ARTÍCULO Nº 598
(CVE: BOME-A-2019-598)
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BOME Nº 5660 - viernes, 14 de junio de 2019 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES - CONSEJERIA DE EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTES
Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 7 de junio de 2019, relativo a la aprobación del programa de puesta a disposición de material escolar al alumnado de familias con dificultades socioeconómicas (curso académico 2019-2020).

D I L I G E N C I A:
El
Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva Ordinaria celebrada el día 7 de junio
de 2019, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
PUNTO DÉCIMO SEXTO.-
APROBACIÓN
PROGRAMA DE PUESTA A DISPOSICIÓN DE MATERIAL ESCOLAR AL ALUMNADO DE FAMILIAS
CON DIFICULTADES SOCIOECONÓMICAS (CURSO ACADÉMICO 2019-2020).- El
Consejo de Gobierno acuerda aprobar Propuesta de la Consejería de Educación,
Juventud y Deportes, que literalmente dice:
“
PROGRAMA EN REGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE PUESTA A DISPOSICIÓN
DE MATERIAL ESCOLAR AL ALUMNADO DE FAMILIAS CON DIFICULTADES SOCIOECONÓMICAS QUE CURSAN ESTUDIOS EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA Y ESPECIAL SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA (CURSO ACADÉMICO 2019-2020),
En
el ejercicio de las atribuciones que tengo conferidas, y una vez evacuados los
informes pertinentes, en atención a su alto interés social, VENGO EN PROPONER
la aprobación de la siguiente
PROPUESTA DE PROGRAMA DE PUESTA A DISPOSICIÓN DE MATERIAL ESCOLAR AL ALUMNADO DE
FAMILIAS CON DIFICULTADES SOCIOECONÓMICAS
QUE CURSAN ESTUDIOS EN LOS CENTROS DE
EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA Y ESPECIAL SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA (CURSO ACADÉMICO 2019-2020),
La
Ciudad Autónoma de Melilla, desde hace años, viene contribuyendo a facilitar el
acceso gratuito a la enseñanza obligatoria a través de un sistema de entrega de
material escolar a alumnos que no pueden disponer del mismo por sus
circunstancias socioeconómicas.
Con
esa finalidad, de cara al curso 2019-2020 se articula un procedimiento que
además de resultar ágil y eficaz en su objetivo de ayudar a las familias
melillenses a sufragar los gastos que requiere la educación de sus hijos,
pretende también fomentar entre el alumnado actitudes de respeto y
corresponsabilidad en el uso de bienes financiados con fondos públicos y
contribuir a una mayor colaboración entre las familias y los centros
educativos.
Para
la implementación del programa, para el que se dispone una dotación inicial de
hasta 100.000 euros, correspondientes a la aplicación presupuestaria 14 32101
47000, RC nº de operación 12019000030944 del 25/04/2019. Este importe podrá
verse incrementado en la cuantía sobrante, en su caso, del programa de
reposición de libros de texto en los centros de educación infantil y primaria
sostenidos con fondos públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla del curso
académico 2019-2020.
El
presente programa tiene como bases las siguientes:
1.
Ámbito de aplicación y
financiación.
El
presente programa se dirige al alumnado de la totalidad de centros docentes
sostenidos con fondos públicos que imparten la educación infantil, primaria y
educación especial en la Ciudad de Melilla.
Para
la implementación del programa se dispone una dotación, en principio, de hasta
100.000 euros, correspondientes a la aplicación presupuestaria 14 32101 47000,
RC nº de operación 12019000030944 del 25/04/2019. Este importe podrá verse
incrementado en la cuantía sobrante, en su caso, del Programa de Reposición de
libros de texto en los centros de educación infantil y primaria sostenidos con
fondos públicos de la Ciudad de Melilla.
Curso académico 2019-2020.
2.
Material escolar.
Se
entiende por material escolar el que, ya sea fungible o no fungible y al margen
de los libros de texto no fungibles, resulte necesario para lograr los
objetivos del aprendizaje, siendo exigido con carácter general al alumnado de
las diferentes etapas y niveles de cada centro educativo.

