ARTÍCULO 601 - BOME-A-2019-601

BOME Nº 5660 del viernes, 14 de junio de 2019

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES - CONSEJERIA DE EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTES

Acuerdo del consejo de gobierno de fecha 10 de junio de 2019, relativo a convocatoria de Campamentos Juveniles de Verano para el ejercicio 2019.


/ 2085

D I L I G E N C I A:

 

El Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva Extraordinaria y urgente celebrada el día 10 de junio de 2019, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

 

PUNTO DÉCIMO.- PROGRAMA- CONVOCATORIA DE CAMPAMENTOS JUVENILES DE VERANO PARA EL EJERCICIO 2019.- El Consejo de Gobierno acuerda aprobar Propuesta de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, que literalmente dice:

 

El Excmo. Sr. Consejero de Educación, Juventud y Deportes, tiene el honor de elevar al Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla el PROGRAMA- CONVOCATORIA DE CAMPAMENTOS JUVENILES DE VERANO PARA EL EJERCICIO 2019, para aprobar el mismo de acuerdo con lo establecido en el Reglamento del Gobierno y la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

PROGRAMA- CONVOCATORIA DE CAMPAMENTOS JUVENILES DE VERANO PARA EL EJERCICIO 2019

 

1.- DENOMINACIÓN DEL PROGRAMA

“CAMPAMENTOS JUVENILES DE VERANO. MELILLA 2019”

2.- OBJETIVOS DEL PROGRAMA.

El objetivo primordial es fomentar el ocio alternativo para jóvenes, mediante la realización de diversas actividades para favorecer la ocupación del tiempo libre durante el verano, ofrecer un ocio alternativo, educativo y saludable , a través del cual los participantes aprendan, se diviertan, se socialicen, se integren, aprendan a trabajar en grupo y experimenten su propia autonomía y responsabilidad. Para ello se ofertan  plazas para Campamentos Juveniles en diversos lugares de la geografía nacional para los jóvenes melillenses.

3.- REQUISITOS MÍNIMOS DE LOS SOLICITANTES.

1.             Ser residente en la Ciudad Autónoma de Melilla, debidamente autorizado.

2.             Contar con edades comprendidas entre los 12 y 17 años (ambas inclusive) en    momento de inicio de la actividad solicitada.

3.             Contar con la autorización del padre/madre o tutor/a al ser menor de edad.

4.             No haber sido amonestado o expulsado en cualquiera de los programas organizados por la Viceconsejería de Juventud, así como, el incorrecto comportamiento en anteriores ediciones, y la negativa injustificada a participar en las actividades programadas, podrán ser causas de exclusión para ser beneficiario del programa.

5.             En el supuesto de resultar seleccionado, el solicitante deberá contar con carné de alberguista, en vigor.

 

4.- DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA

El programa “Campamentos Juveniles de Verano. Melilla 2019” es una iniciativa de la Viceconsejería de Juventud en la que se ofrece un ocio alternativo para jóvenes, con el objeto fundamental de que estos se diviertan a través de las distintas actividades programadas en los campamentos, adquieran autonomía a través de la convivencia con otros chicos, obtengan conocimientos enriquecedores al estar en contacto con la naturaleza, aprendan hábitos de vida saludables y valores de respeto hacia los demás, y de conservación del entorno en el que se encuentren.

 

Desde el área de Juventud queremos involucrarnos en educar a nuestros jóvenes en las  materias medioambientales, de educación y concienciación de nuestros jóvenes en la preservación y conservación del medio ambiente, de lucha contra el cambio climático. Se educará desde el punto de vista del ocio educativo y saludable. Por esta razón se han seleccionado tres campamentos juveniles que se desarrollarán en entornos naturales de gran relevancia que, aunque versan sobre temáticas muy diferentes, tienen como transversalidad el espacio protegido en el que se desarrollan. Estos son:

 

·         Las Alpujarras, referente cultural por sus costumbres ancestrales y por ubicarse en el Parque Natural de Sierra Nevada que nos ofrece aguas puras, paisajes espectaculares, poblaciones construidas entre castaños y huertas, fauna y flora autóctona y única de la zona.

·         El Valle del Jerte, declarado bien de interés cultural conocido por la denominación de origen de sus frutos rojos, pero que también destaca por sus  espacios de alto valor ecológico, sus reservas naturales, sus saltos de agua y piscinas naturales.


