Acuerdo de la Excma. Asamblea de fecha 7 de junio de 2019, relativo a la aprobación de la modificación de créditos nº. 11648/2019, del presupuesto consorcio UNED.
ANUNCIO
El
Pleno de la Excma. Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla, en sesión
ordinaria celebrada el 7 de junio de 2019, adoptó, tras el Dictamen favorable
de la Comisión Permanente de Economía y Hacienda, el siguiente acuerdo:
“Por
parte de la Consejera de Hacienda se da cuenta del expediente relativo a la
aprobación de la modificación de créditos n.º 11648/2019 del Presupuesto en
vigor, en la modalidad de crédito extraordinario financiado Mediante
Anulaciones o Bajas de Créditos de otras Aplicaciones, al considerar:
PRIMERO.- Ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio
siguiente para los que no existe crédito en el vigente presupuesto del
Consorcio UNED, se incoa expediente para la concesión de crédito extraordinario
financiado con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones.
SEGUNDO: La Legislación aplicable al
asunto es la siguiente:
·
Los artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo.
·
Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el
que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de
diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.
·
Los artículos 3, 4, 11, 12, 13, 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27
de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
·
El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12
de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades
Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre.
·
El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local.
·
La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la
estructura de presupuestos de las entidades locales.
·
La Base nº 9 de las bases de ejecución del Presupuesto de 2019
Por
todo lo expuesto y de acuerdo con los informes aportados al expediente, esta
Consejería PROPONE que se adopte lo siguiente:
PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito n.º
11648/2019, del Presupuesto Consorcio UNED en la modalidad de crédito
extraordinario, financiado mediante anulaciones o bajas de créditos de otras
aplicaciones del Presupuesto vigente no comprometidas, sin que se vea
perturbado el respectivo servicio, de acuerdo al siguiente detalle:
Altas en
aplicaciones de gastos
|
Aplicación Presupuestaria |
Denominación |
Importe del ALTA |
|
32000/62500 |
Mobiliario |
39.000,00 |
|
32000/62600 |
Equipos proceso información |
40.000,00 |
|
TOTAL ALTAS DE CREDITOS |
79.000,00€ |
|
Esta
modificación se financia con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras
aplicaciones, en los siguientes términos:
Bajas en Concepto
de Gastos
|
Aplicación Presupuestaria |
Denominación |
Bajas |
|
32000/20500 |
Mobiliario |
8.000,00 |
|
32000/22009 |
Biblioteca Mat. No Inventariable |
2.000,00 |
|
32000/22600 |
Otros Gastos de
Funcionamiento |
8.000,00 |
|
32000/22700 |
Limpieza y Mtto. Edificio |
21.000,00 |
|
32000/22119 |
Material Técnico
Inform. |
40.000,00 |
|
TOTAL BAJAS DE CRÉDITO |
79.000,00€ |
|
Además,
queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo
37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que
se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de
diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que
son los siguientes:
a)
El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la
imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b)
La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito
destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que
esté establecida la vinculación jurídica.
SEGUNDO.- Exponer al Público el acuerdo de aprobación inicial
mediante anuncio en el B.O.M.E. por el plazo de 15 días, durante los cuales,
los interesados podrán presentar las reclamaciones que estimen convenientes
ante el Pleno. Estas reclamaciones serán resueltas por el Pleno en el plazo de
un mes en el caso de que no se presentaran reclamaciones durante el periodo de
exposición pública se considerará definitivamente aprobado el suplemento de
crédito, entrando en vigor una vez cumplido lo dispuesto en el artículo 169 del
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales”
Lo que se hace público para general conocimiento, con indicación
de que el expediente se encuentra expuesto al público en la Secretaría Técnica
de Hacienda.
Melilla 10 de junio de 2019,
El Secretario,
José Antonio Jiménez Villoslada