ARTÍCULO Nº 519 (CVE: BOME-A-2019-519) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5654 - viernes, 24 de mayo de 2019 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES - CONSEJERIA DE EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTES
Resolución nº 472 de fecha 21 de mayo de 2019, relativa a la convocatoria de la temporada 2019 / 2020 de la Escuela Municipal de Natación de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Al objeto de preparar la iniciación de la temporada
2019/2020 de la ESCUELA MUNICIPAL DE NATACIÓN, de conformidad
con las atribuciones que me confieren el artículo 33 del Reglamento de Gobierno
y la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla(BOME Extraordinario nº
2 de 30 de enero de 2017) y el apartado
7.2 letra J) del acuerdo de Consejo de Gobierno de 30 de septiembre de 2016,
relativo a la modificación del Decreto de Distribución de Competencias entre
las Consejerías de la Ciudad (BOME de 30
de septiembre de 2016, extraordinario nº 17). De acuerdo con lo anterior
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente
17817/2019, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
La Convocatoria de la temporada 2019/2020 de la ESCUELA MUNICIPAL DE NATACIÓN , de la
Ciudad Autónoma de Melilla, con sujeción a las siguientes determinaciones:
1.
Los cursillos
que se desarrollarán durante la temporada 2019/2020 , serán los
siguientes:
a.
Escuela de Natación Infantil
i.
Familiarización(3/7 años)
ii.
Iniciación(7/11 años)
iii.
Perfeccionamiento(11/13 años)
b.
Escuela de Jóvenes
c.
Escuela de Adultos
d.
Natación Correctiva
i.
Infantil
ii.
Jóvenes
iii.
Adultos
2.
El plazo de preinscripción para los cursillistas
que ya disponen de plaza en fecha 31 de mayo de 2019, y se encuentran al
corriente de pago, será desde el 15 de junio al
15 de julio de 2019.Con la
preinscripción se deberá aportar el número de la Tarjeta Melilla Deporte, así
como el tiket de ingreso en el monedero
de la misma, de la cuota correspondiente al mes de inicio de la temporada de
natación.
3.
El plazo de solicitudes para alumnos de nuevo
ingreso, quedará abierto, del 15 de
agosto al 15 de septiembre de 2019.Las plazas
existentes para los alumnos de nuevo
ingreso , se adjudicarán, en el caso de que el número de solicitudes exceda al
de plazas vacantes en el cursillo correspondiente, por orden de presentación de las solicitudes para dicha
asignatura. Las solicitudes que no hayan
obtenido plazas, pasarán a formar la lista de espera por estricto orden de presentación.
4.
La duración de los cursillos será anual,
debiendo realizar el pago de abono de la tasa correspondiente con carácter mensual, en la PIVES destinadas
a tal efecto. Conforme a lo
estipulado en el artículo 18.1 del Reglamento de Uso de Instalaciones
Deportivas, la no renovación o falta de pago de la mensualidad , supondrá pérdida de la plaza.Los cursillos finalizan
con carácter anual el 30 de junio del año
en curso.
5.
De acuerdo con la vigente Ordenanza Fiscal de
aplicación (BOME EXT. Nº 4723 de 22 de junio de 2013), el importe de las cuotas
mensuales es de 15€.
6.
Conforme a lo estipulado en el Art. 5 de la citada
Ordenanza Fiscal, los cursillistas tendrán derecho a las siguientes
bonificaciones(estas bonificaciones deberán ser acreditadas mediante la
presentación de fotocopia compulsada en vigor del certificado que acredite la
bonificación. Estas bonificaciones no son acumulables, aplicándose la más
beneficiosa para el usuario):
a.
Familia Numerosa General: 50%
b.
Familia Numerosa Especial: 90%
c.
Carnet Joven: 25%
d.
Mayores de 65 años: 50%
e.
Personas con capacidades diferentes: 75%
7.
Las solicitudes podrán presentarse en los
registros de las Oficinas de Proximidad, en las Oficinas de Información y
Atención al Ciudadano de la Ciudad, o en el de la Dirección General de
Instalaciones Deportivas, sin perjuicio de la posible presentación en los
registros que a tal efecto establece el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 01 de
Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones
Públicas.
8.
Para la matriculación los alumnos de nuevo
ingreso deberán aportar:
a.
Hoja de Inscripción
b.
Fotografía Tamaño carnet original y actual
c.
Fotocopia
compulsada del certificado , de la bonificación a la que tenga derecho.
d.
Padrón municipal
9.
En virtud de lo dispuesto en el LOPD 2018, se
informa que los datos personales
facilitados por los solicitantes serán incorporados para su tratamiento en un
fichero automatizado de la Ciudad Autónoma de Melilla, para el ejercicio y
funciones y competencias propias de la Ciudad Autónoma de Melilla. Los
interesados podrán ejercer en cualquier momento los derechos establecidos en el
citado Reglamento, ante la Dirección General de Instalaciones Deportivas.
Lo que se ordena para su publicación, en aplicación del
artículo 45.1 a) de la Ley 39/2015, de 01 de octubre de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, advirtiendo que contra la
presente orden, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso de alzada en el plazo de un mes ante el Excmo. Sr. Presidente de la
Ciudad Autónoma de Melilla, en los términos previstos en el artículo 121 y 122
de la mencionada Ley 39/2015, de 01 de Octubre de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, pudiendo, no obstante, los interesados
interponer cualquier otro recurso que estimen procedente.
Melilla 21 de mayo de 2019,
El Consejero de Educación,
Juventud y Deportes,
Antonio Miranda Montilla