·         El Valle del Alberche, a la altura de la población toledana de Escalona, destaca por sus magníficos parajes a ambos márgenes del río. En él podremos avistar numerosos nidos de cigüeñas y disfrutar de sus espectaculares playas naturales, visitar su castillo de estilo mudéjar y pasear por una villa de trazado medieval en la que ocurrieron importantes hechos históricos y literarios.

·         El Programa consta de distintas Actividades, que se desarrollarán durante los meses de julio y agosto de 2019.

 

-                     Campamentos Juveniles de Verano de carácter recreativo de ocio y tiempo libre. (Incluye traslados, alojamiento, manutención, excursiones, etc.)

 

La descripción de cada uno de los campamentos juveniles a los que se puede optar se adjuntan como

 

ANEXO  I  al presente Programa.

 

5.- MARCO NORMATIVO.

-       Constitución Española de 1978.

-       Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla.

-       Ley 39/2015 de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

-       Reglamento del Gobierno y la Administración de la Ciudad Autónoma de

-       Melilla.

-       Acuerdo del Consejo de Gobierno de distribución de competencias de 30 de septiembre de 2016 (BOME extraordinario núm. 30 de igual fecha).

-       Ley 9/2017, de 8 de noviembre,  de Contratos del Sector Público.

-       Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 9 de junio de 2017, relativo a la aprobación de precios públicos para la participación en Programas de Formación, Cursos de Monitores de Ocio y Tiempo Libre, Taller de Baile Moderno, asistencia a Actividades de Curos de Esquí y Aventura, asistencia a Campamentos Juveniles de verano, asistencia a Campos de Actividades y Voluntariado, Carné Joven Europeo, Carné de Alberguista, Carné Internacional de Estudiante y Carné Internacional de Profesores ( BOME  núm. 5452 de 16 de junio de 2017).

 

6.- FASES DE EJECUCIÓN.

1)            Contratación de los servicios de Campamentos Juveniles de Verano:

-                     Descripción: Contratación de los servicios. (Diversos servicios).

-                     Órgano responsable/ejecutor: Consejería de Educación, Juventud y Deportes, apoyado por el Director General de Juventud y Deportes.

-                     Órgano resolutorio: Consejero de Educación, Juventud y Deportes.

 

2)            Confección de Bases para la selección de los beneficiarios del Programa:

-                     Descripción: Elaboración de las Bases del Programa.

-                     Órgano responsable/ejecutor: Consejería de Educación, Juventud y Deportes, apoyado por el Director General de Juventud y Deportes.

-                     Órgano resolutorio: Consejero de Educación, Juventud y Deportes.

 

3)            Selección de los beneficiarios del Programa.

-                     Descripción: Selección de los beneficiarios del Programa, ajustándose a lo establecido en las bases.

-                     Órgano responsable/ejecutor: Consejería de Educación, Juventud y Deportes.

-                     Órgano resolutorio: Viceconsejería de la Mujer y de Juventud.

 

4)            Desarrollo de las actividades.

-                     Descripción: Ejecución/ realización del evento.

-                     Órgano responsable/ejecutor: Viceconsejería de Juventud.

 

7.- RESPONSABLES DE EJECUCIÓN.

La responsabilidad de la ejecución del presente programa recae sobre:

 

-                     El Consejero de Educación, Juventud y Deportes en lo referente a la aprobación del Programa.

-                     La Viceconsejera de Juventud en lo referente a la ejecución del Programa.

-                     La Dirección General de Juventud y Deportes, en lo referente a apoyo administrativo y coordinación general programa.

 

8.- DURACIÓN DE PROGRAMA.

El programa dará comienzo el 21 de julio de 2019, y finalizará el 29 de agosto de 2019.

9.- LUGAR, FORMA  Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES


1.- Las solicitudes, debidamente formalizadas, deberán dirigirse a la Viceconsejería de la Mujer y de Juventud de la Ciudad Autónoma de Melilla, en las dependencias de la Viceconsejería de Juventud, Oficina de Información Juvenil sita en Calle Querol, 7, en la red de Oficinas de Información y Atención al Ciudadano de la Ciudad Autónoma, o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2.- Las solicitudes se formalizarán en modelo oficial ( www.melilla.es ), y deberán ser firmadas y cumplimentadas en su totalidad acompañada de la siguiente documentación :

 

a)            Documento acreditativo de la identidad del participante.

b)            Libro de Familia Numerosa (en caso de serlo).

c)             Carné Joven Europeo en vigor, en caso su caso. Carné de Alberguista en vigor.

d)            Autorización del padre/madre o tutor/a debidamente cumplimentada y firmada (menores de edad) para la realización del viaje y las actividades, (www.melilla.es).

e)            Documento acreditativo de la identidad en vigor del padre/madre o tutor/a que firme la autorización (menores de edad).

f)              Documentos que acrediten el cumplimiento de los méritos establecidos en el baremo.

g)            Boletín de notas del segundo trimestre del Curso Escolar 2018-2019, con el sello original del centro.

h)            Certificado médico obligatorio en casos de dietas especiales o enfermedades (en caso de precisar medicación, deberá ser reflejada por un médico o facultativo).

