Resolución nº 1140 de fecha 30 de septiembre de 2019, relativa a bases de la convocatoria para la provisión de un puesto de trabajo de auxiliar archivo/biblioteca, mediante el sistema de concurso de méritos.
De
conformidad con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de esta Ciudad Autónoma,
adoptado en sesión de fecha 8 de marzo de 2019, por el que se aprueban, las
bases para la provisión definitiva de puestos de trabajo vacantes en la
Relación de Puestos de Trabajo de esta Ciudad Autónoma, y en base a lo previsto
en el Título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración del Estado y en uso de las competencias que me
confiere el Reglamento de la Consejería de Administraciones Públicas, y el art. 33 del Reglamento de Gobierno y
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, a tenor del Orden Jurídico
instaurado por la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, del Estatuto de
Autonomía de Melilla,
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente
5497/2019, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN
DISPONER
Convocar el proceso siguiente:
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA PROVISIÓN DE UN PUESTO
DE TRABAJO DE AUXILIAR ARCHIVO/BIBLIOTECA, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO DE
MÉRITOS.
Es objeto de esta convocatoria, la provisión en
propiedad del siguiente puesto de trabajo de la Ciudad Autónoma de Melilla:
|
Cód. |
Denominación |
Consej. |
|
Grp |
RJ |
Formación |
Prov. |
VPPT |
CD |
|
0733 |
Auxiliar Archivo/Bibilioteca |
Cultura Festejos |
y |
C2 |
F |
Graduado Escolar/FPI |
CONC |
150 |
15 |
1.- Requisitos
Específicos:Para ser admitidos al concurso, los
aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a)
Ser Funcionario de carrera, propio o transferido, Grupo C2 de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
b)
Los funcionarios con destino definitivo
podrán participar en este concurso siempre que, al término del plazo de
presentación de instancias, hayan transcurrido al menos dos años desde la toma
de posesión del último destino definitivo obtenido.
2.- Procedimiento
de provisión:
De conformidad con lo establecido en la Relación de
Puestos de Trabajo, los puestos objeto de la presente convocatoria, se
proveerán por el procedimiento de concurso, ajustado al siguiente:
BAREMO DE MÉRITOS:
1.- MÉRITOS ADECUADOS A LA CARACTERÍSTICA DE
CADA PUESTO.-
Por cada año desarrollando puestos que impliquen la
jefatura respecto de otro personal a su
cargo, 1,2 puntos por año; 0,1 punto por mes, con un
máximo de 10 puntos.
La posesión del mérito se acreditará mediante
certificado emitido por la Secretaría Técnica de Administraciones Públicas.
2.- POSESIÓN DE UN DETERMINADO GRADO
PERSONAL:
0,5 puntos por nivel de grado personal consolidado, con
un máximo de 10 puntos. Se
acreditará mediante certificado de la Secretaría Técnica de Administraciones
Públicas.
3.- VALORACIÓN DEL
TRABAJO DESARROLLADO:
Por
experiencia en el desempeño de puestos pertenecientes al área funcional
o sectorial del Puesto de Trabajo, 2
puntos por año, con un máximo de 20
puntos. La experiencia se acreditará mediante certificado emitido por la
Secretaría Técnica de Administraciones Públicas.
4.- CURSOS DE FORMACIÓN Y
PERFECCIONAMIENTO SUPERADOS:
A.- Por cursos específicos recibidos relacionados
con el puesto a cubrir, impartidos por la Administración o por empresas
legalmente autorizadas, o realizados dentro de los planes anuales de Formación,
incluyendo los patrocinados por las Organizaciones Sindicales en dicho ámbito; 0,1 puntos
por hora de curso, con un máximo de 30 puntos.
B.- Poseer titulación académica superior a la
exigida como requisito en la convocatoria:
a) Título
Universitario de Doctor/Máster, 10 puntos.
b) Título
Universitario de Grado o equivalente, 6 puntos.
c) Título
de Técnico Superior o equivalente, 4 puntos
d) Bachiller
Superior, FP II, o equivalente, 2 puntos
La puntuación por titulación académica será como
máximo de 10 puntos, computándose a estos
efectos la mayor titulación que se posea.
Junto con la solicitud de participación se aportará
la documentación debidamente autenticada.
5.- ANTIGÜEDAD:
Por prestación de servicio en la Ciudad Autónoma de
Melilla o Administración Pública, como Grupo C2, 0,166 puntos
por mes.
Por prestación de servicio en la Ciudad Autónoma de
Melilla, o Administración Pública, en Grupos inferiores al puesto convocado, 0,08 puntos
por mes.
La puntuación máxima en este apartado será de 20 puntos.
Para el cómputo de la antigüedad, se despreciarán
las fracciones inferiores al mes.
Se acreditará mediante certificado de la Secretaría
Técnica de Administraciones Públicas.
3.- Puntuación
mínima:
Para la adjudicación de alguno de los puestos
convocados, el aspirante deberá obtener una puntuación mínima de 30
puntos.
4.- Composición de
la Comisión de Valoración.-
La Comisión de Valoración estará constituida según
lo establecido en el apartado sexto de
las Bases Generales de aplicación a los procedimientos de provisión de puestos
de trabajo mediante concurso.
5.- Forma y plazo
de presentación de solicitudes.-
Todo Empleado Público que reúna los requisitos
específicos, deberá presentar los documentos de méritos junto con la solicitud
del Anexo dirigida a la Consejería de Administraciones Públicas, a través del
Registro General, en el plazo improrrogable de quince días hábiles, contados a
partir del siguiente a la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial
de Melilla.
6.- Norma final.-
En lo no dispuesto en las presentes bases, se
estará a lo establecido en las “Bases Generales de aplicación a los
procedimientos de provisión de puestos de trabajo mediante concurso de los años
2011-2012” publicadas en el B.O.ME., número 4864 de fecha 28 de octubre de
2011.
Las presentes bases y los actos que de ella deriven
por parte del órgano calificador, podrán ser recurridos en la forma y plazos
previstos en el art. 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
preceptos concordantes del Reglamento de Organización Administrativa de la
Ciudad Autónoma de Melilla”.
Melilla 30 de septiembre
de 2019,
La Consejera de Presidencia,
Administración Pública y Regeneración Democrática,
Paula Villalobos Bravo