ARTÍCULO Nº 522 (CVE: BOME-A-2019-522) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5654 - viernes, 24 de mayo de 2019 Ir al BOMEMINISTERIO DE JUSTICIA - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 4 - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 4
Notificación a D. El Hassane Hadhoumi Bittich, en procedimiento ordinario nº 13/2019.
N.I.G.:
52001 41 1 2019 0000094
ORD
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000013 /2019
Sobre
RECLAMACION DE CANTIDAD
DEMANDANTE
D/ña. BANCO CETELEM
Procurador/a
Sr/a. CONCEPCION GARCIA CARRIAZO
Abogado/a
Sr/a. ELENA SANCHEZ SANCHEZ
DEMANDADO
D/ña. EL HASSANE HADHOUMI BITTICH
Dª ANA I. ISLA HERNÁNDEZ, Letrado de la
Administración de Justicia, doy fe y testimonio que en las presentes
actuaciones se ha dictado sentencia, en fecha 2/05/19, cuyo fallo paso a
transcribir a continuación:
FALLO
Que, estimando íntegramente la demanda
formulada por entidad crediticia " BANCO CETELEM’' representado por el
Procurador de los Tribunales,
Sra. García Carriazo, frente al de mandado, El Hassane Hadhoumi Bittich (en
rebeldía procesal), DEBO ACORDAR Y ACUERDO LO SIGUIENTE:
1".- DEBO DECLARAR Y DECLARO la
resolución del contrato de préstamo para financiación de bienes muebles
celebrado el 1 4-1-2015 entre ambas partes litigantes, con extinción de todas
las obligaciones asumidas por las partes contratantes en el marco de dicho
contrato.
2°.- En su
consecuencia DEBO CONDENAR Y CONDENO al demandado a abonar a la de
mandante la suma de dieciséis mil ochenta y tres euros con treinta y un
céntimos de euro (16083' 31 euros) más los intereses de la misma,
calculados al tipo pactado del 10'43 % anual y devengados desde el día 13 de
Junio de 2018 fecha de la última liquidación practicada en el contrato, hasta
el momento del completo pago del principal.
Todo ello con expresa condena del
demandado al pago de las costas procesales causadas.
Llévese testimonio de la presente
resolución a los autos de su razón, quedando el original en el Libro de los de
su clase.
Notifíquese la presente sentencia a las
partes, haciéndoseles que la misma no es firme y que contra ésta cabe
interponer Recurso de Apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de
Málaga, por medio de escrito presentado ante este Juzgado en el plazo de VEINTE
DÍAS contados desde el siguiente al de su notificación, para lo que será
imprescindible la constitución de depósito por importe de 50 euros, que habrá
de acreditarse según exigencias legales y sin cuyo efectivo abono no será
admitido a trámite el Recurso de Apelación.
Concuerda bien y fielmente con su
original, al que me remito, y para que conste expido el presente, en Melilla, a
2 de mayo de 2019,
LA LETRADO DE LA ADM. DE JUSTICIA