los registros de las Oficinas de Proximidad, en las Oficinas de Información y Atención al Ciudadano de la Ciudad, o en el de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, sin perjuicio de la posible presentación en los registros que a tal efecto establece el artículo  16 de la Ley 39/2015 de 01 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

8º.-  Para la matriculación, los alumnos de nuevo ingreso deberán aportar fotocopia del DNI, y en caso de no tenerlo,  fotocopia del DNI  o Tarjeta de Residencia  de los padres, en vigor, acompañando todos los alumnos una fotografía de tamaño carné del alumno por cada asignatura en la que se matricule, así como el resguardo del ingreso bancario de la cantidad correspondiente a la matrícula, en el número de cuenta ES68 0049 2506 14 2814180049 del Banco de Santander.

9.-  En virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, se informa que los datos personales facilitados por los solicitantes serán incorporados para su tratamiento en un fichero automatizado de la Ciudad Autónoma de Melilla, para el ejercicio y funciones y competencias propias de la Ciudad Autónoma. Los interesados podrán ejercer en cualquier momento  los derechos establecidos en la citada Ley Orgánica ante la Dirección General de Educación y Colectivos Sociales”.

 

Lo que se ordena para su publicación, en aplicación del artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública, advirtiendo que la orden trascrita no pone fin a la vía administrativa y que contra la misma cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes ante el Excmo. Sr. Presiente de la Ciudad Autónoma de Melilla, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la mencionada Ley 39/2015, de 01 de Octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pudiendo, no obstante, los interesados interponer cualquier otro recurso que estimen procedente.

 

Melilla 4 de abril de 2019.

El Consejero de Educación, Juventud y Deportes,

Antonio Miranda Montilla