Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 31 de mayo de 2019, relativo al programa de reposición de libros de texto en los centros de educación infantil y primaria sostenidos con fondos públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla (curso académico 2019- 2020).
D I L I G E N C I A:
El
Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva Ordinaria celebrada el día 31 de mayo
de 2019, una vez terminados los asuntos contenidos en el Orden del Día y previa
su declaración de urgencia, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero.- APROBACIÓN
PROGRAMA DE REPOSICIÓN DE LIBROS DE
TEXTO EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA SOSTENIDOS CON FONDOS
PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA (CURSO ACADÉMICO 2019-2020).- El Consejo de Gobierno
acuerda aprobar Propuesta de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes,
que literalmente dice:
“
PROGRAMA EN REGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE REPOSICIÓN
DE LIBROS DE TEXTO EN LOS CENTROS DE
EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA SOSTENIDOS
CON FONDOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA
DE MELILLA (CURSO ACADÉMICO 2019-2020)
En
el ejercicio de las atribuciones que tengo conferidas, y una vez evacuados los
informes pertinentes, en atención a su alto interés social, VENGO EN PROPONER
la aprobación de la siguiente PROPUESTA DE PROGRAMA DE REPOSICIÓN DE LIBROS DE
TEXTO EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA SOSTENIDOS CON FONDOS
PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA ( CURSO ACADÉMICO 2019-2020):
La
mayoría de los países del entono europeo y numerosas Comunidades Autónomas han
dispuesto diferentes sistemas para hacer efectiva la gratuidad de los libros de
texto durante las etapas de enseñanza básica. En esta misma línea y mediante
diversas fórmulas, la Ciudad Autónoma de Melilla, desde hace años, viene
contribuyendo a facilitar el acceso gratuito a la enseñanza obligatoria a
través de un sistema de reposición de libros que, de cara al próximo curso 2019-2020, se ha estimado
conveniente articular mediante un procedimiento que además de resultar ágil y
eficaz en su objetivo de ayudar a las familias melillenses a sufragar los
gastos que requiere la educación de sus hijos, pretende también fomentar entre
el alumnado actitudes de respeto y corresponsabilidad en el uso de bienes
financiados con fondos públicos y contribuir a una mayor colaboración entre las
familias y los centros educativos.
Con
tal objeto, se proponen las siguientes bases para la implementación del
programa, para el que se dispone una dotación, en principio, de hasta 450.000
euros, correspondientes a la aplicación presupuestaria 14 32101 47000, RC nº de
operación 12019000030907 del 29/04/2019.
“PROGRAMA DE REPOSICIÓN
DE LIBROS DE TEXTO EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE
LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE MELILLA (CURSO ACADÉMICO 2019-2020)”
1.
Ámbito de aplicación y
financiación.
El
presente programa se dirige a la totalidad de centros docentes sostenidos con
fondos públicos que imparten la educación infantil y primaria en la Ciudad de
Melilla y que soliciten a la Consejería de Educación, Juventud y Deportes
acogerse al presente programa de gratuidad de concesión directa.
Para
la implementación del programa se dispone una dotación, en principio, de hasta
450.000 euros, correspondientes a la aplicación presupuestaria 14 32101 47000,
RC nº de operación 12019000030907 del 25/04/2019.
2.
Libros de texto.
Se
entiende por libro de texto el material impreso destinado a ser utilizado por
el alumnado, incluidos aquellos materiales asociados a los libros de texto que
por su propia naturaleza no puedan ser utilizados por el alumnado en cursos
sucesivos.
3.
Beneficiarios:
1.
Serán beneficiarios del programa de gratuidad de libros de texto todos
los centros que decidan y soliciten
acogerse al
mismo, y por extensión, lo/as alumno/as que cursen estudios en los mismos
disfrutarán del uso de los mismos.
2.
Los centros que decidan acogerse al programa de gratuidad deberán
solicitarlo a la Consejería de Educación, Juventud y Deportes mediante
solicitud ( anexo 1), que facilitará ésta, a
presentar en un plazo de diez días
naturales
desde la pertinente publicación en el Boletín Oficial de Melilla de la
convocatoria de concesión directa y bases,
asumiendo el cumplimiento y las condiciones que se establecen en las presentes
bases y a esa solicitud se deberá acompañar escrito ( anexo 2) justificativo de
las necesidades de libros a reponer con indicación del número de alumnos
destinatarios de los libros, declaración de subvenciones recibidas para el
mismo fin, acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y no tener pendiente
de justificación en plazo y forma subvención alguna, otorgada por la Ciudad
Autónoma, autorizando a la Ciudad Autónoma de Melilla, para recabar de las
Administraciones competentes la comprobación de dichos extremos.
3.
