ARTÍCULO 637 - BOME-A-2019-637

BOME Nº 5666 del viernes, 5 de julio de 2019

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE FOMENTO - Dirección General de la Vivienda y Urbanismo

Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento ordinario nº 7/2019, seguido a instancias por la mercantil Yolanda Ramos Pérez, S.L.


/ 2204

 

Expediente:                           26207/2018 (LEG)

Expediente Administrativo:

Reposición de la legalidad urbanística, por aplicación del artículos 29 y 31 de Reglamento de Disciplina Urbanística.

Promotor:

YOLANDA RAMOS PÉREZ, S.L.

Representante:

DOMINGO ZOYO BAILÓN.

Emplazamiento:

Carretera de Farhana, Huerta Asensio, Polígono 2, Parcela 14.

 

En el expediente referenciado, se ha interpuesto Recurso Contencioso Administrativo, dando lugar al Procedimiento Ordinario nº 0000007 / 2019, en el desarrollo del cual ha recaído Resolución del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 1 de Melilla, de fecha dieciocho de diciembre de 2018, cuyo contenido es el siguiente:

 

"Conforme a lo acordado en resolución de esta fecha dictada en el recurso contenciosoadministrativo con los  datos al margen, interpuesto por LA MERCANTIL YOLANDA RAMOS PÉREZ contra resolución de esa Administración de fecha sobre IMPUGNACIÓN EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO DE VIVIENDA Y URBANISMO, y en cumplimiento de lo dispuesto en los Arts. 48 de la LJCA, siendo necesarios el/los expediente/ s que motivaron la/las resolución/ones impugnada/s, solicito a V. I. :

 

- Ordene la remisión a este órgano judicial de aquel/aquellos a que se refiere el acto impugnado, en el plazo improrrogable de veinte días, o bien copia autentificada del mismo, debidamente foliado, y en su caso, con los documentos e índices correspondientes, interesándole, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la LJCA, que la resolución administrativa que se dicte a tal fin se notifique, en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en dicho expediente, emplazándoles para que puedan personarse como demandados ante este órgano judicial en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule el procedimiento administrativo común. Hechas las notificaciones se incorporarán al expediente administrativo, y todo ello con el apercibimiento expreso contenido en el art. 48.7 de la LJ, en el supuesto de que transcurra el plazo concedido sin que haya sido remitido. El expediente administrativo con la implantación de la Justicia Digital deberá llegar al Órgano Judicial de forma digitalizada a través del cargador de expedientes administrativos (INSIDE), en el que se contendrá un índice detallado de los documentos remitidos; en caso de no poder remitir el expediente a través del cargador, deberá remitirse en soporte informático.

 

-              De conformidad con lo dispuesto en el Art. 38 de la LJCA, deberá, al remitir el expediente administrativo, comunicar a este órgano judicial si tiene conocimiento de la existencia de otros recursos contencioso-administrativos en los que puedan concurrir los supuestos de acumulación que previene el Capítulo III de la Ley Procesal.

-              Así mismo deberá comunicar a este Órgano Judicial la autoridad o empleado responsable de la remisión del expediente administrativo.”


De conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (Ley 29/98, de 13 de Julio) en relación con el Art. 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a notificar a cuantos sean interesados en el procedimiento, mediante publicación del Acuerdo en el BOE y BOME, que disponen de nueve días para personarse en el Juzgado.

 

Lo que se hace público para conocimiento general.

 

Melilla 3 de julio de 2019,

La Secretaria Técnica de Fomento,

Inmaculada Merchán Mesa