ARTÍCULO 711 - BOME-A-2019-711

BOME Nº 5675 del martes, 6 de agosto de 2019

MINISTERIO DE FOMENTO - DIRECCIÓN GENERAL DE LA MARINA MERCANTE CAPITANÍA MARÍTIMA DE MELILLA - DIRECCIÓN GENERAL DE LA MARINA MERCANTE CAPITANÍA MARÍTIMA DE MELILLA

Resolución de fecha 30 de julio de 2019, relativa a la prohibición de navegación.


RESOLUCIÓN DE PROHIBICIÓN DE NAVEGACIÓN

 

HECHOS

 

Entre los días 10 y 12 del próximo mes de agosto, se celebrarán las pruebas de la VII Semana Náutica de Vela Ligera en las aguas y horarios que más abajo se indica. El desarrollo de dichas pruebas exige la exclusión de cualquier otra actividad ajena a las mismas en la zona.

 

Oídos el Área Funcional de Fomento, la Autoridad Portuaria y la Consejería de Coordinación y Medio Ambiente.

 

FUNDAMENTOS DE DERECHO

 

Real Decreto Legislativo 2/2011, Texto refundido de la Ley de Puertos, art. 266.4.b.

 

El Real Decreto 638/2007, por el que se regulan las Capitanías Marítimas, art. 10.h. En su virtud,

 

RESUELVO

 

Queda prohibida la navegación y la realización de cualquier otra actividad ajena a la regata en la zona comprendida entre la luz sur del dique de cierre del Puerto Deportivo y la punta del dique Sur y las redes de contención de residuos de las playas los días 10, 11 y 12 de agosto entre las 11 y las 19 horas.

 

Y para que surta los efectos oportunos, expido y firmo electrónicamente la presente en Melilla, a 30 de julio de dos mil diecinueve.

 

EL CAPITÁN MARÍTIMO EN FUNCIONES

José Luis Vereda Calvo