Resolución definitiva nº 477 de fecha 9 de mayo de 2019, relativa a la convocatoria de ayudas económicas para el pago de matrícula de estudios universitarios y de acceso a la universidad para mayores de veinticinco y cuarenta y cinco años, correspondiente al curso 2018 / 2019.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA CONVOCATORIA DE
AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL PAGO DE MATRÍCULA DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS Y DE
ACCESO A LA UNIVERSIDAD PARA MAYORES DE VEINTICINCO Y CUARENTA Y CINCO AÑOS,
CORRESPONDIENTES AL CURSO 2018-2019.
I.-
Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de diciembre de 2018, se procede
a la aprobación de la CONVOCATORIA DE AYUDAS
ECONÓMICAS PARA EL PAGO DE MATRÍCULA DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS Y DE ACCESO A
LA UNIVERSIDAD PARA MAYORES DE VEINTICINCO Y CUARENTA Y CINCO AÑOS, publicada en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Melilla (BOME) número 5609 de 18 de diciembre de 2018.
II.-
Con fecha 16 de abril de 2019, por parte del Órgano instructor, en este caso la
Secretaría Técnica de Presidencia y Salud Pública, se ha procedido a informar
sobre el cumplimiento de los requisitos de la relación de solicitudes que se
indican en la propuesta provisional, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado
10 de la correspondiente Convocatoria.
III.-
Con fecha 17 de abril de 2019 se procede a la evacuación de informe del Órgano
colegiado sobre la relación de solicitudes que se indican en la propuesta
provisional, evaluándolas de acuerdo con los aparatados 6 y 7 de la
correspondiente Convocatoria.
IV.-
Con fecha 23 de abril de 2019, y al amparo del artículo 10 de la
correspondiente Convocatoria, se procede a la Resolución provisional de las
mismas, publicándose en el BOME Extraordinario número 10 de fecha 23 de abril
de 2019.
V.-
Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior se presentan
alegaciones, que son estudiadas y resueltas por la Comisión de Valoración:
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EXPEDIENTE |
DNI |
ESTADO |
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2903/2019 |
45316396-W |
DESESTIMADO |
De acuerdo con
lo anteriormente expuesto, y siendo, en virtud del apartado 10 de la
Convocatoria correspondiente, la Excma. Sra. Consejera de Presidencia y Salud
Pública el órgano competente para resolver, SE PROPONE:
1º) La RELACIÓN DEFINITIVA de
solicitudes para las que se procede a la CONCESIÓN de ayudas económicas para el pago de matrícula de estudios
universitarios y de acceso a la universidad para mayores de veinticinco y
cuarenta y cinco años, correspondientes a la convocatoria del curso 2018-2019,
con la indicación:
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Expediente |
DNI |
Importe |
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11084/2019 |
30216568-L |
201,00€ |
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3355/2019 |
45318162-C |
362,99€ |
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3412/2019 |
45323386-T |
1.000,00€ |
|
13242/2019 |
75257806-N |
530,25€ |
2º) La RELACIÓN DEFINITIVA de
solicitudes para las que se procede a la DENEGACIÓN de ayudas económicas para el pago de matrícula de estudios
universitarios y de acceso a la universidad para mayores de veinticinco y
cuarenta y cinco años, correspondientes a la convocatoria del curso 2018-2019,
con la indicación:
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(1) NO
CUMPLIR REQUISITOS ACADÉMICOS (APARTADO 7.2) |
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(2)
POSESIÓN TÍTULO UNIVERSITARIO |
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(3) ESTUDIOS
CURSABLES EN MELILLA |
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(4)
ASIGNATURAS SUBVENCIONADAS ANTERIORMENTE |
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(5)
ESTUDIOS NO SUBVENCIONADOS |
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(6)
RENUNCIA A LA AYUDA ECONÓMICA |
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(7) NO
ESTAR EMPADRONADO EN MELILLA |
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(8)
PERCEPCIÓN DE OTRA BECA |
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(9)
BENEFICIARIO DE MATRÍCULA GRATUITA |
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(10) NO SUBSANA CORRECTAMENTE EN EL PLAZO |
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(11) FUERA DE PLAZO |
3º) Que la totalidad de solicitudes incluidas en esta Resolución Definitiva
se han evaluado por el Órgano colegiado, de acuerdo a los criterios de
valoración establecidos en el apar tado 7 de la correspondiente Convocatoria,
asimismo, dicho órgano ha procedido al estudio y análisis de las alegaciones
presentadas, en su caso.
4º)
Que, de acuerdo con el apartado 10 de la Convocatoria, las resoluciones
que concedan las ayudas deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad
de Melilla, sirviendo como notificación a los interesados.
5º) La presente
resolución no agotará la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ella
recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la
notificación o publicación de la misma, o desde que se produzca la
desestimación por silencio administrativo, ante la Consejería de Presidencia y
Salud Pública o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como
superior jerárquico del que dictó la resolución recurrida, de conformidad con
lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2
de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para
dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo
sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada
interpuesto.
No obstante, se
podrá utilizar cualquier otro recurso si así se cree conveniente, bajo la
responsabilidad del solicitante.
Melilla 9 de mayo de 2019,
La Consejera de Presidencia y Salud Pública,
Paz Velázquez Clavarana