ARTÍCULO 710 - BOME-A-2019-710

BOME Nº 5675 del martes, 6 de agosto de 2019

MINISTERIO DE FOMENTO - DIRECCIÓN GENERAL DE LA MARINA MERCANTE CAPITANÍA MARÍTIMA DE MELILLA - DIRECCIÓN GENERAL DE LA MARINA MERCANTE CAPITANÍA MARÍTIMA DE MELILLA

Resolución de fecha 26 de julio de 2019, relativa a la prohibición de navegación.


 

RESOLUCIÓN DE PROHIBICIÓN DE NAVEGACIÓN

 

HECHOS

 

Ello día 11 del próximo mes de agosto, se celebrará —dentro del programa de actividades de la Semana Náutica- un ejercicio de salvamento aeronaval en las aguas y horarios que más abajo se indica.

 

El desarrollo de dicho ejercicio exige la exclusión de cualquier otra actividad ajena al mismo en la zona.

 

FUNDAMENTOS DE DERECHO

 

Real Decreto Legislativo 2/2011, Texto refundido de la Ley de Puertos, art. 266.4.b.

 

El Real Decreto 638/2007, por el que se regulan las Capitanías Marítimas, art. 10.h. En su virtud,

 


RESUELVO

 

Queda prohibida la navegación y la realización de cualquier otra actividad ajena al ejercicio de salvamento en la zona marítima de Horcas Coloradas el día 11 de agosto entre las 11 y las 14 horas.

 

Y para que surta los efectos oportunos, expido y firmo electrónicamente la presente en Melilla, a 26 de julio de dos mil diecinueve.

 

EL CAPITÁN MARÍTIMO

José Miguel Tasende Souto