ARTÍCULO 576 - BOME-A-2019-576

BOME Nº 5658 del viernes, 7 de junio de 2019

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL - Dirección General de Servicios Sociales

Listado provisional de admitidos y excluidos relativa a la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, de bienestar social de la Ciudad Autónoma de Melilla, destinadas a entidades sin ánimo de lucro, año 2019.


/ 2011

LISTADO PROVISIONA DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS RELATIVA A LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE BIENESTAR SOCIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, DESTINADAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO, AÑO 2019.

 

1.     Con fecha 26 de abril de 2019 se publica en el BOME número 5646 la convocatoria de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, de Bienestar Social de la Ciudad Autónoma de Melilla, destinadas a entidades sin ánimo de lucro, año 2019.

2.     Con fecha 20 de mayo de 2019 terminó el plazo de presentación de las solicitudes.

3.             Una vez comprobada las solicitudes según se recoge en el punto 5 de las Bases Reguladoras de subvencione en régimen de concurrencia competitiva de Bienestar Social de la Ciudad Autónoma de Melilla, destinada a subvenciones sin ánimo de lucro, se adjunta la lista provisional de entidades admitidas y excluidas, indicando en su caso el motivo de exclusión.

 

Listado provisional de admitidos:

 

ENTIDAD

CENTRO UNESCO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA

CRUZ ROJA ESPAÑOLA - C.A. MELILLA

AFA: ASOCIACIÓN DE FAMILIARES DE ENFERMOS DE ALZHEIMER DE MELILLA

ASOCIACIÓN EVOLUTIO

MÉDICOS DEL MUNDO

VOLUNTARIADO DE ATENCIÓN AL MAYOR

SSVP-CONFERENCIA VIRGEN DE LA LUZ

ACEME: ASOCIACIÓN CELIACA DE MELILLA

ACCEM

PARROQUIA DE SAN AGUSTÍN MELILLA

ASOCIACIÓN AUTISMO MELILLA

FEPAS: FUNDACIÓN PARA EL ESTUDIO Y LA PROMOCIÓN DE LA ACCIÓN SOCIAL

FEAFES MELILLA

ASOCIACIÓN MELILLA ACOGE

ASOCIACIÓN. CUENTA CON NOSOTROS MELILLA. ENFERMEDADES RARAS

CAPACES: ASOCIACIÓN TUTELAR Y ACCIÓN SOCIAL

COMPAÑÍA DE LAS HIJAS DE LA CARIDAD

TALLER DE CULTURA Y DESARROLLO "LAL LA BUYA"

 

Listado provisional de excluidos:

 

ENTIDAD

CODIGO

  TEAMA: ASOC TRASTORNO DE ESPECTRO AUTISTA MELILLA AVANZA

4, 8, 9, 10

  FUNDACIÓN SAVE THE CHILDREN

4, 9, 10

  ASOCIACIÓN PROYECTO ALFA

9

  ASOCIACIÓN DE VECINOS "LA BOLA" CABRERIZAS

1, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9

  ASOCIACIÓN MEDSPORT

3, 7, 9, 10

  AMLEGA: ASOC MELILLENSE LESBIANAS, GAYS, TRANS. Y BISEXUALES

7, 9


  MPDL: MOVIMIENTO POR LA PAZ, EL DESARME Y LA LIBERTAD

7, 8, 9

  ASOCIACIÓN EVANGELICA REGENERACIÓN

4, 10

  ASOCIACIÓN CULTURAL GITANA (GITANOS DEL SIGLO XXI)

2, 4, 8, 10, 11

  FUNDACIÓN SOCIOCULTURAL Y DEPORTIVA DE LA F. M. FÚTBOL

8, 9

  ASOCIACIÓN PADRES Y MADRES CEIP LEÓN SOLÁ

7

  UNIVERSIDAD DE GRANADA

1, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10

  ASOCIACIÓN ACTIVAS

4, 7, 9, 10

  ASOCIACIÓN COMENZAMOS

2, 4, 7, 9, 10, 11

  FUNDACIÓN ALIATAR

Fuera de plazo

  CERMI MELILLA

Fuera de plazo

 

Códigos: causas de exclusión

 

1

ANEXO I – Solicitud.

2

ANEXO II – Memoria del proyecto.

3

ANEXO III – Declaración responsable de solicitud subvención.

4

DNI de la persona solicitante que actúa en representación de la entidad.

5

Tarjeta de Identificación Fiscal.

6

Estatutos que acrediten la personalidad y objeto de la entidad. Los mismos, deberán estar inscritos en el registros administrativo correspondiente

7

Certificación en la que conste la identificación de los directivos de la entidad, así como la fecha de su nombramiento y modo de elección. En esta certificación deberá acreditarse la presentación de dichos datos en el registro administrativo correspondiente.

8

Presupuesto detallado del proyecto.

9

Autorización para la comprobación de que la entidad se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias tanto estatales (Hacienda) como locales (IPSI y Recaudación) y frente a la Seguridad Social, según modelos a los que podrá acceder mediante el vínculo que se adjunta a la presente.

10

Ficha de terceros.

11

Declaración responsable sobre el cumplimiento del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.

 

1.     Para que se subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, se concederá un plazo de 10 días hábiles desde el siguiente a su publicación en el BOME, con apercibimiento de que, si no se hiciera, se tendrá por desistida la petición, previa resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2.             La presente lista se publicará en el Tablón digital de Edictos de la Ciudad Autónoma de Melilla y en la página web www.melilla.es.

 

Melilla 6 de junio de 2019,

La Jefa de Sección de Programación y Evaluación de Servicios Sociales,

Ana Redondo Fernández