ARTÍCULO 739 - BOME-A-2019-739

BOME Nº 5680 del viernes, 23 de agosto de 2019

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD

Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento abreviado nº 193 / 2019, seguido a instancias por Dª. Ana Heredia Martínez.


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El Juzgado Contencioso-Administrativo, nº 2 de Melilla, en escrito de 18 de julio de 2019, con entrada en esta Ciudad el 18 del mismo mes y año y registrado con  nº 79868, comunica lo siguiente:

 

“UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Modelo: N40210

PLAZA DEL MAR SN EDIF V CENTENARIO TORRE NORTE PLANTA 13 952695512

Equipo/usuario: AMP

N I G: 52001 45 3  2019 0000639

Procedimiento: PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000193/2019

Sobre: OTROS ACTOS DE LA ADMINISTRACION

De: D./ña. CATALANA OCCIDENTE COMPAÑÍA DE SEGUROS SA

Abogado: NOELIA MARIA MARTINEZ MARTÍNEZ

Procurador Sr./a. D./Dña. : ANA HEREDIA MARTÍNEZ

Contra D/ña. CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA

Abogado: LETRADO DE LA COMUNIDAD

 

Conforme a lo acordado en resolución de día de la fecha en el procedimiento al margen reseñado, por el presente solicito de V.I. la remisión del expediente que motivó la interposición del presente recurso.

 

El expediente administrativo deberá remitirlo a este órgano judicial:

 

-                     Completo, foliado y en su caso autentificado, acompañado de índice de los documentos que contenga. Si el expediente fuera reclamado por diversos órganos judiciales, la Administración enviará copias autentificadas del original o de la copia  que se conserve (art 48.4  LJCA). El expediente administrativo con la implantación de la Justicia Digital deberá llegar al Órgano Judicial de forma digitalizada a través del cargador de expedientes administrativos (INCIDE), en el que se contendrá un índice detallado de los documentos remitidos; en caso de no poder remitir el expediente a través del cargador, deberá remitirse en soporte informático.

-                     De conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la LJCA, la resolución administrativa que se dicte a tal fin se notifique, en los cinco días siguientes a su adopción, a cuántos aparezcan como interesados en dicho expediente, emplazándoles para que puedan personarse como demandados ante este órgano judicial en el plazo de nueve días, La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule el procedimiento administrativo común.

-                     Incorporando al mismo las notificaciones para emplazamiento efectuadas, de conformidad con lo dispuesto en el Art 49 de la LJCA.

-                     Con al menos QUINCE DÍAS de antelación al señalado para la vista, que está señalada, una vez consultada la Agenda Programada de Señalamientos, para el próximo día 15/10/2019 a las 11:00 horas


Deberá comunicar a este órgano judicial si tiene conocimiento de la existencia de otros recursos contenciosos-administrativos en los que puedan concurrir los supuestos de acumulación que previene el artículo 38.1 de la LJCA.

 

El presente oficio sirve de emplazamiento a la Administración demandada, y su personación se entenderá efectuada por el simple envío del expediente.

 

Deberá comunicar a este órgano judicial, la autoridad o empleado responsable de la remisión del expediente administrativo.

 

Se interesa la devolución de la copia que se adjunta, debidamente señalada y fechada por la oficina de recepción”

 

Lo que se publica a efecto del Emplazamiento Previsto en el artículo 48 LJCA.

 

Melilla 20 de agosto de 2019,

El Secretario Técnico de Medio Ambiente y Sostenibilidad,

Juan Luis Villaseca Villanueva