La Consejería de Educación, Juventud y Deportes siempre con anterioridad
al inicio del curso escolar 2019-2020 resolverá y efectuará las notificaciones
pertinentes según lo estipulado en la base 9 de las presentes.
4.
El acogimiento, mediante solicitud, al programa de reposición de libros
de textos es compatible con los ingresos y
ayudas procedentes de entidades públicas y privadas para el mismo
objeto, si bien cada centro educativo acogido al programa se compromete a
comunicar a la Dirección Provincial del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte la relación de alumnos beneficiarios, a los efectos que procedan
respecto de otras ayudas al estudio que pudieran corresponderles.
4.
Régimen de préstamo de los
libros de texto:
1.
Los libros de texto a que se refiere el programa serán propiedad de los centros
que se acojan al mismo.
2.
El alumnado de los centros acogidos al presente programa dispondrá
gratuitamente, en régimen de préstamo, de los libros de texto elegidos por el
centro para las enseñanzas obligatorias que está cursando.
3.
Los libros de texto serán renovados en su totalidad cada cuatro cursos
escolares, salvo los correspondientes al primer ciclo de Primaria que serán
renovados todos los cursos por tratarse de un material bibliográfico que no
puede ser utilizado por otros alumnos y alumnas en años sucesivos. No obstante,
cada curso se renovaran aquellas unidades que estén inservibles por el
transcurso del tiempo.
5.
Utilización y conservación.
1.
El alumnado que curse estudios en un centro beneficiario del programa
quedará sujeto a la obligación de hacer un uso adecuado y cuidadoso de los
mimos y de reintegrarlos al centro una vez finalizado el curso escolar, o en el
momento de su baja del centro si produce su traslado.
2.
El deterioro culpable o mal intencionado, así como el extravío de los
libros de texto supondrá la obligación, por parte de los representantes legales
del alumno o alumna, de reponer el material deteriorado o extraviado.
3.
Todos los libros de texto serán registrados por el centro e
identificados con una etiqueta que se imprimirá desde el centro y que se fijará
en la primera hoja de los libros, donde se hará constar que el libro se cede a
título de préstamo. En la etiqueta aparecerá el nombre del centro, el curso
escolar y el nombre del alumno o alumna que lo tenga en préstamo en cada curso
escolar.
6.
Obligaciones de los
beneficiarios.
Los
centros educativos beneficiarios del programa de reposición de libros de texto
establecerán las oportunas medidas para que el alumnado que participe en el
programa de gratuidad de libros de texto, así como sus representantes legales,
es decir, sus padres y/o tutores, estén obligados al cumplimiento de los
siguientes puntos:
1.
Hacer un uso adecuado y cuidadoso de los libros (no se debe escribir ni
subrayar en los libros, deberán forrarlos, cuidarlos, evitar perderlos,…) y
reintegrar los mismos al centro, una vez finalizado el curso escolar o en el
momento de su baja del centro si se produce su traslado.
2.
Reponer el material bibliográfico extraviado o deteriorado de forma
culpable o malintencionada.
3.
Desde los diversos sectores de la comunidad educativa, se instará al
alumnado que participe en el programa de gratuidad de libros de texto, así como
a sus representantes legales, al cuidado y conservación del material puesto a
su disposición.
7.
Elección de los libros de texto.
1.
Dentro de los límites del presupuesto del programa, la dirección de cada
centro, previa consulta de su Consejo Escolar, concertará los libros de texto
que estimen más adecuados para cada uno de los cursos.
2.
Los libros de texto adoptados no podrán ser sustituidos por otros
durante un período mínimo de cuatro años, contados a partir de la entrada en
vigor del programa de gratuidad para el curso de que se trate o de la última
sustitución realizada en el marco del citado programa.
3.
El centro realizará una selección de libros y materiales que no exceda
de la dotación económica fijada para el mismo. Si así lo hiciera abonará la
diferencia con cargo a la aplicación de gastos de funcionamiento de su
presupuesto ordinario.
8.
Reposición de los libros de
texto:
1.
Los libros de texto serán dados de baja cuando se cumpla el periodo de
cuatro años establecido con carácter general para su utilización. Asimismo,
podrán darse de baja con anterioridad a este plazo cuando su grado de deterioro
no permita su utilización por otro/a alumno/a en cursos sucesivos.
2.
Los centros acogidos al programa procederán, lo antes posible y siempre con anterioridad al inicio del
curso correspondiente, a la revisión de todos los libros de texto que no hayan
cumplido el periodo de cuatro años de uso establecido con carácter general.
3.
Una vez revisados, comunicarán a los representantes legales del alumnado
que haya hecho un uso incorrecto de los mismos, la obligación de reponer el
material extraviado, deteriorado de forma culpable o malintencionadamente, así
como el plazo para hacerlo que, en ningún caso, será inferior a diez días
hábiles contados a partir de la recepción de dicha comunicación.
