ARTÍCULO Nº 893 (CVE: BOME-A-2019-893) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5700 - viernes, 1 de noviembre de 2019 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES, FESTEJOS E IGUALDAD. - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES, FESTEJOS E IGUALDAD.


Resolución nº 619 de fecha 25 de octubre de 2019, relativa a la celebración de la prueba teórica para la obtención del título de patrón de yate.

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El Iltmo. Sr. Viceonsejero de Deportes ,  mediante Resolución de 25/10/2019, registrada al número 2019000619, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería de Educación, Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad ha dispuesto lo siguiente:

 

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1384/1997, de 29 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla, en materia de enseñanzas náutico-deportivas, subacuático-deportivas y buceo profesional, se autoriza la celebración de la prueba teórica para la obtención del título de Patrón de Yate, a celebrar en Melilla, el día 2 de diciembre de 2019, en las instalaciones de la Consejería de Educación, Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad, ubicada en la calle Querol, nº 7, 3ª planta, en Melilla, en el horario establecido en el Anexo II, según se determina en la presente convocatoria.

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 371/2019, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

La celebración del examen se desarrollará conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre (B.O.E. nº 247 de 11/10/2014), por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo, y de acuerdo con las siguientes Bases:

 

Primera.- Los interesados en participar en el examen convocado formularán solicitud al efecto (modelo de instancia Anexo I), dirigida al Viceconsejero de Deportes, y la presentarán en el Registro de la Consejería de Educación, Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad, Oficina de Eventos Deportivos y Náutica, ubicada en la calle Querol, nº 7, 1ª planta, 52001 Melilla, bien directamente o a través de los establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del  Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Segunda.- A esta solicitud se acompañará:

 

1.- Copia clara y legible, autenticada ó cotejada (por ambas caras), del documento nacional de identidad en vigor, (sin caducar), ó del NIE igualmente en vigor (sin caducar) en caso de no poseer nacionalidad española.

2.-Certificado médico oficial ajustado a lo dispuesto en el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, capítulo IV sobre Reconocimientos Psicofísicos, en sus artículos 21 y 22, este último modificado por el Real Decreto 238/2019, de 5 de abril.

3.- Copia autenticada ó cotejada de la titulación de Patrón de Embarcaciones de Recreo (P.E.R.), no siendo necesario aportar dichas copia por aquellos/as interesados/as a los/las que se les haya expedido la citada titulación de Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER) por la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

4.- Certificado original de los resultados obtenidos en la última convocatoria, si procede.

5.- Solicitud de convalidación de asignaturas, si procede.

6.- Justificante del abono de los derechos de examen correspondientes, cuya cuantía asciende a 65 € y que serán ingresados en la cuenta de la Ciudad Autónoma de Melilla abierta en el B.S.C.H., con el título Recaudación Directa, identificada con los siguientes dígitos:

 

IBAN: ES41 Entidad: 0049-Oficina: 2506 D.C.: 19 Nº. Cuenta: 1310534790

 

Tercera.- El plazo de presentación de solicitudes comenzará en el momento de la publicación de la presente convocatoria en el BOME y finalizará el día 22 de noviembre de 2019. Una vez realizada la prueba y publicados sus resultados, el plazo de presentación de reclamaciones a las mismas será de diez días naturales a contar desde la fecha de la publicación de los resultados.

Cuarta.- El Tribunal juzgador de esta prueba, nombrado por el Viceconsejero de Deportes, estará formado por:

 

Presidente:           D. Alfonso Gómez Martínez

Secretario:            D. Joaquín M. Ledo Caballero

Vocales:               D. Julio Caro Sánchez

D. Juan José Collado Martín

Dª. Mª del Pilar Gutiérrez Ramón

 

El Tribunal Suplente estará compuesto por:

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Presidente:           D. Germán Ortíz Sánchez

Secretaria:            Dª. Gema Viñas del Castillo

Vocales:               D. José Miguel Tasende Souto

                               D. José Diego Ruíz Delgado

Dª. Isabel Hoyos Bernal 

 

Los miembros de los mismos tendrán derecho a la percepción de indemnizaciones por asistencias, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.

 

Quinta.- Criterios de corrección: en el anexo II de la presente resolución, de acuerdo con el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, y el Real Decreto 238/2019, de 5 de abril, se establecen las normas y corrección de los exámenes de cada titulación.

Sexta.- La presente convocatoria y cuantos actos administrativos deriven de ella podrán ser impugnados en los casos y formas previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Séptima.- Los aspirantes deberán ir provistos del material necesario para los ejercicios. Para obtener cualquier información relativa a esta Convocatoria, podrán dirigirse a la sede de la Oficina de Eventos Deportivos y Náutica de la Consejería de Educación, Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad, teléfono: 95 297 62 86 - 89.

 

A N E X O I

 

Solicitud de participación en la prueba teórica para la obtención del título de Patrón de Yate.

 

Apellidos:

Nombre:

DNI ó NIE:

Fecha de Nacimiento:

Domicilio:

Código Postal:                                                                    Correo electrónico:

Teléfono:                                                                   Teléfono Móvil:

 

Solicito se me admita esta instancia, junto con la documentación que se acompaña, de conformidad con la Resolución de la Viceconsejería de Deportes para esta Convocatoria.

 

En                                           , a            de                                           de 2019

 

A N E X O II

 

Horarios de la prueba teórica para la obtención del Título de Patrón de Yate:

 

Día 2/12/2019 - De 19:00 a 21:00 horas.

 

El examen se compondrá de 40 preguntas tipo test de formulación independiente entre sí, con cuatro posibles respuestas cada una. Siendo su duración máxima de 2 horas. El examen se corregirá mediante un doble criterio de valoración:

 

a) Globalmente. Para lograr el aprobado se deberá responder correctamente un mínimo de 28 preguntas, no permitiéndose en ciertas materias, superar un número máximo de errores (modificación del Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, a tenor de lo dispuesto en el Real Decreto 238/2019, de 5 de abril):

 

-       De teoría de navegación, máximo 5 errores permitidos.

-       De navegación carta, máximo 3 errores permitidos.

 

b) Por módulos temáticos. Se podrá lograr el aprobado por módulos, siempre y cuando se superen los criterios específicos de las dos materias que componen cada módulo de acuerdo a los siguientes criterios:

 

-                     Módulo genérico 45 minutos:

              Seguridad en la mar: máximo de 5 errores

              Meteorología: máximo de 5 errores

-                     Módulo de navegación 1 hora y 15 minutos:

              Teoría de navegación: máximo de 5 errores

              Navegación carta: máximo de 3 errores

 

El aprobado del módulo se conservará durante las dos siguientes convocatorias en las que la administración competente realice exámenes de patrón de yate. El aprobado por módulos solo será válido en el ámbito exclusivo de cada Administración con competencias.

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Contra esta RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

 

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

 

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

 

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

 

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 29 de octubre de 2019,

El Secretario Técnico de Educación, Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad,

Joaquín M. Ledo Caballero