Notificación de sentencia a D. Antonio Ramos Martin y otros, en procedimiento ordinario nº 187 / 2015.
N.I.G.: 52001 41 1 2015 1017198
ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000187 /2015
Sobre OTRAS MATERIAS
DEMANDANTE, DEMANDANTE D/ña. JUAN GONZALEZ ATENCIA, CARMEN
ARJONA LOPEZ
Procurador/a Sr/a. ISABEL. HERRERA GOMEZ, ISABEL HERRERA GOMEZ
Abogado/a Sr/a. LUIS BUENO HORCAJADAS, LUIS BUENO HORCAJADAS
DEMANDADO, DEMANDADO, DEMANDADO D/ña. ANTONIO RAMOS MARTIN,
TOMASA NAVARRO NAVARRO, IGNORADOS HEREDEROS
EDICTO
En este órgano judicial se
tramita PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000187 /2015, seguido a instancias de JUAN
GONZALEZ ATENCIA, CARMEN ARJONA LOPEZ, contra ANTONIO RAMOS MARTIN, TOMASA
NAVARRO NAVARRO, IGNORADOS HEREDEROS , sobre en los que, por resolución de fecha 23 DE JULIO 2019 se ha acordado
la publicación de la Sentencia DE 11 DE OCTUBRE 2016 por encontrarse el
demandado en paradero desconocido:
Cuya parte dispositiva es
del siguiente tenor literal:
Se estima la demanda interpuesta
por D./Dña. JUAN GONZÁLEZ ATENCIA Y D./Dña. CARMEN ARJONA LOPEZ, representados
por el procurador D./Dña. Isabel María Herrera Gómez y con la asistencia letrada.de D. /Dña. Luis Bueno Horcajadas
frente a D./Dña. ANTONIO RAMOS MARTIN, D./Dña. TOMASA NAVARRO NAVARRO y los
ignorados herederos y se declara que los demandantes han adquirido por
prescripción ordinaria la propiedad de la finca sita en calle Carretera de
Cabrerizas nº22 de Melilla, descrita en la demanda, cada uno de ellos en un
50%, debiendo cancelarse la inscripción contradictoria en los libros del
Registro de la Propiedad e inscribirse el citado inmueble a nombre de los
actores.
Se condena a los
demandados al pago de las costas procesales de esta instancia.
Contra esta resolución cabe
recurso de APELACIÓN ante la Audiencia Provincial de MALAGA (artículo
455 L.E.C.). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este
Juzgado en el plazo de VEINTE DIAS hábiles contados desde el día
siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con
expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 L.E.C.). Para la
admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de
depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este
Juzgado.
Así por esta sentencia, lo
pronuncio, mando y firmo.
En MELILLA, a dos de
septiembre de dos mil diecinueve.
EL/LA LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,