Propuesta de resolución provisional de convocatoria para la concesión mediante procedimiento de concurrencia competitiva de subvenciones destinadas a la implementación de un programa de escuelas infantiles curso escolar 2019 / 2020.
En
aplicación del apartado 13 de la CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN
MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A
LA IMPLEMENTACIÓN DE UN PROGRAMA DE ESCUELAS INFANTILES (BOME 5637, de 26 de
Marzo de 2019), habiéndose reunido, con fecha de 25 de abril de 2019, el órgano
colegiado referido en la citada convocatoria se formula Propuesta
de Resolución Provisional de dicha Convocatoria en
los siguientes términos, según acuerdo de dicho órgano:
En
Melilla, a 25 de Abril de 2019, se reúne el órgano colegiado constituido en la convocatoria
de referencia, con la presidencia de D. Germán Ortiz Sánchez, Director General
de Educación y Colectivos Sociales, y la asistencia de las vocales Dª Ana Fernández
Compán y D. Juan Manuel Benavente Monedero, actuando D. Joaquín M. Ledo
Caballero (Secretario Técnico de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes)
como secretario.
Constituye
el objeto de la reunión proceder a la baremación de las solicitudes presentadas,
de conformidad con el baremo establecido en el apartado 6 de la convocatoria,
según el cual:
El
importe de la subvención y el número de plazas subvencionadas se determinará
asignando una cuantía lineal de 12.500 euros a cada escuela participante, por
la cesión de 5 plazas para alumnos del tramo 2-3 años, cifrándose el resto de
la subvención y de las plazas a ceder del siguiente modo:
Con
el fin de dar continuidad al alumnado que ocupó plaza cedida en el tramo de
edad 1-2 años a tenor de resolución de Segunda convocatoria para la concesión
mediante procedimiento de concurrencia competitiva de subvenciones destinadas a
la implementación de programa de escuelas infantiles del curso 2018-2019,
resuelta mediante Orden 201900009, del 15 de enero de 2019 ( BOME nº 5618 del
18 de enero de 2019) , se asignará una cuantía de 2.500 euros por plaza cedida
en el tramo de 2-3 años que resulte ser continuidad de las citadas anteriormente, con el máximo de
35 plazas de continuidad.
El resto de la
subvención y de las plazas a ceder se asignará en proporción al número de éstas,
referidas al tramo de 2-3 años, que las Escuelas Infantiles oferten para ser
cedidas durante el próximo curso escolar 2019-2020 teniéndose en consideración
el número total de aulas destinadas por el centro a dicho tramo de edad, con un
máximo de 2.500 euros por plaza escolar.
El coste máximo del
programa asciende a 478.000 euros, y se financiará con cargo a la aplicación
presupuestaria 14/32101/47002, RC número de operación 12019000010233.
Se acuerda aplicar
como criterio de distribución para la asignación de la cantidad adicional,
328.000 euros, el número máximo de plazas ofertadas, sin sobrepasado el máximo
total de 195 por lo que a la que la solicitado mayor número, Esc. Inf. Sta.
Luisa de Marillac (48 plazas), se le restan 3 plazas ofertadas:
Cuantía adicional Dividido entre 135 plazas
adicionales escolares ofertadas.
328.000,00 € 2.429,62/ plaza
adicional
Resultando lo
siguiente:
|
Solicitante |
Aulas en 2-3 años |
Cuantía lineal 5 plazas
/€ |
Plazas de
continuidad apdo 6.2 |
Plazas adicionales
asignadas |
Importe adicional
asignado |
Plazas totales
asignadas |
Importe total
concedido |
|
Escuela Enrique
Soler (COMAMEL) |
4 |
12.500 |
0 |
27 |
65.599,74€ |
32 |
78.099,74 |
|
CEI Divina Infantita |
4 |
12.500 |
4 plazas 10.000 € |
29 |
70.458,98€ |
38 |
92.958,98 |
|
CEI Merlín (Academia
Vetonia) |
3 |
12.500 |
15 plazas 37.500 € |
20 |
48.592,40€ |
40 |
98.592,40 |
|
CEI Santa Luisa
Marillac (Fund. Diocesana de Enseñanza) |
4 |
12.500 |
6 plazas 15.000 € |
40 |
97.184,80€ |
51 |
124.684,80 |
|
Cruz Roja |
2 |
12.500 |
10 plazas 25.000 € |
19 |
46.162,78 € |
34 |
83.662,78 |
|
Total |
17 aulas |
62.500€ /25 plazas. |
35 plazas 87.500 € |
135 plazas |
327.998,70 euros |
195 plazas |
477.998,70 |
Por
el secretario se informa que de la documentación que obra en el expediente se
desprende que las entidades solicitantes se encuentran al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Así mismo informa que no aparecen subvenciones percibidas de la CAM pendientes
de justificar en forma y plazo, sin perjuicio del resultado de las
justificaciones presentadas pendientes de informe y/o fiscalización.
Por
lo anterior, el órgano colegiado acuerda formular al Sr. Consejero de
Educación, Juventud y Deportes propuesta de resolución provisional en los
términos que preceden, de conformidad con lo previsto en la
convocatoria pública, apartado 13, aprobada mediante Orden número 12019000231
de fecha 19 de marzo de 2019 y publicada en el Boletín Oficial de Melilla núm.
5637, de 26 de Marzo de 2019.
De acuerdo con el punto 9 de la convocatoria y de
acuerdo también con el artículo 45 b) de la Ley 39/2015, de 01 de octubre,
procede notificar a los interesados la presente propuesta de resolución
provisional, mediante su publicación en el Boletín Oficial de Melilla,
concediéndoles un plazo de diez días naturales para hacer alegaciones y
advirtiéndoles que, de existir éstas, el órgano colegiado se pronunciará sobre
las mismas antes de formularse la propuesta
definitiva.
Melilla
a 26 de abril de 2019,
El
Secretario Técnico de Educación, Juventud y Deportes,
Joaquín
Ledo Caballero