9.
Procedimiento para la
adquisición de los libros de textos nuevos.
1.
El director o directora de cada centro acompañará a la solicitud de
acogimiento al programa de reposición
las necesidades de libros a reponer de su centro con indicación de
alumnado total existente por curso.
A
la vista de dichas necesidades la Dirección General de Educación y Colectivos
Sociales formulará la correspondiente
propuesta de resolución al Consejero de Educación, Juventud y Deportes,
determinando el importe concedido a cada centro en función del número de
alumnos al que se destina la reposición.
La
distribución entre los centros de la cuantía máxima prevista para el programa
se efectuará de conformidad con lo previsto en la base 4.3. ello a tenor de
precio de venta al público.
Dicho
importe podrá verse incrementado, en el caso de que el número de alumnos se
incremente respecto del inicialmente tomado en consideración. La efectividad de
la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad de
crédito.
Tras
la conclusión de las convocatorias de subvenciones/premios previstas efectuar por esta Consejería de Educación,
Juventud y Deportes, Dirección General de Educación y Colectivos Sociales, con
cargo a aplicación presupuestaria 14/32000/48900 “Subvenciones Entidades de
Enseñanzas” si existiese remanente en dicha aplicación por el importe que
resultase sobrante podrá ser destinado a incrementar la dotación inicial del
Programa que nos ocupa para atender a las demandas existentes.
2.
Una vez establecido por Orden del Consejero de Educación, Juventud y
Deportes el importe concedido a cada centro, el director del mismo solicitará
los libros en librerías de su elección.
Cuando
el importe de libros a adquirir sea igual o supere las cuantías establecidas en
el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, Ley de Contratos del Sector Público, para el
contrato menor (15.000 euros) el centro deberá solicitar como mínimo tres
ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del
compromiso para la entrega del bien, debiéndose seleccionar la propuesta
económica más ventajosa (menor precio).
3.
La facturas se emitirán a nombre del centro educativo, incorporando en
el concepto, además de la identificación detallada de los libros de texto
adquiridos, con especificación del precio por unidad, lo siguiente: “Libros adquiridos
en el marco del Programa de Reposición de Libros de Texto del curso académico 2019-2020, para su abono por la
Consejería de Educación, Juventud y
Deportes de la Ciudad Autónoma de Melilla”.
4.
Una vez adquiridos los libros la dirección del centro remitirá a la
Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la Ciudad Autónoma de Melilla
la factura emitida por el proveedor y conformada por el director del centro, a
la que acompañará de los albaranes de entrega de los libros, adjuntando el
documento que se incorpora como anexo 3, debidamente cumplimentado.
5.Recibida
la documentación relacionada en el apartado anterior, la Consejería de
Educación, Juventud y Deportes asumirá el pago delegado de la factura, en
sustitución del centro educativo, abonando su importe a la empresa
suministradora con los limites máximos establecidos en la Resolución de
concesión del Consejero de Educación, Juventud y Deportes.
6.
En ningún caso el precio de adquisición excederá del establecido para la venta
al público de los libros adquiridos. En otro caso el centro asumirá la
diferencia con cargo a la partida de gastos de funcionamiento de su presupuesto
ordinario.
10.
Memoria justificativa.
Con
anterioridad al 31 de diciembre de 2019 el centro educativo deberá aportar,
ante la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, una memoria justifica
expresiva del cumplimiento de los fines para los que se otorga la subvención
así como de la relación de alumnos y alumnas a los que se han proporcionado
libros de texto en el marco del presente programa.
11.
Corresponde a la Consejería de Educación, Juventud y Deportes la
ejecución del presente programa, así como su interpretación y la resolución de
cuantas dudas pueda suscitar la aplicación del mismo.
12.
De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y demás concordantes, contra la presente, que agota la vía
administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer ante el
propio Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla, en el plazo de un mes a
partir del día de su publicación, o bien
directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala lo
Contencioso de Málaga, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el
plazo de dos meses desde la publicación.
ANEXO
1 .- MODELO DE SOLICITUD
SOLICITUD
EL/LA DIRECTORA/A.:
DEL CEIP:
Manifiesta,
en relación con el Programa de Reposición de Libros de Texto en
los
Centros de Educación Infantil y Primaria
sostenidos con fondos públicos de la Ciudad de
Melilla ( Curso Académico 2019-2020), mediante el presente a la Consejería de
Educación, Juventud y Deportes de la Ciudad Autónoma de Melilla que, conocidas
la convocatoria y bases que rigen en
dicho programa aprobado por Consejo de Gobierno el día ....... de 2018, el
Centro que dirige solicita acogerse al mencionado programa, expresando en
documento adjunto las necesidades de libros de textos que se precisan y demás
datos que se requieren.
