ARTÍCULO 399 - BOME-A-2019-399

BOME Nº 5645 del martes, 23 de abril de 2019

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE CULTURA Y FESTEJOS - Secretaría Técnica de Cultura y Festejos

Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 12 de abril de 2019, relativo al convenio de colaboración entre la CAM y la fundación bancaria "La Caixa", para la instalación de la exposición "Empieza el espectáculo. Georges Méliés y el cine de 1900" en dos unidades desplegables ubicadas en la Plaza de las Culturas de la Ciudad Autónoma.


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El Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva Ordinaria celebrada el día 12 de abril de 2019, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

 

PUNTO VIGÉSIMO SEGUNDO. - Convenio de Colaboración entre la CAM y la Fundación Bancaria “LaCaixa” para la Instalación de la Exposición “Empieza el Espectáculo. Georges Méliès y el Cine de 1900” en dos unidades desplegables ubicadas en la Plaza de las Culturas de la Ciudad Autónoma. - El Consejo de Gobierno acuerda aprobar la Propuesta de la Consejería de Cultura y Festejos, que literalmente dice:

 

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA FUNDACIÓN BANCARIA “LA CAIXA” PARA LA INSTALACIÓN DE LA EXPOSICIÓN “EMPIEZA EL ESPECTÁCULO. GEORGES MÉLIÈS Y EL CINE DE 1900” EN DOS UNIDADES DESPLEGABLES UBICADAS EN LA PLAZA DE LAS CULTURAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA

 

REUNIDOS

 

De una parte, el Sr. D. JUAN JOSÉ IMBRODA ORTIZ, que actúa en nombre y representación de la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, de la cual es Presidente, entidad domiciliada en la Plaza de España, 1, de Melilla, y con C.I.F. S-7900010-E.

 

Y

 

De otra, el Sr. D. RAFAEL FERNANDO CHUECA BLASCO, actuando en nombre y representación de la Fundación Bancaria Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona “la Caixa”, en adelante FUNDACIÓN BANCARIA “LA CAIXA”, de la cual es Director Corporativo de Territorio y Centros, entidad domiciliada en Palma (Islas Baleares), Plaza Weyler, 3. Código Postal 07001 y con C.I.F. G-58899998.

 

MANIFIESTAN

 

El deseo de colaboración de las dos instituciones para la instalación de las unidades desplegables con la exposición “Empieza el espectáculo. George Méliès y el cine de 1900” en la Plaza de las Culturas de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

En consecuencia, reconociéndose mutuamente los comparecientes facultades suficientes para representar a sus mandantes, y a ellos capacidad jurídica para obligarse, se comprometen, con el fin de concordar sus respectivos intereses a los siguientes:

 

PACTOS

 

1.     Objeto del convenio

Es objeto del presente convenio de colaboración la organización conjunta de la exposición “Empieza el espectáculo. George Méliès y el cine de 1900”, actividad itinerante producida por la Fundación Bancaria “la Caixa”, de carácter cultural, cuyos contenidos se instalará en dos unidades expositivas desplegables ubicadas en la Plaza de las Culturas de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

2.     Duración del convenio

La actividad prevista se desarrollará en la Ciudad Autónoma de Melilla, desde el 13 de abril al 16 de mayo de 2019 (fechas de inicio de montaje y finalización del mismo respectivamente).

 

Las fechas de apertura al público serán del 16 de abril al 14 de mayo de 2019.

 

3.     Compromisos asumidos por la Fundación Bancaria “la Caixa”


En el marco del presente convenio, la Fundación Bancaria "la Caixa" asumirá las siguientes gestiones y/o gastos:

 

3.1. La Fundación Bancaria “la Caixa” se hará cargo del transporte, montaje, desmontaje e instalación de las UNIDADES DESPLEGABLES y de la exposición “Empieza el espectáculo. George Méliès y el cine de 1900” en la Plaza de las Culturas de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

3.2. La Fundación Bancaria “la Caixa” se hará cargo del mantenimiento de las UNIDADESDESPLEGABLES y de los módulos que contiene, por parte del personal presente durante todo el período de montaje, exhibición y desmontaje.

 

3.3. La Fundación Bancaria “la Caixa” también se hará cargo de los servicios de atención al público y de las visitas de grupos concertados, por parte de personal especializado.

 

1.4.  La Fundación Bancaria “la Caixa” contratará una póliza de seguro de responsabilidad civil.

 

3.5. La Fundación Bancaria “la Caixa” asumirá los servicios de limpieza en el interior de las UNIDADES DESPLEGABLES.

 

3.6. Se hará cargo de las gestiones necesarias para la instalación del cuadro eléctrico conexionado, legalizaciones y permisos, toma de tierra y suministro eléctrico, siendo la potencia necesaria de 25 kW (trifásica 400 V).

 

3.7. La Fundación Bancaria “la Caixa” realizará la impresión de todo el material de difusión bajo la forma de invitaciones y aquellos materiales que estime oportunos, sin que esto vaya en detrimento de la difusión que la Ciudad Autónoma de Melilla crea conveniente realizar a través de sus canales habituales. En toda la difusión gráfica y sonora constará la colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Fundación Bancaria “la Caixa”.

