ARTÍCULO Nº 377 (CVE: BOME-A-2019-377) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5642 - viernes, 12 de abril de 2019 Ir al BOMEMINISTERIO DE JUSTICIA - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCION Nº 1 - juzgado de 1ª instancia e intrucción Nº 1
Notificación de sentencia a D. Joaquín García Anaya y otros, en procedimiento ordinario nº 80 / 2018.
ORD
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000080 /2018
Procedimiento
origen: Sobre ACCION DECLARATIVA DE DOMINIO
DEMANDANTE
Diña. JUAN
ANTONIO FUENTES CALDERON
Procurador/a
Sr/a. CRISTINA COBREROS RICO
Abogado/a
Sr/a. MARIA JOSE DELGADO GARCIA
DEMANDADOS:
JOAQUIN GARCIA ANAYA, VICTORIA MARFIL GOMEZ, JOAQUIN GARCIA
GUERRERO, MARIA ANAYA FLORES
Procurador/a
Sr/a. SIN PROFESIONALES
edicto
celula de notificación
En el
procedimiento de referencia se ha dictado la sentencia que en extracto tiene el
siguiente tenor:
SENTENCIA
Nº 79/19
En Melilla, a 26 de marzo de
2019.
Vistos por mi, doña Ana Beatriz
Pérez Pérez, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº1 de
Melilla, los autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado con el número
80/2018 a instancia de D./Dña. JUAN ANTONIO FUENTES CALDERÓN,
representado por el procurador D./Dña. Cristina Cobreros Rico y con la
asistencia letrada de D. /Dña.
María José Delgado García, frente a DON JOAQUIN GARCÍA ANAYA, DOÑA VICTORIA
MARFIL GÓMEZ, DON JOAQUÍN GARCIA GUERREO Y DOÑA MARÍA ANAYA FLORES,
en situación de rebeldía procesal.
FALLO
Se estima la demanda interpuesta
D./Dña. JUAN ANTONIO FUENTES CALDERÓN, representado por el procurador D./Dña.
Cristina Cobreros Rico y con la asistencia letrada de D. /Dña.
María José Delgado García, frente a DON JOAQUIN GARCIA ANAYA, DOÑA VICTORIA
MARFIL GÓMEZ, DON JOAQUIN GARCIA GUERREO Y DOÑA MARÍAANAYA FLORES, en situación
de rebeldía procesal y se declara que el demandante ha adquirido por
prescripción extraordinaria la propiedad de las fincas sita en calle Aragón 10
y cuatro duplicado, fincas números 1143 y 3668 de Melilla, descrita en la
demanda, debiendo cancelarse la inscripción contradictoria en los libros del
Registro de la Propiedad e inscribirse los citados inmuebles a nombre del
demandante.
Se condena a los demandados al
pago de las costas procesales de esta instancia.
Contra esta resolución cabe
recurso de APELACIÓN ante la Audiencia Provincial de MALAGA (artículo
455 L.E.C.). El recurso se interpondrá
por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de VEINTE
DÍAS hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a
citar la resolución apelada, con
expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 L.E.C.).
Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse
constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la
cuenta de este Juzgado.
Así por esta sentencia, lo
pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado
paradero de JOAQUIN GARCIA ANAYA, VICTORIA MARFIL GOMEZ, JOAQUIN GARCIA GUERRERO,
MARIA ANAYA FLORES, se extiende la presente para que sirva De cédula de
notificación.
MELILLA, a dos de abril de dos
mil diecinueve
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN
DE JUSTICIA