Resolución de fecha 30 de julio de 2019, relativa a la prohibición de navegación.
RESOLUCIÓN
DE PROHIBICIÓN DE NAVEGACIÓN
HECHOS
Entre los días 10 y 12 del próximo mes de agosto, se
celebrarán las pruebas de la VII Semana Náutica de Vela Ligera en las aguas y
horarios que más abajo se indica. El desarrollo de dichas pruebas exige la
exclusión de cualquier otra actividad ajena a las mismas en la zona.
Oídos el Área Funcional de Fomento, la Autoridad Portuaria y
la Consejería de Coordinación y Medio Ambiente.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Real Decreto Legislativo 2/2011, Texto refundido de la Ley
de Puertos, art. 266.4.b.
El Real Decreto 638/2007, por el que se regulan las
Capitanías Marítimas, art. 10.h. En su virtud,
RESUELVO
Queda prohibida la navegación y la realización de cualquier
otra actividad ajena a la regata en la zona comprendida entre la luz sur del
dique de cierre del Puerto Deportivo y la punta del dique Sur y las redes de
contención de residuos de las playas los días 10, 11 y 12 de agosto entre las
11 y las 19 horas.
Y para que surta los efectos oportunos, expido y firmo
electrónicamente la presente en Melilla, a 30 de julio de dos mil diecinueve.
EL CAPITÁN MARÍTIMO EN FUNCIONES
José Luis Vereda Calvo