ARTÍCULO Nº 924 (CVE: BOME-A-2019-924) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5703 - martes, 12 de noviembre de 2019 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES, FESTEJOS E IGUALDAD. - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES, FESTEJOS E IGUALDAD.


Convenio de colaboración entre la Universidad de Granada y la Consejería de Educación, Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad de la Ciudad Autónoma de Melilla para el fomento de actividades universitarias en Melilla.año 2019

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CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA Y LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES, FESTEJOS E IGUALDAD DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL FOMENTO DE ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS EN MELILLA. AÑO 2019.

 

En Melilla, a 08   de Octubre de 2019

 

REUNIDOS

 

DE UNA PARTE: la Excma. Sra. Dª Pilar Aranda Ramírez, Rectora Magnifica de la Universidad de Granada, con CIF Q-1818002-F y domicilio en Hospital Real, Avenida del Hospicio s/n, 18071 Granada, actuando para este acto en nombre y representación de dicha Universidad.

 

Y DE OTRA: el Sr. D. Eduardo De Castro González, Presidente de la Ciudad de Melilla, nombrado por Real Decreto 389/2019, de 18 de junio ( BOE num. 146, del miércoles 19 de Junio de 2019), en representación de la Ciudad de Melilla, en virtud de las facultades que le atribuye el artículo 14 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla.

 

EXPONEN

 

Que por su naturaleza y objetivos, la Ciudad Autónoma de Melilla y la Universidad de Granada están llamadas a promover una estrecha colaboración en beneficio de los ciudadanos de la Ciudad de Melilla, que encuentra un ámbito preciso de actuación en el desarrollo de una oferta universitaria de actividades estudiantiles, culturales, docentes y de investigación, así como de gestión y/o representación de los Centros de la Universidad de Granada fuera de la Ciudad de Melilla, que contribuyan al fomento de la actividad universitaria.

 

En consecuencia, ambas instituciones comparten el deseo de establecer fórmulas de colaboración que permitan promover el fomento de las mencionadas actividades, para lo que deciden suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes

 

CLÁUSULAS

 

PRIMERA.- Constituye el objeto del presente convenio la articulación de colaboración entre la Consejería de Educación, Juventud, Deportes, Festejos e Iguladad de la Ciudad Autónoma de Melilla y la Universidad de Granada, para el desarrollo de actividades en el Campus de la Universidad de Granada en Melilla, así como su difusión fuera de esta Ciudad.

SEGUNDA.- Con tal objeto, la Ciudad Autónoma de Melilla se compromete a conceder una subvención que deberá destinarse a sufragar: (i) actividades estudiantiles; (ii) actividades culturales; (iii) actividades docentes y de investigación; y (iv) actividades de gestión y/o representación de los centros universitarios fuera de la Ciudad de Melilla. Los contenidos de estos cuatro apartados están desarrollados en el ANEXO I del presente convenio.

TERCERA.- La cuantía máxima destinada a esta colaboración asciende durante el año 2019 a 75.000 euros, abonados  mediante un pago anticipado a justificar, a la firma del presente convenio, dispensándose de la constitución de garantía en atención al objeto de la subvención.

 

Efectuándose el pago con cargo a la aplicación presupuestaria 01/32407/42300 y con denominación “Convenio Ugr Fomento Actividad Universitaria ”. RC 12019000002813 del día  23.01.2019

 

El pago se ingresará en la Universidad de Granada, que lo distribuirá en tres partes iguales y pondrá a disposición de los siguientes centros:

 

-       Universidad de Granada- Facultad de Educación y del Deporte de Melilla

-       Universidad de Granada- Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas de Melilla

-       Universidad de Granada- Facultad de la Salud de Melilla

 

Los tres centros destinarán esta cuantía exclusivamente a las actividades universitarias que figuran en el anexo del presente convenio.

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La Universidad de Granada asumirá las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Así como deberá dar la adecuada publicidad del carácter publico de la financiación del programa subvencionado.

 

CUARTA.- La percepción de esta subvención es compatible con las que para el mismo objeto pueda percibir la entidad beneficiaria de cualesquiera otras personas o entidades tanto públicas como privadas.

QUINTA.- Las actividades desarrolladas deberán ser justificadas por la Universidad de Granada a la Consejería de Educación, Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad durante los tres meses siguientes a la finalización del año natural, en un único documento especificando los siguientes datos en relación a cada grupo de actividades:

 

-       Facultad Responsable

-       Títulos de las Actividades

-       Breve descripción de objetivos alcanzados

-       Documentación acreditativa de las actividades desarrolladas

 

SEXTA.- La justificación de las actividades subvencionadas y del cumplimiento de los objetivos previstos, se documentará a través de la rendición de la cuenta justificativa, que constituye un acto obligatorio del beneficiario, en la que se deben incluir, bajo responsabilidad del declarante, los justificantes del gasto o cualquier otro documento con validez jurídica que permitan el cumplimiento de los objetivos previstos en las actividades.

 

Dicha justificación será única y compresiva de la totalidad de actividades efectivamente realizadas con cargo a la subvención, incorporando el debido desglose imputado a cada centro universitario,

 

Las actividades subvencionadas deberán haber sido realizadas durante el año natural para el que se ha recibido la subvención, que permitirá financiar gastos ya ejecutados durante el mismo.

 

La justificación, se adecuará, en todo caso, a lo establecido en la Ley General de Subvenciones y en el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

La justificación presentada en la Consejería de Educación, Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad, una vez conformada, la remitirá a los efectos oportunos, si así se le requiere, a la Intervención General de Fondos de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

SÉPTIMA.- El presente convenio de colaboración tendrá vigencia durante toda la anualidad 2019.

OCTAVA.- El presente documento tiene naturaleza administrativa, por ello las partes resolverán de mutuo acuerdo cualquier problema de interpretación así como las controversias que pudieran suscitarse durante su ejecución y en ausencia de acuerdo, se someterán a los Juzgados y Tribunales competentes de la ciudad de Melilla.

NOVENA.- La Ciudad Autónoma a través de los órganos que determine podrá supervisar el programa objeto del convenio, previo conocimiento de los responsables de la entidad beneficiaria.

 

Y en prueba de conformidad, se firma por las partes, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha que consta en su encabezamiento.

 

 

POR LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA,  EL PRESIDENTE.                 

 

 

 

 

D. Eduardo de Castro    González         

POR LA UNIVERSIDAD DE GRANADA, LA RECTORA

 

 

 

 

Pilar Aranda Ramírez