Con
anterioridad al 31 de Diciembre de 2019 esta Dirección remitirá a la citada
Consejería memoria justificativa del cumplimiento de los fines previstos
mediante el programa que nos ocupa así como relación de alumnos y alumnas a los
que se han proporcionado libros de texto en el marco del presente programa.
Melilla, a de ..... de 2019
Fdo.:
ANEXO 2.
DOCUMENTO A ACOMPAÑAR A LA SOLICITUD.-
D/Dª.
, Director/a del
en
relación con el PROGRAMA
DE REPOSICIÓN DELIBROS DE TEXTO EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA
SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA .- CURSO ACADÉMICO 2019-2020.-
EXPONE:
1.-
Que la solicitud de participación en el programa arriba citado, con las
necesidades de libros de texto a adquirir por reposición para el próximo curso
escolar, resulta necesaria para garantizar el óptimo desarrollo de este
programa de gratuidad de libros de texto para el alumnado de este centro.
2-.
Que la solicitud se formula con las
necesidades que se prevén de libros de texto a reponer para uso por el alumnado
del centro para el próximo curso académico, según cuadrante que se adjunta al
presente, y cuyo importe estimado será el precio total de dichos libros en
mercado establecidos por las editoriales para el próximo curso escolar y que se
concretarán una vez determinado el
número de alumnos por aula matriculado en el centro para dicho curso.
3.-
Que el Centro no percibe subvenciones de otras instituciones públicas o
privadas para la misma actividad.
4.-
Que el Centro se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones
tributarias y frente a la Seguridad Social, y no tiene pendiente de
justificación subvención alguna, otorgada por la Ciudad Autónoma, autorizando a
la Ciudad Autónoma de Melilla, para recabar de las Administraciones competentes
la comprobación de dichos extremos.
Melilla a __________________
Fdo.____________________________
DNI._________________________
Director/a del Centro
EXCMO. SR. CONSEJERO DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES
PROGRAMA DE REPOSICIÓN DELIBROS DE TEXTO EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN
INFANTIL Y PRIMARIA SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE
MELILLA .- CURSO ACADÉMICO 2019-2020.-
CENTRO ESCOLAR: .........
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TITULO DEL LIBRO |
EDITORIAL |
NÚMERO DE ISBN |
CURSO |
CANTIDAD DE EJEMPLARES |
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ANEXO 3.-
PETICIÓN OFERTAS MINIMO DE TRES.-
IGUAL O SUPERIOR A 15.000 EUROS.-
1.
Establecido por Orden del Consejero de
Educación, Juventud y Deportes el importe concedido a cada centro, el director
del mismo solicitará los libros en librerías de su elección.
Cuando el importe de libros a adquirir sea igual o
supere las cuantías establecidas en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 08 de noviembre, Ley de Contratos
del Sector Público, para el contrato menor (15.000 euros) el centro deberá
solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter
previo a la contracción del compromiso para la entrega del bien, debiéndose
seleccionar la propuesta económica más ventajosa (menor precio).
2.
La facturas se emitirán a nombre del centro
educativo, incorporando en el concepto, además de la identificación detallada
de los libros de texto adquiridos, con especificación del precio por unidad, lo
siguiente: “Libros adquiridos en el marco del Programa de Reposición de Libros
de Texto del curso académico 2019-2020, para su abono por la Consejería de
Educación, Juventud y Deportes de la Ciudad
Autónoma de Melilla”.
3.
Una vez adquiridos los libros la dirección
del centro remitirá a la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la
Ciudad Autónoma de Melilla el albarán de entrega de los libros, adjuntando el
documento presente, debidamente cumplimentado, así como la factura conformada
por el director del centro.
4.
Recibida la documentación relacionada en el
apartado anterior, la Consejería de Educación, Juventud y Deportes asumirá el
pago delegado de la factura, en sustitución del centro educativo, abonando su
importe a la empresa suministradora.
5.
En ningún caso el precio de adquisición
excederá del establecido para la venta al público de los libros adquiridos. En
otro caso el centro asumirá la diferencia con cargo a la partida de gastos de
funcionamiento de su presupuesto ordinario.
Melilla,_________________de 2019
El/la Directora/a del Centro.
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Tipo
documento |
Nombre |
CSV
(link al docu |
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SOLRCCONTRATOMAYOR |
SOLRCCONTRATOMA\12019000030907\RC\4500 |
0 |
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PTS_PRORES_WORD |
Propuesta |
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PTS_RESOL_CONS_WORD |
Orden de
incoación |
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PTS_M_0007 |
Informe
Propuesta Dir. Gral. de Educación... |
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PTS_M_0007 |
Informe
de Legalidad |
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Melilla 3 de
junio de 2019,
El
Secretario,
José Antonio
Jiménez Villoslada