 

3.- El plazo para presentar las solicitudes será de QUINCE (15) DÍAS NATURALES, que empezará a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOME. En el supuesto de que, finalizado dicho plazo, resultaran plazas vacantes, se podrá atender solicitudes presentadas fuera del plazo establecido, siempre que el solicitante cumpla con los requisitos establecidos y por riguroso orden de entrada de la solicitud en el Registro General de la Ciudad.

 

10.- BAREMACIÓN

1.- Se procederá a la adjudicación de las plazas objeto de la presente convocatoria mediante la aplicación del siguiente baremo:

 

No haber solicitado el mismo campamento en el que participó el año anterior

    1 punto 

Ser titular del Carné Joven

     2 puntos

Ser titular del Carné de Alberguista

     2 puntos

Por cada asignatura aprobada en el 2º Trimestre, se valorarán las 4 mejores de acuerdo con el baremo establecido, hasta un máximo de

 * 16 puntos

 

*Las asignaturas se valorarán, conforme al siguiente criterio de valoración:

-       Sobresaliente4 puntos

-       Notable 3 puntos

-       Bien 2 puntos

-       Suficiente (aprobado)1 punto

 

2.- En caso de empate, el mismo se dirimirá mediante riguroso orden de entrada del registro, de los solicitantes empatados.

3.- Para aquellos solicitantes menores de 14 años, se les aplicará la misma bonificación y la misma baremación que aquellos mayores de 14 años en posesión del Carné Joven y del Carné de Alberguista.

4.- En el caso de que existiesen menos solicitudes que plazas ofertadas, se aceptarán la totalidad de las solicitudes que cumplan con los requisitos establecidos en el presente Programa.

 

11.- PROCEDIMIENTO

El procedimiento a seguir es el que a continuación se detalla:

 

1.- La Consejería de Educación, Juventud y Deportes, realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales podrán participar en el programa.

2.- La instrucción del procedimiento corresponderá a la Secretaría Técnica de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, o empleado público en quien delegue. Por parte del órgano instructor se realizarán de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.

 

Se verificará que las solicitudes cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria, y si advirtiese defectos formales u omisión de alguno de los documentos exigidos, se requerirá al solicitante para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos en el plazo de 10 días hábiles, apercibiéndole que, de no hacerlo, se entenderá que desiste de su solicitud, previa resolución dictada  en los términos del artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Dicha notificación se realizará mediante la publicación en el Tablón de 

Anuncios de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes. Sin perjuicio de lo anterior, a efectos informativos, podrá exponerse el correspondiente listado en la web oficial de la Ciudad (www.melilla.es ).

 

El órgano instructor emitirá informe que se corresponderá al expediente, y en el que se hará constar que de la información que obra en su poder se desprende que los beneficiarios de las plazas cumplen todos los requisitos para acceder a las mismas.

 

Se constituirá, asimismo, un órgano colegiado cuya composición será la siguiente:

 

-       El Director General de Juventud y Deportes.

-       Dos empleados públicos de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, actuando uno de los mismos como Secretario/a del mencionado órgano.

 

3.- A la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, se formulará propuesta de resolución provisional por el órgano instructor, debidamente motivada, que de acuerdo con el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de Melilla, concediéndoles un plazo de diez días para presentar alegaciones. De existir éstas, el órgano colegiado deberá pronunciarse sobre las mismas antes de formular la propuesta definitiva.

 

Se podrá prescindir de este trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones que las aducidas por los interesados. En este caso, la propuesta de resolución provisional formulada tendrá el carácter de definitiva.

 

4.- La propuesta de resolución provisional no crea derecho alguno a favor del beneficiario propuesto, mientras que no se haya notificado la resolución definitiva de la concesión.

5.- La propuesta de resolución definitiva se formulará por el órgano instructor al Consejero de Educación, Juventud y Deportes, que será el competente para resolver la convocatoria.

6.- La resolución deberá relacionar a los solicitantes a quienes se concede plaza en la actividad que se trate y hará constar de manera expresa, la desestimación del resto de las solicitudes, los cuales pasarán a constituir una lista de reserva para suplir posibles renuncias por el orden establecido en la resolución.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses.

