ARTÍCULO 673 - BOME-A-2019-673

BOME Nº 5670 del viernes, 19 de julio de 2019

MINISTERIO DE JUSTICIA - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 4 - juzgado de 1ª instancia e instrucción nº 4

Notificación de sentencia a D. Rubén Hur Herranz Soto, en procedimiento de juicio verbal nº 54 / 2019.


N.I.G.: 52001 41 1 2019 0000405

JVB JUICIO VERBAL 0000054 /2019

Sobre RECLAMACION DE CANTIDAD

DEMANDANTE Diña. BENAISA E HIJOS SL

Procurador/a Sr/a. ANA HEREDIA MARTINEZ

Abogado/a Sr/a. MARIA VICTORIA GINEL PASCUAL

DEMANDADO D/ña. RUBEN HUR HERRANZ SOTO

 

E D I C T O

 

D./Dña. ANA ISABEL ISLA HERNANDEZ, Letrado de la Administración de Justicia de JDO. 1ª INST. E INSTRUCCION N. 4 de MELILLA,

 

Se adjunta al presente testimonio del fallo contenido en sentencia dictada en las presentes actuaciones, en fecha 11/07/19, para su publicación en ese boletín, al ser desconocido el domicilio del aquí demandado RUBEN HUR HERRANZ SOTO, quedando autorizado para cuidar de su diligenciamiento la procuradora Sra. Heredia Martínez.

 

En MELILLA, a doce de julio de dos mil diecinueve.

 

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,

 

 

Dª ANA I. ISLA HERNANDEZ, doy fe y testimonio que en los presentes autos de JUICIO VERBAL 54/2019, ha sido dictada sentencia en fecha 11/07/19, cuyo Fallo paso a transcribir a continuación:

 

FALLO

 

Que estimando íntegramente la demanda formulada por de la entidad mercantil "Benaisa e Hijos SL", representada por el Procurador de los Tribunales Sra. Heredia Martínez, frente a don Rubén-Hur Herranz Soto (en rebeldía procesal), DEBO CONDENAR Y CONDENO al expresado demandado a que satisfaga a la demandante la suma global de DOS MIL TRESCIENTOS CINCO EUROS CON NOVENTA Y SEIS CÉNTIMOS DE EURO (2305'96 euros) más los intereses legales de la misma, desde la interpelación judicial hasta su completo pago, incrementados en dos puntos a partir de la fecha de la presente resolución. Ello con expresa condena de los demandados al pago de las costas procesales causadas.

 

Llévese testimonio de la presente resolución a los autos de su razón, quedando el original en el Libro de los de su clase.

 

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que la misma es firme y que contra esta sentencia no cabe recurso de apelación.

 

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo, Doña Alicia Ruiz Ortiz, lima. Magistrado- Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de los de Melilla y su partido judicial.

 

Concuerda bien y fielmente a su original, al que me remito, en Melilla, a 12 de julio de 2019.

LETRADO DE LA ADM. DE JUSTICIA