 

3.8. La Fundación Bancaria “la Caixa” realizará la producción de un número a determinar de materiales de difusión que instalará en el perímetro de las UNIDADES DESPLEGABLES, así como en las principales zonas de acceso y paso de la ciudad. Igualmente, realizará la producción, instalación y retirada de banderolas de farola, acordando con la Ciudad Autónoma de Melilla los lugares con mayor interés, en función del tráfico y tránsito peatonal de la ciudad.

 

4.     Compromisos asumidos por la Ciudad Autónoma de Melilla

En el marco del presente convenio, la Ciudad Autónoma de Melilla asumirá las siguientes gestiones y/o gastos:

 

4.1. Facilitará el permiso administrativo de instalación y aportación del uso del espacio en la Plaza de las Culturas y autorizará la instalación de las UNIDADES DESPLEGABLES y la exposición “Empieza el espectáculo. George Méliès y el cine de 1900” en dicho espacio en las fechas consignadas en el punto 2 del presente convenio.

 

4.2. Facilitará los permisos administrativos necesarios, sin coste económico, de circulación, carga y descarga de las UNIDADES DESPLEGABLES, así como el acompañamiento policial y el permiso de estacionamiento de un vehículo de apoyo para el montaje y desmontaje, y de una grúa y/o camión pluma para la retirada de los trenes traseros de dichas UNIDADES DESPLEGABLES.

 

4.3. Facilitará la colaboración de la Policía Municipal, que a su vez:

·         Acompañará a los camiones desde el exterior de la ciudad hasta el lugar de descarga, donde será instalada la exposición, y viceversa al finalizar la misma.

·         Mantendrá despejada de vehículos la zona a la llegada y salida de los camiones.

·         Apoyará exteriormente el servicio de vigilancia propio, especialmente en horas nocturnas.

·         Realizará las tareas de señalización y gestión del tráfico si fueran necesarias

 

4.4. Facilitará los permisos administrativos necesarios, sin coste económico, y el listado de calles para la instalación de los elementos de difusión en la vía pública, tales como mástiles, cubos, mupis y banderolas de farola.

 

4.5. Facilitará la recogida de basuras mediante un contenedor y notificará al servicio municipal correspondiente la instalación temporal de este nuevo punto de recogida.

 

4.6. Aportará las plantas necesarias para la decoración externa de las UNIDADESDESPLEGABLES en el día de la inauguración.

 

4.7. Facilitará la difusión de la información a los centros educativos, lúdicos, centros sociales, asociaciones, etc.

 


4.8. Incorporará el vínculo-link de eduCaixa en la web de la Ciudad Autónoma, con el objeto deponer a disposición del profesorado toda la oferta educativa de la Fundación Bancaria “la Caixa” correspondiente al curso 2018/19. Así mismo, incorporará el logotipo de eduCaixa en todas las comunicaciones dirigidas a la comunidad educativa, relativas a esta exposición.

 

4.9. Facilitará una boca de riego para el suministro de agua -y asumirá los costes de conexión y consumo de agua- para la limpieza diaria en el interior de las UNIDADES DESPLEGABLES.

 

4.10. Suministrará 40 vallas para delimitar el espacio que ocuparán las UNIDADESDESPLEGABLES en la Plaza de las Culturas de la Ciudad Autónoma de Melilla durante el montaje y desmontaje.

 

5.     Aspectos generales

5.1. La entrada a las UNIDADES DESPLEGABLES de la exposición “Empieza el espectáculo. George Méliès y el cine de 1900”, instalada en la Plaza de las Culturas, será gratuita.

 

5.2. La organización de la exposición “Empieza el espectáculo. George Méliès y el cine de 1900” en la Ciudad Autónoma de Melilla, corresponde al gobierno de esta Ciudad y a la Fundación Bancaria “la Caixa”.

 

5.3. La Ciudad Autónoma de Melilla y la Fundación Bancaria “la Caixa” actuarán en igualdad de condiciones en las presentaciones públicas y ruedas de prensa que se puedan organizar para dar a conocer la exposición “Empieza el espectáculo. George Méliès y el cine de 1900”.

 

6.     Tratamiento de datos de carácter personal

6.1. Los datos personales incluidos en este Convenio (datos de los intervinientes) serán tratados por la otra Parte con la finalidad de gestionar la relación de colaboración, siendo la base del tratamiento el cumplimiento de dicha relación y se conservarán durante todo el tiempo en que ésta subsista y aún después, hasta que prescriban las eventuales responsabilidades derivadas de ella. Finalizados dichos plazos de prescripción, los datos serán eliminados o, alternativamente, anonimizados. Los intervinientes se dan por informados de lo siguiente:

 

a)     Los respectivos Responsables del tratamiento de datos de carácter personal, son las partes firmantes y los datos de contacto del delegado de protección de datos (DPD) o del responsable de seguridad de cada una de ellas son los siguientes:

 

·         Datos del delegado de protección de datos de Fundación Bancaria “la Caixa”: Email: dpd@fundacionlacaixa.org; Dirección postal: Avenida Diagonal 621 – 629, 08028 Barcelona.

