ARTÍCULO 454 - BOME-A-2019-454

BOME Nº 5649 del martes, 7 de mayo de 2019

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES - Dirección General de Juventud y Deportes

Resolución nº 379 de fecha 30 de abril de 2019, relativa a convocatoria del proceso de admisión de alumnos de nuevo ingreso en las escuelas de educación infantil dependientes de la Ciudad Autónoma de Melilla, y plazas concertadas en escuelas infantiles privadas, correspondientes al curso académico 2019 - 2020.


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CONVOCATORIA PARA LA ADMISIÓN DE ALUMNOS DE NUEVO INGRESO EN LAS ESCUELAS DE EDUCACIÓN INFANTIL DEPENDIENTES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, CORRESPONDIENTE AL CURSO ACADÉMICO 20192020.

Conforme con las BASES DE APLICACIÓN AL PROCESO DE ADMISIÓN DE ALUMNOS DE  NUEVO INGRESO EN LAS ESCUELAS DE EDUCACIÓN INFANTIL DEPENDIENTES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, CORRESPONDIENTE AL CURSO ACADÉMICO 2019-2020, aprobadas por el Consejo de Gobierno en su sesión del día 08 de marzo de 2019 y posterior modificación aprobada en sesión del 22 de marzo de 2019, y en el ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo treinta y tres del vigente Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla,  

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 1631/2019, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

ORDENAR LA CONVOCATORIA DEL PROCESO DE ADMISIÓN DE ALUMNOS DE NUEVO INGRESO EN LAS ESCUELAS DE EDUCACIÓN INFANTIL DEPENDIENTES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, Y PLAZAS CONCERTADAS EN ESCUELAS INFANTILES PRIVADAS, CORRESPONDIENTE AL CURSO ACADÉMICO 2019-2020, a la que serán de aplicación las referidas bases, con las siguientes determinaciones:

 

1.             Pueden solicitar plaza en los centros a los que se refiere la presente convocatoria los padres o tutores de los niños cuyas edades correspondan a los niveles de primer ciclo de Educación Infantil, residentes en la Ciudad Autónoma de Melilla, nacidos en los años 2017, 2018 y 2019. En todo caso, el menor deberá haber cumplido cuatro meses antes de la finalización del mes de septiembre del año en curso y deberá estar vacunado con las vacunas que correspondan según  su edad a tenor del Calendario de Vacunación en vigor ( Orden 608, del 07 de junio de 2016 de la Consejería de Presidencia y Salud Pública-, BOME núm. 5350, del viernes 24 de junio de 2016) .

2.             La previsión de oferta de plazas disponibles para alumnos de nuevo ingreso para el curso 2019-2020 será:

 

Plazas en Escuelas de titularidad de la Ciudad Autónoma de Melilla

 

Escuela Infantil “San Francisco de Asís”

Nacidos/as en 2019

8 plazas

Nacidos/as en 2018

14 plazas

Nacidos/as en 2017

38 plazas

Escuela Infantil “Virgen de la

Victoria”

Nacidos/as en 2019

8 plazas

Nacidos/as en 2018

15 plazas

Nacidos/as en 2017

41 plazas

Escuela                          Infantil

“Infanta Leonor”

Nacidos/as en 2019

16 plazas

Nacidos/as en 2018

18 plazas

Nacidos/as en 2017

16 plazas

Escuela Infantil “Josefa Calles Alcalde” (Centro

Asistencial)

Nacidos/as en 2019

16 plazas

Nacidos/as en 2018

18 plazas

Nacidos/as en 2017

16 plazas

 

Plazas concertadas en Escuelas privadas con autorización MEFP.

Centro            de               Educación

Infantil “Santa Luisa de

Marillac” (1) (2)

Nacidos/as en 2017

    

45 plazas (3)

Centro            de               Educación

Infantil “Divina Infantita”

(1) (2)

Nacidos/as en 2017

34 plazas(3)


Centro            de               Educación

Infantil “Enrique Soler” (1) (2)

Nacidos/as en 2017

      

32 plazas(3)

Centro            de               Educación

Infantil “Cruz Roja” (1) (2)

Nacidos/as en 2017      

24 plazas(3)

Centro            de               Educación

Infantil “Merlín” (1) (2)

Nacidos/as en 2017      

25 plazas(3)

 

(1)           La alimentación y artículos de aseo serán por cuenta de la familia.

(2)           Horario de 8 a 15 horas.

(3)           Adjudicación provisional pendiente de resolución definitiva.

 

El número de plazas concertadas en los centros privados será el que resulte definitivamente de la CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA IMPLEMENTACIÓN DE UN PROGRAMA DE ESCUELAS INFANTILES PARA EL CURSO 2019-2020, actualmente en curso.

 

3.             Las Escuelas de Educación Infantil pertenecientes a entidades privadas podrán establecer el abono de una cantidad inicial en concepto de material escolar.

4.             Los alumnos que durante el curso precedente hubieran ocupado plaza continuarán en la misma Escuela siempre que cumplan el requisito de la edad y así lo expresen al ser requeridos para ello por la Dirección del Centro.

5.             Las solicitudes de admisión de nuevo ingreso se presentarán en plazo de veinte días  contado a partir del día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de Melilla de la presente convocatoria.

6.             Las solicitudes se presentarán en los registros de las Oficinas de Proximidad, en los de las Oficinas de Atención e Información Ciudadana, o en el de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, sin perjuicio de la posible presentación en los registros que a tal efecto establece el artículo 16 la Ley 39/2015 de 01 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

7.             Las solicitudes se ajustarán al modelo oficial (disponibles en las propias Escuelas Infantiles de titularidad de la Ciudad Autónoma de Melilla, sede de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes y en la web oficial de la Ciudad www.melilla.es) y deberán ir acompañadas de la documentación que se especifica en las bases de la convocatoria.

8.             Una vez elaboradas, se expondrán públicamente las listas provisionales de admitidos, espera y excluidos, concediendo un plazo de diez días para reclamaciones de los interesados.

 

En el período de reclamaciones no se admitirán documentos que hubieran debido aportarse junto con la solicitud.

 

9.             Tanto las listas provisionales como las definitivas se publicarán en el Boletín Oficial de Melilla, Tablón de Anuncios de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes y en la web oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, sirviendo dicha publicación de notificación a los interesados.

10.             De conformidad con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, a interponer en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Orden, pudiendo presentarse el recurso ante esta Consejería o bien directamente ante el órgano competente para resolverlo, sin perjuicio de que pueda el interesado ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.

 

Melilla 30 de abril de 2019,

El Consejero de Educación, Juventud y Deportes,

Antonio Miranda Montilla