ARTÍCULO Nº 896 (CVE: BOME-A-2019-896) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5700 - viernes, 1 de noviembre de 2019 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES, FESTEJOS E IGUALDAD. - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES, FESTEJOS E IGUALDAD.
Resolución nº 639 de fecha 30 de octubre de 2019, relativa a la ampliación de plazo para la presentación de solicitudes para la convocatoria del XLI Premio Internacional De Poesía.
Con fecha 31 de
julio de 2019, por Resolución de la Ilma. Sra. Viceconsejera de Cultura,
Relaciones Interculturales e Igualdad, registrada con el número 2019000025, en
el Libro de Resoluciones no colegiadas de la Ciudad Autónoma, se aprueba la
convocatoria y bases que regirán el XLI Premio Internacional de Poesía.
En la citada
convocatoria (Publicada en BOME núm. 5676, de fecha 9 de agosto de 2019), se
establece una fecha límite para el envió de solicitudes finalizando ésta el día
15 de octubre de 2019.
Debido a que
numerosos peticionarios no pudieron preparar la documentación para solicitar su
participación en la convocatoria debido a falta de tiempo, se amplía el plazo
establecido en ésta, concluyendo el plazo para la presentación de solicitudes
el próximo 7 de noviembre de 2019.
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 24920/2019, en virtud
de las competencias que tengo atribuidas, VENGO
EN DISPONER
Único: La ampliación de plazo para la presentación
de solicitudes para la convocatoria del XLI Premio Internacional de Poesía,
finalizando éste el próximo 07 de noviembre de 2019.
Estando la presente
convocatoria destinada a una pluralidad indeterminada de personas que pudieran
estar interesadas en concurrir a la misma, se ordena su publicación, en
aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La presente
Resolución no agota la vía administrativa, y contra la misma, podrá
interponerse Recurso de Alzada en el plazo de un (01) mes, a computar al día
siguiente de su publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de
Melilla, como Órgano Competente para Resolverlo o ante esta Viceconsejera, que
deberá elevarlo con su informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos
121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas y artículos 92 a 96 del Reglamento del Gobierno
y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº
2 de 30 de enero de 2017).
Melilla 30 de octubre de 2019,
La Viceconsejera de Cultura, Relaciones Interculturales e Igualdad,
Elena Fernández Treviño