ARTÍCULO 580 - BOME-A-2019-580

BOME Nº 5659 del martes, 11 de junio de 2019

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA - Dirección General de Hacienda y Presupuestos

Acuerdo de la Excma. Asamblea de fecha 7 de junio de 2019, relativo a la aprobación de la modificación de créditos nº. 11648/2019, del presupuesto consorcio UNED.


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ANUNCIO

 

El Pleno de la Excma. Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla, en sesión ordinaria celebrada el 7 de junio de 2019, adoptó, tras el Dictamen favorable de la Comisión Permanente de Economía y Hacienda, el siguiente acuerdo:

 

“Por parte de la Consejera de Hacienda se da cuenta del expediente relativo a la aprobación de la modificación de créditos n.º 11648/2019 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario financiado Mediante Anulaciones o Bajas de Créditos de otras Aplicaciones, al considerar:

 

PRIMERO.- Ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que no existe crédito en el vigente presupuesto del Consorcio UNED, se incoa expediente para la concesión de crédito extraordinario financiado con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones.

SEGUNDO:  La Legislación aplicable al asunto es la siguiente:

 

·         Los artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

·         Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.

·         Los artículos 3, 4, 11, 12, 13, 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

·         El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre.

·         El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

·         La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las entidades locales.

·         La Base nº 9 de las bases de ejecución del Presupuesto de 2019

 

Por todo lo expuesto y de acuerdo con los informes aportados al expediente, esta Consejería PROPONE que se adopte lo siguiente:

 

PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito n.º 11648/2019, del Presupuesto Consorcio UNED en la modalidad de crédito extraordinario, financiado mediante anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones del Presupuesto vigente no comprometidas, sin que se vea perturbado el respectivo servicio, de acuerdo al siguiente detalle:

 

Altas en aplicaciones de gastos

 

Aplicación Presupuestaria

Denominación

Importe del ALTA

32000/62500

Mobiliario

39.000,00

32000/62600

Equipos proceso información

40.000,00

TOTAL ALTAS DE CREDITOS

79.000,00€

 

Esta modificación se financia con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, en los siguientes términos:


Bajas en Concepto de Gastos

 

Aplicación Presupuestaria

Denominación

Bajas

32000/20500

Mobiliario

8.000,00

32000/22009

Biblioteca Mat. No Inventariable

2.000,00

32000/22600

Otros Gastos de Funcionamiento

8.000,00

32000/22700

Limpieza y Mtto. Edificio

21.000,00

32000/22119

Material Técnico Inform.

40.000,00

TOTAL BAJAS DE CRÉDITO

79.000,00€

 

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

 

a)            El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b)            La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

 

SEGUNDO.- Exponer al Público el acuerdo de aprobación inicial mediante anuncio en el B.O.M.E. por el plazo de 15 días, durante los cuales, los interesados podrán presentar las reclamaciones que estimen convenientes ante el Pleno. Estas reclamaciones serán resueltas por el Pleno en el plazo de un mes en el caso de que no se presentaran reclamaciones durante el periodo de exposición pública se considerará definitivamente aprobado el suplemento de crédito, entrando en vigor una vez cumplido lo dispuesto en el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales”

 

Lo que se hace público para general conocimiento, con indicación de que el expediente se encuentra expuesto al público en la Secretaría Técnica de Hacienda.

 

Melilla 10 de junio de 2019,

El Secretario,

José Antonio Jiménez Villoslada