3.
Beneficiarios:
1.
Serán beneficiarios del programa de entrega de material escolar los
alumnos que por sus circunstancias socioeconómicas presenten dificultades para
disponer de dicho material y así sean identificados por los equipos docentes
del centro educativo.
2.
Los centros de educación infantil, primaria y especial que decidan
acogerse al programa de gratuidad deberán solicitarlo a la Consejería de Educación,
Juventud y Deportes, asumiendo el cumplimiento y las condiciones que se
establecen en las presentes bases en calidad de entidad colaboradora sujeta al
régimen previsto en el artículo 15 de la Ley General de Subvenciones. Dicha
asunción se estimará equivalente a la suscripción del convenio previsto en el
artículo 16.4 de dicha ley.
3.
Los centros que decidan acogerse al presente programa de gratuidad
deberán solicitarlo a la Consejería de Educación, Juventud y Deportes mediante
solicitud ( anexo 1) , que facilitará ésta, a
presentar en un plazo de diez días naturales desde la pertinente
publicación en el Boletín Oficial de Melilla de la convocatoria de concesión
directa y bases, asumiendo el cumplimiento y
las condiciones que se establecen en las presentes bases y a esa solicitud se
deberá acompañar escrito ( anexo 2)
justificativo de las necesidades a satisfacer, declaración de
subvenciones recibidas para el mismo fin, acreditación de estar al corriente en
el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y no
tener pendiente de justificación subvención alguna, otorgada por la Ciudad
Autónoma, autorizando a la Ciudad Autónoma de Melilla, para recabar de las
Administraciones competentes la comprobación de dichos extremos.
4.
El acogimiento al programa, mediante solicitud, de puesta a disposición de material escolar
es compatible con los ingresos y ayudas
procedentes de entidades públicas y privadas para el mismo objeto.
5.
Cada centro educativo acogido al programa se compromete a comunicar a la
Dirección Provincial del Ministerio de Educación y Formación Profesional la relación de
alumno/as beneficiario/as, a los efectos que procedan respecto de otras ayudas
al estudio que pudieran corresponderles.
4.
Utilización y conservación
del material escolar.
1.
El alumnado beneficiario del programa queda sujeto a la obligación de
hacer un uso adecuado, cuidadoso y racional del material que reciba.
2.
El deterioro culpable o mal intencionado supondrá la obligación de
reponer el material por parte de los representantes legales del alumno o
alumna.
3.
Desde los diversos sectores de la comunidad educativa se instará al
alumnado que participe en el programa, así como a sus representantes legales,
al cuidado y conservación del material puesto a su disposición.
5.
Elección del material.
1.
Dentro de los límites del presupuesto del programa, la dirección de cada
centro, previa consulta con los tutores y el Equipo de Orientación Educativa,
concertará con la Consejería de Educación, Juventud y Deportes el material que
se estime necesario en cada nivel o etapa, en atención a las circunstancias
sociales y familiares detectadas.
6.
Procedimiento para la
adquisición del material.
1.
Previa consulta del Equipo Directivo, el director o directora de cada
centro acogido al programa de reposición comunicará a la Consejería de
Educación, Juventud y Deportes las necesidades concretadas de su centro una vez
iniciado el curso escolar.
A
la vista de dichas necesidades concretas la Dirección General de Educación y
Colectivos Sociales formulará la correspondiente propuesta de resolución al
Consejero, determinando el importe concedido a cada centro en función del
número de alumnos con necesidades existentes en cada centro y el precio de
venta de los materiales.
Dicho
importe podrá verse incrementado, en el caso de que el número de alumnos se
incremente respecto del inicialmente tomado en consideración. La efectividad de
la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad de
crédito.
