ARTÍCULO 611 - BOME-A-2019-611

BOME Nº 5661 del martes, 18 de junio de 2019

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL - Secretaría Técnica

Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento ordinario nº 12/2019, seguido a instancias por Televida Servicios Sociosanitarios.


ASUNTO: NOTIFICACIÓN POSIBLES INTERESADOS EN PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 0012/2019, INSTADO POR TELEVIDA SERVICIOS SOCIOSANITARIOS CONTRA LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.

 

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Melilla en providencia de fecha 27 de mayo 2019, dictada en Procedimiento Ordinario nº 0012/2019, ha dispuesto lo siguiente:

 

Conforme a lo acordado en resolución de esta fecha dictada en el recurso contenciosoadministrativo con los datos al margen, interpuesto por la TELEVIDA SERVICIOS SOCIOSANITARIOS contra resolución de esa administración de fecha 29 de abril de 2013 dictada en expediente   contrato de  servicio de TELEASISTENCIA DOMICILIARIA,  y en  cumplimiento de lo dispuesto en el Arts. 48 de la LJCA, siendo necesarios el/los expediente/s que motivaron la/las resolución/ones impugnada/s, solicito a V. I.:

 

-       -Ordene la remisión a este órgano judicial de aquellos a que se refiere el acto impugnado, en el plazo improrrogable de veinte días, o bien copia autentificada del mismo, debidamente foliado, y en su caso, con los documentos e índices correspondientes, interesándole, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la LJCA, que la resolución administrativa que  se dicte a tal fin se notifique, en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en dicho, expediente, emplazándoles para que puedan personarse como demandados ante este órgano judicial en el plazo de nueve días. La notificación se practicara con arreglo a lo dispuesto a la Ley que regule el procedimiento administrativo común. Hechas las notificaciones se incorporaran al expediente administrativo, y todo ello con el apercibimiento expreso contenido en el art. 48.7 de la LJ, en el supuesto de que transcurra el plazo concedido sin que haya sido remitido. El expediente administrativo con la implantación de la Justicia Digital deberá llegar al Órgano Judicial de forma digitalizada a través del cargador de expedientes administrativos (INSIDE), en el que se contendrá un índice detallado de los documentos remitidos; en caso de no poder remitir el expediente a través del cargador, deberá remitirse en soporte informativo.

 

De conformidad con lo dispuesto en el Art. 38 de la LJCA, deberá, al remitir el expediente administrativo, comunicar a este órgano judicial si tiene conocimiento de la  existencia de otro recursos contencioso-administrativos en los que puedan concurrir los supuestos de acumulación  que previene el Capitulo III de la Ley Procesal.

 

Así mismo deberá comunicar a este Órgano Judicial la autoridad o empleado responsable de la remisión del expediente administrativo

Se interesa la devolución de la copia que se adjunta, debidamente sellada y fechada por la oficina de recepción

 

Lo que le traslado para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la Ley de la Jurisdicción contenciosoAdministrativa (Ley 29/98, de 13 de julio), en relación con los Art. 40 al 43 de la Ley 39/15, se procede a notificar a cuantos sean interesados en el procedimiento, mediante publicación del Acuerdo en el BOME, que disponen de nueve días para personarse en el juzgado.

 

Melilla 13 de junio de 2019,

El Secretario Técnico de Bienestar Social,

Victoriano Juan Santamaría Martínez