Resolución nº 222 de fecha 10 de septiembre de 2019, relativa a convocatoria de plazas del programa de formación del convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Ciudad Autónoma de Melilla, para el desarrollo de diversos programas de interés mutuo centrados en acciones de compensación educativa y de formación de personas jóvenes y adultas desfavorecidas. año 2019.
CONVOCATORIA
DE PLAZAS DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN DEL
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL Y LA CIUDAD AUTONOMA
DE MELILLA PARA EL DESARROLLO DE DIVERSOS PROGRAMAS DE INTERÉS MUTUO CENTRADOS
EN ACCIONES DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA Y DE FORMACIÓN DE PERSONAS JÓVENES Y
ADULTAS DESFAVORECIDAS. AÑO 2019.
De acuerdo con lo dispuesto en
la cláusula segunda, apartado cuarto, del Convenio de Colaboración entre el
Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Ciudad Autónoma de Melilla, para el
desarrollo de diversos programas de interés mutuo centrados en acciones de
compensación educativa y de formación de personas jóvenes y adultas
desfavorecidas correspondiente a 2019, suscrito en fecha 24 de abril de 2019, y
publicado en el BOME nº 5652, de 17 de Mayo de 2019,
De acuerdo con lo anterior, y
visto el expediente 5536/2019, en virtud de las competencias que tengo
atribuidas, VENGO
EN DISPONER
ORDENAR la convocatoria de las siguientes plazas, correspondientes
a las acciones del Programa de Formación objeto del convenio, de acuerdo con la
siguiente oferta:
1.
PROGRAMAS
DE INICIACIÓN PROFESIONAL Y EDUCATIVA ( Talleres Prosionales):
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Nº de Plazas |
Perfil |
Especificaciones |
|
20 20 20 |
HOSTELERÍA Y TURISMO INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES ELECTRICIDAD Y |
Los talleres profesionales irán dirigidos a
jóvenes mayores de dieciséis años y menores de veinticuatro que hayan
abandonado el sistema educativo sin haber adquirido ninguna titulación y con
notorias dificultades de adaptación al medio escolar y/o laboral y que, por
ello, se encuentren en grave riesgo de exclusión social, así como a aquellos
jóvenes que, con independencia de las circunstancias que concurran, necesiten
una inmediata incorporación al mundo laboral o la |
|
|
ELECTRÓNICA |
reincorporación al sistema educativo y no dispongan de
las competencias básicas necesarias. |
2.
PLAN
DE ALFABETIZACIÓN:
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Nº de Plazas |
Perfil |
|
75 |
Dirigido a adultos/as con necesidades de
alfabetización en lengua castellana y de adquisición de competencias básicas
para favorecer su integración sociolaboral, cuando las medidas establecidas
en los centros de educación de personas adultas no respondan a sus
necesidades. |
3.
PLAN
DE FORMACIÓN EN INFORMÁTICA:
|
Nº de Plazas |
Perfil |
Especificaciones |
|
75 |
AUXILIAR INFORMÁTICO |
Dirigido a jóvenes y adultos/as que carecen de habilidades y
destrezas básicas en el campo de la
informática o que requieren su actualización. En ningún caso podrá participar
en estas actividades el alumnado inscrito en enseñanzas regladas impartidas
en centros dependientes del Ministerio de Educación, y Formación Profesional. |
REQUISITOS,
SOLICITUDES Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN:
1.
Podrán participar
en el Programa de Formación los ciudadanos con residencia legal en Melilla que
respondan a los perfiles establecidos para cada una de acciones formativas que
se ofertan.
la publicación de
la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Melilla hasta cubrir el
número de plazas ofertadas.
3.
Las plazas
disponibles se adjudicarán por el orden de su presentación en el Registro de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
4.
Corresponde a la
coordinación general del convenio la instrucción del procedimiento de
adjudicación de las plazas, la cual realizará de oficio cuantas actuaciones
estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los
datos en virtud de los cuales debe pronunciarse la resolución.
5.
El órgano
colegiado competente para efectuar la propuesta de adjudicación estará
compuesto, como mínimo, por el Director General de Educación y Festejos y dos
empleados públicos designados por la Consejería de Educación, Cultura,
Deportes, Festejos e Igualdad, actuando como secretario la persona responsable
de la coordinación general del Convenio. La propuesta de resolución se
formulará por el órgano instructor a la Consejera de Educación, Cultura,
Deportes, Festejos e Igualdad que será la competente para resolver la
convocatoria.
6.
La resolución
deberá relacionar a los solicitantes que obtengan plaza y determinará una lista
de reserva con aquellos que no la obtengan.
Una vez admitidos los solicitantes, se
comprobará que éstos cumplen los requisitos exigidos para participar en la
actividad de que se trate, quedando excluidos en caso de incumplimiento, para
adjudicar la plaza al siguiente solicitante de la lista de reserva.
7.
La resolución del
procedimiento se notificará a los interesados mediante su publicación en el
Tablón de Anuncios de la Consejería de Educación, Cultura, Deportes, Festejos e
Igualdad de conformidad con lo preceptuado por el artículo 45.1 b) de Ley
39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
8.
De conformidad con
el artículo 121 y demás concordantes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la
presente convocatoria, que no agota la vía administrativa, cabe interponer
recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de
Melilla, a interponer en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente
al de la publicación de la presente
Orden, pudiendo presentarse el recurso ante esta Consejería o bien directamente
ante el órgano competente para resolverlo, sin perjuicio de que pueda el
interesado ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.
Melilla
10 de septiembre de 2019,
La
Consejera de Educación, Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad,
Gloria
Roja Ruiz