ARTÍCULO 714 - BOME-A-2019-714

BOME Nº 5676 del viernes, 9 de agosto de 2019

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES, FESTEJOS E IGUALDAD. - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES, FESTEJOS E IGUALDAD.

Resolución nº 33 de fecha 2 de agosto de 2019, relativa a la convocatoria de la XXV Beca de Investigación sobre poesía española actual Miguel Fernández.


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CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES, FESTEJOS E IGUADAD

712.       Resolución nº 33 de fecha 2 de agosto de 2019, relativa a la convocatoria de la XXV Beca de Investigación sobre poesía española actual Miguel Fernández.

 

El artículo 21, apartado 1, nº 15 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla, establece que la Ciudad de Melilla ejerce competencias en materia de promoción y fomento de la cultura, en todas sus manifestaciones y expresiones.

 

Asimismo, el acuerdo del Consejo de Gobierno de Distribución de Competencias, entre las Consejerías (BOME extraordinario nº 22 de 16 de julio de 2019), atribuye a la Consejería de Educación, Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad las acciones que promocionen la creación literaria, el apoyo al autor y su obra.

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 24961/2019, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

La aprobación de la convocatoria de la XXV BECA DE INVESTIGACIÓN SOBRE POESÍA ESPAÑOLA ACTUAL Miguel Fernández, que se regirán por las Bases que se transcriben a continuación.

 

XXV BECA DE INVESTIGACIÓN SOBRE POESÍA ESPAÑOLA ACTUAL MIGUEL FERNÁNDEZ

 

BASES

 

1.    La Beca dotada con 4.500 Euros se otorgará, desde el respeto a la memoria de Miguel Fernández, para la realización de un trabajo de investigación científico en lengua española sobre la poesía española actual o sobre la producción literaria del escritor melillense.

2.    Podrá ser candidato a la Beca cualquier investigador que haya sido propuesto de acuerdo con estas bases.

3.    Podrán proponer candidatos los departamentos de las universidades españolas, así como otros centros e instituciones españolas y extranjeras vinculadas a la cultura literaria, humanística o científica; así como un investigador de reconocido prestigio.

4.    Las solicitudes se enviarán a la Consejería de Educación, Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad de la Ciudad Autónoma por correo electrónico a: becamfernandezmelilla@gmail.com antes del 15 de octubre de 2019.

5.    El solicitante enviará la siguiente documentación:

A)   Propuesta razonada de una de las instituciones reflejadas en el punto 3.

B)   Documento nacional de identidad y documento de identificación fiscal o pasaporte escaneados.

C)   Curriculum Vitae del candidato que incluya, al menos, titulaciones académicas y actividades profesionales.     

 

6.    El jurado estará formado por los siguientes miembros:

Ø  Presidente: La Consejera de Educación, Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad o persona en quien delegue.

               Ø    Vocal: Una persona especialista en literatura española (del Departamento de Literatura Española y Teoría de la Literatura de la 

  UNED) designada por la Consejería de Educación, Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad.

Ø  Secretario: El Secretario de UNED-Melilla.

 

7.    El Jurado, antes de fallar el premio, establecerá los criterios en los que basará su decisión.

8.    El fallo del Jurado, que será inapelable, se hará público el día 15 de noviembre de 2019, coincidiendo con el “XLI Premio Internacional de Poesía Ciudad de Melilla”.

9.    El devengo de la beca se efectuará en un 50% al ser concedida y el restante 50% a la entrega del trabajo de investigación. Desde la concesión de la beca, el plazo de presentación del trabajo no será superior a un año.

10.    El abono de la segunda cantidad estará supeditado a la decisión del jurado sobre el rigor del trabajo y su adecuación al proyecto becado.

11.    El trabajo de investigación será publicado por los Servicios de Publicaciones de la UNED.

 

Estando la presente convocatoria destinada a una pluralidad indeterminada de personas que pudieran estar interesadas en concurrir a la misma, se ordena su publicación, en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

La presente Orden no aborta la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar al día siguiente de su publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Órgano Competente para resolverlo o ante esta Consejera, que deberá elevarlo con su informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículo quinto del Reglamento de Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 13 de 7 de mayo de 1999).

 

 

Melilla, a 2 de agosto de 2019,

La Viceconsejera de Cultura, Relaciones Interculturales e Igualdad,

Elena Fernández Treviño