Tras
la conclusión de las convocatorias de subvenciones/premios previstas efectuar por esta Consejería de
Educación, Juventud y Deportes, Dirección General de Educación y Colectivos
Sociales, con cargo a aplicación presupuestaria 14/32000/48900 “Subvenciones
Entidades de Enseñanzas” si existiese remanente en dicha aplicación por el
importe que resultase sobrante podrá ser destinado a incrementar la dotación
inicial del Programa que nos ocupa para atender a las demandas existentes.
2.
Una vez establecido por Orden del Consejero de Educación, Juventud y
Deportes el importe concedido a cada centro, el director del mismo solicitará
el material en los establecimientos de su elección.
Cuando
el importe de material a adquirir sea igual o supere las cuantías establecidas
en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, Ley de Contratos del Sector Público, para el
contrato menor (15.000 euros) el centro deberá solicitar como mínimo tres
ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del
compromiso para la entrega del bien, debiéndose seleccionar la propuesta
económica más ventajosa (menor precio).

3.
Las facturas se emitirán a nombre del centro educativo, incorporando en
el concepto, además de la identificación detallada del material adquirido, con
especificación de los precios por unidad, lo siguiente: “Material adquirido en el marco del
Programa de Puesta a Disposición de Material Escolar del curso académico 2019-2020, para su abono por la
Consejería de Educación, Juventud y
Deportes de la Ciudad Autónoma de Melilla”.
4.
Una vez adquiridos el material la dirección del centro remitirá a la
Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la Ciudad Autónoma de Melilla
la factura emitida por el proveedor, conformada por el director del centro, a
la que acompañará de los albaranes de entrega del material, adjuntando, en su
caso, el documento que se incorpora como anexo 3, debidamente cumplimentado
5.
Recibida la documentación relacionada en el apartado anterior, la
Consejería de Educación, Juventud y Deportes asumirá el pago delegado de la
factura, en sustitución del centro educativo, abonando su importe a la empresa
suministradora con los limites máximos establecidos en la Resolución de
concesión del Consejero de Educación, Juventud y Deportes.
6.
En ningún caso el precio de adquisición excederá del establecido para la
venta al público del material adquirido. En otro caso el centro asumirá la
diferencia con cargo a la aplicación de gastos de funcionamiento de su
presupuesto ordinario.
7.
Memoria justificativa.
Con
anterioridad al 31 de diciembre de 2019 el centro educativo deberá aportar,
ante la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, una memoria justifica
expresiva del cumplimiento de los fines para los que se otorga la subvención
así como de la relación de alumnos y alumnas a los que se ha proporcionado
material en el marco del presente programa.
8.
Corresponde a la Consejería de Educación, Juventud y Deportes la
ejecución del presente programa, así como su interpretación y la resolución de
cuantas dudas pueda suscitar la aplicación del mismo.
9.
De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y demás concordantes, contra la presente, que agota la vía administrativa,
cabe recurso potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de
Gobierno de la Ciudad de Melilla, en el plazo de un mes a partir del día de su
publicación, o bien directamente recurso
contencioso administrativo ante la Sala lo Contencioso de Málaga, del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses desde la
publicación.
ANEXO 1.-
MODELO
SOLICITUD.-
EL/LA DIRECTORA/A.:...DEL
CEIP:
En
relación con el Programa de PUESTA A
DISPOSICIÓN DE MATERIAL ESCOLAR AL ALUMNADO
DE FAMILIAS CON DIFICULTADES SOCIOECONÓMICAS que cursan sus estudios en los
centros de educación infantil, primaria y especial sostenidos con fondos
públicos de la Ciudad de Melilla ( Curso Académico 2019-2020), mediante el
presente a la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la Ciudad
Autónoma de Melilla , conocidas la convocatoria y las bases que rigen en dicho
programa aprobado por Consejo de Gobierno el día.... , SOLICITA acogerse al mencionado programa de
gratuidad en sus términos aprobados.
Con
anterioridad al 31 de Diciembre de 2019 este Centro remitirá a la citada
Consejería memoria justificativa del cumplimiento de los fines previstos
mediante el programa que nos ocupa así como relación de alumnos y alumnas a los
que se han proporcionado libros de texto en el marco del presente programa.
