ARTÍCULO 566 - BOME-A-2019-566

BOME Nº 5657 del martes, 4 de junio de 2019

MINISTERIO DE JUSTICIA - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCION Nº 3 - Juzgado de 1ª instancia e instrucción Nº 3

Notificación a D. Ouidad Reggani, en juicio inmediato sobre delitos leves 11/2019.


LEI JUICIO INMEDIATO SOBRE DELITOS LEVES 0000011 /2019

N.I.G: 52001 41 2 2019 0006600

Delito / Delito Leve: HURTO (CONDUCTAS VARIAS)

Denunciante/Querellante: MARIA JOSE ROSADO MANZANO, MINISTERIO FISCAL, REPRESENTATE LEGAL DE EROSKI

Contra: OUIDAD REGGANI

 

EDICTO

 

D. /DÑA. RAQUEL ALONSO CHAMORRO SECRETARIO DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 003 DE MELILLA

 

DOY FE Y TESTIMONIO:

 

Que en el Juicio Inmediato por Delito Leve 11/2019 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

 

Vistos por Dª Laura López García Juez titular del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 3 de Melilla, los precedente auto de Juicio Inmediato por Delito Leve nº 11/19 seguido por un presunto delito leve de HURTO, incoado en virtud de denuncia, en el que ha sido perjudicado EROSKI y denunciada OUIDAD REGGANI cuyas circunstancias personales constan en autos, ejerciendo la acción pública el Ministerio Fiscal, atendiendo a los siguientes

 

Que debo CONDENAR Y CONDENO a OUIDAD REGGANI, como autora penalmente responsable de un delito leve de hurto en grado de tentativa, a la pena de 25 días DE MULTA con una cuota diaria de TRES (3) EUROS (€) al día. En caso de impago, la condenada cumplirá un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.

 

En concepto de responsabilidad civil se condena a OUIDAD REGGANI a indemnizar a EROSKI en la cantidad de 9,99 euros.

 

Se acuerda que la prenda que ha quedado inservible para la venta se entregue a establecimientos de beneficencia de Melilla.

 

Se impone al condenado las costas del presente procedimiento.

 

Notifíquese esta sentencia a las partes y al Ministerio Fiscal, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponer recurso de apelación ante este Juzgado para su resolución por la Ilma. Secc. 7 ª de la Audiencia provincial de Málaga con sede en Melilla en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación.

 

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su incorporación a la causa, lo pronuncio, mando y firmo.

 

Y para que conste y sirva de NOTIFICACION a OUIDAD REGGANI, actual mente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín oficial de esta ciudad, expido el presente en MELILLA a diez de mayo de 2019.

 

LA LDA. ADMON JUSTICIA