ARTÍCULO Nº 895 (CVE: BOME-A-2019-895) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5700 - viernes, 1 de noviembre de 2019 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES, FESTEJOS E IGUALDAD. - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES, FESTEJOS E IGUALDAD.
Resolución nº 621 de fecha 25 de octubre de 2019, relativa a la celebración de la prueba teórica para la obtención del titulo de patrón de embarcaciones de recreo.
El Itlmo.- Sr. Viceconsejero de Deprtes, mediante
Resolución de 25/10/2019, registrada
al número 2019000621, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería de
Educación, Cultura , Deportes, Festejos e Igualdad ha dispuesto lo siguiente:
De
conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1384/1997, de 29 de agosto,
sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la
Ciudad de Melilla, en materia de enseñanzas náutico-deportivas,
subacuático-deportivas y buceo profesional, se autoriza la celebración de la
prueba teórica para la obtención del título de Patrón de Embarcaciones de Recreo, a celebrar en Melilla, el día 3 de diciembre de 2019, en el I.E.S. Miguel
Fernández, en Avenida General Astilleros, s/n., en Melilla, a las 17:00 horas, con una duración máxima de
1 horas y 30 minutos, según se especifica en el ANEXO I, de la presente
convocatoria.
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente
371/2019, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
La
celebración del examen se desarrollará conforme a lo dispuesto en el Real
Decreto 875/2014, de 10 de octubre (B.O.E. nº 247 de 11/10/2014), por el que se
regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de
recreo, y de acuerdo con las siguientes Bases:
Primera.- Los interesados en participar en el examen convocado formularán
solicitud al efecto (modelo de instancia anexo), dirigida al Viceconsejero de
Deportes, y la presentarán en el Registro de la Consejería de Educación,
Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad, Oficina de Eventos Deportivos y
Náutica, sito en la calle Querol, nº 7, 1ª planta - 52001 Melilla, bien directamente o a través
de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Segunda.- A esta Solicitud se acompañará:
1.-
Copia clara y legible, autenticada ó cotejada (por ambas caras), del documento
nacional de identidad en vigor, (sin caducar), ó del NIE igualmente en vigor
(sin caducar) en caso de no poseer nacionalidad española.
2.-Certificado
médico oficial ajustado a lo dispuesto en el Real Decreto 875/2014, de 10 de
octubre, capítulo IV sobre Reconocimientos Psicofísicos, en sus artículos 21 y
22, este último modificado por el Real Decreto 238/2019, de 5 de abril.
3.-Justificante
del abono de los derechos de examen correspondientes, cuya cuantía asciende a
50 € y que serán ingresados en la cuenta de la Ciudad Autónoma de Melilla,
abierta en el BSCH, con el título Recaudación Directa, identificada con los
siguiente dígitos:
IBAN: ES41 - Entidad: 0049-Oficina: 2506 D.C.: 19
Nº. Cuenta: 1310534790.
Tercera.- El plazo de presentación de solicitudes comenzará en el momento de la
publicación de la presente convocatoria en el BOME y finalizará el día 22 de noviembre de 2019. Una vez realizada la prueba
y publicados sus resultados, el plazo de presentación de reclamaciones a las
mismas será de diez días naturales a contar desde la fecha de la publicación de
los resultados.
Cuarta.-
El Tribunal juzgador de esta prueba, nombrado por el Viceconsejero de Deportes,
estará formado por:
Presidente:
D. Alfonso Gómez Martínez
Secretario: D.
Joaquín M. Ledo Caballero
Vocales: D.
Julio Caro Sánchez
D. Juan José Collado Martín
Dª. Mª del Pilar Gutiérrez
Ramón
El
Tribunal Suplente estará compuesto por:
Presidente:
D. Germán Ortíz Sánchez
Secretaria: Dª.
Gema Viñas del Castillo
Vocales: D.
José Miguel Tasende Souto
D. José Diego Ruíz Delgado
Dª. Isabel Hoyos Bernal
Los
miembros del mismo tendrán derecho a la percepción de indemnizaciones por
asistencias, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24
de mayo.
Quinta.- Criterios de corrección: en el anexo II de la presente resolución, de
acuerdo con el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, y el Real Decreto
238/2019, de 5 de abril, se establecen las normas y corrección de los exámenes
de cada titulación.
Sexta.- La presente convocatoria y cuantos actos administrativos deriven de
ella podrán ser impugnados en los casos y formas previstos en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Séptima.- Los aspirantes deberán ir provistos del material necesario para los
ejercicios. Para obtener cualquier información relativa a esta Convocatoria,
podrán dirigirse a la sede de la Consejería de Educación, Cultura, Deportes,
Festejos e Igualdad, Oficina de Eventos Deportivos y Náutica, calle Querol, nº
7, 1ª planta – 52001 Melilla. Teléfono: 95 297 62 86 - 89.