7.- El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.

8.- Tanto la resolución del procedimiento, como cada una de las notificaciones de las actuaciones del procedimiento se llevará a efecto mediante su publicación en el Boletín Oficial de Melilla, de acuerdo con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La práctica de dicha notificación o publicación se ajustará a las disposiciones contenidas en el artículo 43 de la citada ley.

9.- No se podrá adjudicar más de una plaza al mismo solicitante.

 

12.- FORMA DE PAGO

1.- Realizada la selección y publicada la lista definitiva, los solicitantes admitidos deberán abonar en concepto de reserva de plaza no reembolsable un importe de 340€.

2.-  Los beneficiarios con Carné Joven Europeo, dado que los titulares de dicho carné expedido por las Ciudades Autónomas de Melilla y Ceuta y restantes Comunidades Autónomas y países firmantes del Protocolo de Lisboa de 1 de junio de 1987, gozarán de una bonificación del 25% de la reserva de plaza.

3.- Los beneficiarios con el título de familia numerosa categoría general, gozarán de una bonificación del 30% de la reserva de la plaza.

4.- Los beneficiarios con el título de familia numerosa de categoría especial, gozarán de una bonificación del 40% de la reserva de la plaza.

5.- Los descuentos, anteriormente descritos, no serán acumulables.

El importe a abonar junto con los descuentos se establecen de conformidad con  el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 9 de junio de 2017, relativo a la aprobación de precios públicos para la participación en Programas de Formación, Cursos de Monitores de Ocio y Tiempo Libre, Taller de Baile Moderno, asistencia a Actividades de Curos de Esquí y Aventura, asistencia a Campamentos Juveniles de verano, asistencia a Campos de Actividades y Voluntariado, Carné Joven Europeo, Carné de Alberguista, Carné Internacional de Estudiante y Carné Internacional de Profesores ( BOME  núm. 5452 de 16 de junio de 2017).

 

La renuncia del interesado admitido supondrá la pérdida del derecho al reintegro del abono efectuado salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada.

 

De conformidad con el artículo 121 y demás concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, a interponer en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente Orden, pudiendo presentarse el recurso ante esta Consejería o bien directamente ante el órgano competente para resolverlo, sin perjuicio de que pueda el interesado ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.


13.- EVALUACIÓN

La evaluación del presente Programa se realizará por parte de la Dirección General de Administraciones Públicas un estudio de medición de la calidad de los diferentes campamentos.

 

ANEXO I

CAMPAMENTOS JUVENILES DE VERANO 2019

 

Las siguientes Comunidades Autónomas organizan los campamentos que a continuación se relacionan, y que se ofertan a los jóvenes menores de edad de Melilla, que se encuentren dentro de las franjas de edad prevista especialmente para cada uno de ellos.

 

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

 

Lugar:

BÉRCHULES – ALPUJARRA (GRANADA)

Fecha:

Desde el día 21 al día 30 de julio de 2019

Tipo:

Actividades deportivas y de Multiaventura

Participantes melillenses:

 25

Edad:

De 12 a 14 años

* Cuota:

340 €

* Descuentos:

25% con el carné joven. 30% F. Numerosa General. 40% F. Numerosa Especial. (descuentos no acumulables).

Condiciones de preinscripción:

 

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA LA MANCHA

 

Lugar:

LA CABAÑA DEL ALBERCHE (ESCALONA – TOLEDO)

Fecha:

Desde el día 31 de julio  al día 11 de agosto de 2019

Tipo:

Actividades de Multiaventura y e Ingles  ( dos horas diarias de lunes a viernes)

Participantes melillenses:

25

Edad:

De 12 a 15 años

* Cuota:

340 €

* Descuentos:

25% con el carné joven. 30% F. Numerosa General. 40% F. Numerosa Especial. (descuentos no acumulables).

Condiciones de preinscripción:

 Si

 

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

 

Lugar:

CABEZUELA DEL VALLE – VALLE DEL JERTE (CÁCERES)


Fecha:

Desde el día 16 al día 29 de agosto de 2018

Tipo:

 Campamento Indio

Participantes melillenses:

 25

Edad:

De 15 a 17 años

* Cuota:

340 €

* Descuentos:

25% con el carné joven. 30% F. Numerosa General. 40% F. Numerosa Especial. (descuentos no acumulables).

Condiciones de preinscripción:

 

Melilla 11 de junio de 2019,

El Secretario,

José Antonio Jiménez Villoslada