ARTÍCULO Nº 890 (CVE: BOME-A-2019-890) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5700 - viernes, 1 de noviembre de 2019 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA, ECONOMÍA Y EMPLEO - CONSEJERÍA DE HACIENDA, ECONOMÍA Y EMPLEO


Convenio de colaboración entre el Patronato de Turismo y la Comunidad Hindú de Melilla.

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CONVENIO DE COLABORACIÓN

 

En Melilla, a 14 de octubre de 2019

 

REUNIDOS

 

De una parte, el Sr. D. JAIME BUSTILLO GÁLVEZ, presidente del Patronato de Turismo de la Ciudad Autónoma de Melilla,

 

Y de otra, el Sr. D. RAJKUMAR RAMCHAND NANWANI,  Presidente de la Comunidad Hindú de Melilla, con C.I.F. núm V29902111.

 

En nombre y representación de sus respectivas instituciones, reconociéndose ambas partes mutua y recíprocamente capacidad para obligarse mediante el presente Convenio en los términos que en él se contienen y al efecto,

 

EXPONEN

 

Que ambas partes están especialmente interesadas en el desarrollo turístico de la Ciudad Autónoma de Melilla, en la mejora de los servicios que se prestan a los viajeros que visitan esta Ciudad, poniendo en valor el patrimonio cultural y religioso de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

Que con estos objetivos, ambas partes han promovido la puesta en marcha del presente convenio para continuar con la permanencia  del Templo Hindú en las actuaciones que el Patronato de Turismo de la Ciudad Autónoma de Melilla está realizando con la puesta en marcha de un nuevo producto turístico,  consistente en un recorrido religioso por los templos de culto de las distintas comunidades que conviven en la Ciudad.

 

ACUERDAN

 

1º- La Comunidad Hindú de Melilla permitirá la apertura del templo para poder ser visitada por el público en general, y en particular, por aquellos turistas que visiten nuestra Ciudad.

2º- Los días previstos de apertura se establecen en cinco (5) días por semana, de martes a sábado, en horario de mañana.

3º- La Comunidad Hindú de Melilla, se compromete en disponer de un servicio de informador durante el periodo de apertura al público, cuya misión consista en atender a los visitantes, así como velar por el respeto y decoro que el templo requiere.

4º- La Comunidad Hindú de Melilla, permitirá al Patronato de Turismo de la Ciudad Autónoma de Melilla, llevar a cabo acciones promocionales del producto turístico “Ruta de los Templos” donde se incluya el Templo Hindú con el fin de poder divulgarlo entre los posibles visitantes.

5º- El presente convenio abarca las actuaciones contempladas durante el ejercicio 2019.

6º- El Patronato de Turismo de la Ciudad Autónoma de Melilla, aportará  para el fin que recoge este Acuerdo, la cantidad de QUINCE MIL EUROS (15.000,00€).

 

NORMATIVA APLICABLE

 

Al presente convenio le será de aplicación la Ley 38/2003, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006 de 21 de julio que aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, y por el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME 4224 de 05/09/2005). Así mismo, es de aplicación la Base nº 28 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Ciudad Autónoma de Melilla.

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VIGENCIA

 

La duración del presente convenio abarca la anualidad de 2019, independientemente de la fecha de su firma. En cualquier caso, finalizará el 31 de diciembre de 2019.

 

Existe crédito presupuestario en la partida 2019 43214/47900 “Convenio Comunidad Hindú”.

 

La justificación por parte del beneficiario se realizará antes del 31 de marzo de 2020.

 

Los gastos se justificarán con facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, en original o copia compulsada, según se establece en el art. 73.1 del R.D. 887/2006 de 21 de julio que aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. Así mismo, y atendiendo al artículo 23 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME 4224 de 09/09/2005)  deberá incluir una declaración de las actividades realizadas que han sido financiadas con la subvención, y su coste, con desglose de cada uno de los gastos incurridos.

 

Serán causa de reintegro de la cantidad percibida las contempladas en el art. 37.1 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

 

La entidad colaboradora se compromete a someterse a las actuaciones de comprobación y control previstas en art. 15.1.d de la Ley General de Subvenciones.

 

El presente convenio es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

 

El abono del presente convenio se realizará en un único pago, a la suscripción del mismo.

 

No se admitirá ningún justificante de pago en efectivo superior a los 2.500€, tal y como establece la normativa vigente.

 

POR EL PATRONATO DE                                           POR COMUNIDAD

TURISMO DE MELILLA                                                HINDÚ

Fdo. Jaime Bustillo Gálvez                                         Fdo. Rajkumar Ramchand

                                                                                   Nanwani