A N E X O I
Solicitud
de participación en la prueba teórica para la obtención del título de Patrón de
Embarcaciones de Recreo.
Apellidos:
Nombre:
DNI
ó NIE:
Fecha
de Nacimiento:
Domicilio:
Código Postal: Correo electrónico:
Teléfono:
Teléfono Móvil:
Solicito
se me admita esta instancia, junto con la documentación que se acompaña, de conformidad
con la Resolución de la Viceconsejería de Deportes para esta Convocatoria.
En , a de de
2019
Iltmo.
Sr. Viceconsejero de Deportes
Ciudad
Autónoma de Melilla.
A N E X O II
1.
El examen se compondrá de 45 preguntas tipo test de formulación independiente
entre sí, con cuatro posibles respuestas cada una. Siendo su duración máxima de
1 hora y 30 minutos.
2.
El examen se corregirá mediante un doble criterio de valoración, de tal
forma que para lograr el aprobado se deberá responder correctamente a un mínimo
de 32 preguntas, no permitiéndose en ciertas materias, superar un número máximo
de errores:
-
Del Convenio Internacional para Prevenir Abordajes, máximo 5 errores
permitidos.
-
De Balizamiento, máximo 2 errores permitidos.
-
Carta de navegación, máximo 2 errores permitidos.
3.
De conformidad con lo establecido en el anexo II del Real Decreto
875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas
para el gobierno de las embarcaciones de recreo, la normativa IALA que se
preguntará en los exámenes para la obtención de las titulaciones náuticas de
recreo, será el Sistema de Balizamiento Marítimo (IALA-MBS 2010). En el
siguiente enlace de la página web de Puerto del Estado se podrá descargar la
documentación correspondiente:
http://www.puertos.es/Documents/balizamiento_maritimo_0.pdf
4.
Relación existente entre las pruebas del patrón para navegación básica y
el patrón de embarcaciones de recreo:
a)
Aquellas personas que estén en posesión del título de patrón de
navegación básica, o hayan superado el examen teórico para la obtención del
título de patrón para navegación básica de acuerdo a lo especificado en el Real
Decreto 875/2014, no tendrán que realizar la prueba específica para el patrón
de embarcaciones de recreo en su totalidad, sino solamente las unidades
teóricas 7, 8, 9, 10, y 11, disponiendo de un tiempo máximo de 45 minutos.
b)
Aquellas personas que estén en posesión del título de patrón para navegación
básica, podrán presentarse al examen teórico específico para la obtención del
título de patrón de embarcaciones de recreo y complementario del ya superado
para la obtención del título de patrón para navegación básica, en cualquier
Administración con competencias en la materia, sea ésta la misma que expidió a
su favor el título de patrón para navegación básica u otra.
Aquellas
personas que estando en posesión del título de PNB expedido por una Comunidad
Autónoma que se presenten a los exámenes convocados por la Viceconsejería de
Deportes de la Ciudad Autónoma de Melilla y quieran acogerse a esta modalidad
de examen, bien en el momento de formalizar la matrícula o más tardar el día
del examen, deberán aportar original y fotocopia (para ser cotejada) de dicha
titulación.
c)
Aquellas personas que hayan superado el examen teórico para la obtención
del título de patrón de navegación básica, podrán presentarse al examen teórico
específico para la obtención del título de patrón de embarcaciones de recreo y
complementario del ya superado para la obtención de título de patrón de
navegación básica, únicamente ante la Administración en la que se aprobaron el
examen teórico para la obtención del título de patrón de navegación básica y
durante las dos convocatorias siguientes en las que la Administración realice
exámenes de patrón para navegación básica.
Aquellas
personas que se presenten al examen para la obtención del título de patrón de
embarcaciones de recreo y no consigan superar la prueba, pero si lo hagan de acuerdo
a las exigencias del patrón para navegación básica, se les reconocerá dicho
aprobado, bien para siguientes convocatorias en la misma Administración, bien
para la expedición del título de patrón para navegación básica, conservando
dicho aprobado durante un periodo máximo de dos convocatorias consecutivas en
las que la administración realice los exámenes de patrón de embarcaciones de
recreo.
Contra esta RESOLUCIÓN, que no agota la vía
administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a
partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta
Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior
jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo
establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2
de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la
resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga
resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso,
si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su conocimiento y efectos
oportunos.
Melilla 29 de octubre de
2019,
El Secretario Técnico de
Educación, Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad,
Joaquín M. Ledo Caballero