ARTÍCULO 603 - BOME-A-2019-603

BOME Nº 5660 del viernes, 14 de junio de 2019

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE FOMENTO - Dirección General de la Vivienda y Urbanismo

Orden nº 1302 de fecha 12 de junio de 2019, relativa a rectificación de error de anuncio publicado en el bome nº 5649 de fecha 7 de mayo de 2019, referente a la relación de subvenciones al alquiler privado del cupo joven, anualidad 2019.-


PRIMERO.- Por Orden del Consejero de Fomento nº 999 de fecha 03 de mayo de 2019, publicada en el BOME nº 5649 de 7 de mayo de 2019, relativa a la aprobación de la relación de subvenciones al alquiler privado del cupo joven, anualidad 2019, se publicaron las listas de admitidos y de excluidos en dicho procedimiento.

 

En dichos listados se detectó un error material, ya que el expediente 61, correspondiente a Dª. Zakia Boukaddor, con NIE X332…, aparecía en la lista de excluidos debiendo aparecer en la de admitidos, habiendo acreditado el cumplimiento de todos los requisitos necesarios para ello.

 

Subsanado dicho error, no se produce cambio alguno en el resto de expediente, por lo que afecta solo y exclusivamente a la interesada.

 

SEGUNDO. De conformidad con lo dispuesto en el art. 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, estas podrán rectificar en cualquier momento los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 3653/2019, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

PRIMERO.- Rectificar la citada Orden Consejero de Fomento nº 999 de fecha 03 de mayo de 2019, incluyendo en la lista de admitidos el siguiente expediente:

 

ORDE N

PUNTO

S

IPREM

Exped.

Fam.

(1) Apellido

(2) Apellido

NOMBR

E

DNI/NIE

74

12

2,64

61

4

BOUKADDOR

ZAKIA

X3328545P

 

Vivienda Subvencionada

C.

Postal

S. Fianza

S. Mensual

S. Acumulada

Acumulad o

Renta

COMISARIO VALERO Nº 7,

3º C

52006

0

275

3300

210658,2

550

 

SEGUNDO.- El resto de la Orden no sufre modificación.

TERCERO.- Ordenar la publicación de esta rectificación en el Tablón de Anuncios del órgano instructor y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla, de conformidad con lo dispuesto en el criterio tercero de la Convocatoria y en el artículo 45.1.b) de la citada Ley 39/2015. En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos.

CUARTO.- Contra ella, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso administrativo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley de Jurisdicción Contenciosa Administrativa, en el plazo de dos meses desde su publicación.

 

Asimismo, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este Consejero, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. El recurso potestativo de reposición habrá de interponerse en el plazo de un mes desde la publicación de esta Orden. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de un mes.

 

Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión.

 

Melilla 12 de junio de 2019,

El Consejero de Fomento,

Fco. Javier González García