·         Datos del delegado de protección de datos o, en su caso, del responsable de seguridad de la Ciudad Autónoma de Melilla: Dirección postal indicada en el encabezamiento.

 

b)     Los datos personales de los intervinientes no serán cedidos a terceras entidades, ni serán objeto de decisiones automatizadas.

c)     En el caso de que las Partes precisaran contratar los servicios de proveedores ubicados en países que no disponen de normativa equivalente a la europea para el tratamiento de sus datos, dicha contratación se realizaría previo cumplimiento de todos los requisitos establecidos por la normativa de protección de datos, y aplicando las garantías y salvaguardas necesarias para preservar su privacidad. Para más información pueden contactar con los delegados de protección de datos o, en su caso el responsable de seguridad, a través de las direcciones indicadas.

d)     Tienen derecho a acceder a sus datos personales, rectificar los datos inexactos, solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios, solicitar la oposición o limitación del tratamiento de los mismos o solicitar su portabilidad, enviando un mensaje al delegado de protección de datos, o en su caso, al responsable de seguridad, según corresponda, en las direcciones indicadas.

e)     Si consideran que el tratamiento de sus datos personales vulnera la normativa, pueden presentar una reclamación al delegado de protección de datos o al responsable de seguridad, según corresponda, o ante la Agencia Española de Protección de Datos.

 

6.2. Queda expresamente convenido que todos los datos o información que la Ciudad Autónoma de Melilla comunique a Fundación Bancaria “la Caixa” en relación con el proyecto o programa objeto de este Convenio serán datos disociados, es decir, aquellos que no permiten la identificación de persona física alguna y, por tanto, estarán excluidos de la aplicación de la normativa de protección de datos. En particular, mantendrá informada a Fundación Bancaria “la Caixa” de la evolución del proyecto mediante datos de carácter cuantitativo, numérico y/o porcentual.

 

La Ciudad Autónoma de Melilla no tendrá acceso ni tratará datos de carácter personal de los que sea responsable Fundación Bancaria “la Caixa”, durante el desarrollo del presente Convenio. En el supuesto de que, durante la vigencia del presente Convenio, tuviera acceso a algún dato de carácter personal de los que sea responsable Fundación Bancaria “la Caixa”, deberá comunicarlo inmediatamente a la misma, aplicando las medidas de seguridad oportunas y procediendo ambas partes a adoptar cuantas medidas y/o acciones pudieran ser necesarias de conformidad con la normativa en materia de protección de datos.


6.3. La Ciudad Autónoma de Melilla declara que cumplirá, bajo su única y total responsabilidad, con todas las obligaciones que le sean exigibles en aplicación de la normativa de Protección de Datos de Carácter Personal. Asimismo, se compromete a aplicar las medidas de seguridad necesarias, manteniendo indemne a Fundación Bancaria “la Caixa” de cualesquiera indemnizaciones y/o sanciones reclamadas por cualquier tercero, incluidas las autoridades y organismos competentes.

 

7.     Modificación del Convenio.

El presente Convenio podrá ser modificado por mutuo acuerdo de las partes a petición de cualquiera de ellas. Estas modificaciones entrarán en vigor en la fecha en que ambas entidades acuerden. Dichas modificaciones se reflejarán en un documento que será firmado por ambas partes y unido a este Convenio como Adenda al mismo.

 

8.     Extinción del Convenio.

El presente Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución. Son causas de resolución:

a)     El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b)     El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c)     El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

d)     Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

e)     Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

 

9.     Régimen jurídico

El presente Convenio está sujeto a la libre voluntad de las partes. Queda excluida la aplicación de la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, de conformidad con el artículo 6 apartado 2º de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, sin perjuicio de que sus principios se apliquen para resolver aquellas dudas y lagunas que pudieran plantearse.

 

El Convenio suscrito podrá ser puesto a disposición de la ciudadanía en el correspondiente Portal de Transparencia, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y demás normativa de desarrollo de las mismas.

 

10.     Resolución de conflictos

Las cuestiones de aplicación, interpretación y efectos, que no puedan ser solventadas por las partes serán resueltas por el orden jurisdiccional contencioso administrativo. Las partes acuerdan, con renuncia expresa y consentida a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudieran corresponderles en derecho, someterse expresamente al fuero de los Juzgados y Tribunales de la Ciudad Autónoma de Melilla para cualquier discrepancia, conflicto o litigios que se deriven sobre el cumplimiento, ejecución o interpretación del presente Convenio.

 

Y en prueba de conformidad, las dos partes firman el presente convenio por duplicado y a un solo efecto, en la ciudad y fecha señaladas ut supra.

 

 

Excmo. Sr. D. Juan José Imbroda Ortíz

Presidente Ciudad Autónoma de Melilla

Sr. D. Rafael Fernando Chueca Blasco

Director Corporativo de Territorio y Centros Fundación Bancaria “la Caixa”