Melilla, a de de 2019
Fdo.:
ANEXO 2.
DOCUMENTO A ACOMPAÑAR A SOLICITUD.-
D/Dª.
, Director/a del
en relación con
el PROGRAMA DE
PUESTA A
DISPOSICIÓN DE MATERIAL ESCOLAR AL ALUMNADO DE FAMILIAS CON DIFICULTADES
SOCIOECONÓMICAS, QUE CURSAN SUS ESTUDIOS EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL,
PRIMARIA Y ESPECIAL SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA (CURSO ACADÉMICO 2019-2020)
EXPONE:
1.-
Que la solicitud de participación en el programa de gratuidad arriba citado,
con las necesidades de material escolar a adquirir para el próximo curso
escolar, resulta necesaria para garantizar el óptimo desarrollo de este
programa de gratuidad para el alumnado
de familias con dificultades económicas de este centro.

alumnos
matriculados en el centro para dicho curso que presentan dichas necesidades por
pertenecer a ese tipo de familias.
3.-
Que el Centro no percibe subvenciones de otras instituciones públicas o
privadas para la misma actividad.
4.-
Que el Centro se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones
tributarias y frente a la Seguridad Social, y no tiene pendiente de
justificación subvención alguna, otorgada por la Ciudad Autónoma, autorizando a
la Ciudad Autónoma de Melilla, para recabar de las Administraciones competentes
la comprobación de dichos extremos.
Melilla a __________________
Fdo.____________________________
DNI._________________________
Director/a del Centro
EXCMO. SR. CONSEJERO DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES
ANEXO 3.-
PETICIÓN OFERTAS MINIMO DE TRES.SUMINISTRO IGUAL O SUPERIOR
A 15.000 EUROS.-
Identificación del Centro y de su
Director/a |
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Nombre |
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CIF |
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Teléfono |
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Director/a |
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Ofertas solicitadas |
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Empresa |
Oferta económica |
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1. |
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2. |
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3. |
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Oferta seleccionada |
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1.
Establecido por Orden del Consejero de Educación, Juventud y Deportes el
importe concedido a cada centro, el director del mismo solicitará los libros en
librerías de su elección.
Cuando
el importe de materiales a adquirir sea igual o supere las cuantías establecidas
en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de
08 de noviembre, Ley de Contratos del Sector Público, para el contrato menor
(15.000 euros) el centro deberá solicitar como mínimo tres ofertas de
diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso
para la entrega del bien, debiéndose seleccionar la propuesta económica más
ventajosa (menor precio).
2.
La facturas se emitirán a nombre del centro educativo, incorporando en
el concepto, además de la identificación detallada de los libros de texto
adquiridos, con especificación del precio por unidad, lo siguiente: “Material
adquirido en el marco del Programa de Programa
de Puesta a Disposición de Material Escolar del curso académico 2019-2020, para su abono por la Consejería de Educación,
Juventud y Deportes de la Ciudad Autónoma
de Melilla”.
3.
Una vez adquiridos los materiales la dirección del centro remitirá a la
Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la Ciudad Autónoma de Melilla
el albarán de entrega de los materiales, adjuntando el documento presente,
debidamente cumplimentado, así como la factura conformada por el director del
centro.
4.
Recibida la documentación relacionada en el apartado anterior, la
Consejería de Educación, Juventud y Deportes asumirá el pago delegado de la factura,
en sustitución del centro educativo, abonando su importe a la empresa
suministradora.
5.
En ningún caso el precio de adquisición excederá del establecido para la
venta al público de los libros adquiridos. En otro caso el centro asumirá la
diferencia con cargo a la partida de gastos de funcionamiento de su presupuesto
ordinario.
Melilla, ______________________ de 2019
El/La Director/a....
Melilla 10 de junio de 2019,
El Secretario,
José Antonio Jiménez Villoslada