ARTÍCULO Nº 924 (CVE: BOME-A-2019-924) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5703 - martes, 12 de noviembre de 2019 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES, FESTEJOS E IGUALDAD. - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES, FESTEJOS E IGUALDAD.
Convenio de colaboración entre la Universidad de Granada y la Consejería de Educación, Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad de la Ciudad Autónoma de Melilla para el fomento de actividades universitarias en Melilla.año 2019
CONVENIO DE COLABORACIÓN
ENTRE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA Y LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA,
DEPORTES, FESTEJOS E IGUALDAD DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL FOMENTO
DE ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS EN MELILLA. AÑO 2019.
En Melilla, a 08 de Octubre de 2019
REUNIDOS
DE
UNA PARTE: la
Excma. Sra. Dª Pilar Aranda Ramírez, Rectora Magnifica de la Universidad de
Granada, con CIF Q-1818002-F y domicilio en Hospital Real, Avenida del Hospicio
s/n, 18071 Granada, actuando para este acto en nombre y representación de dicha
Universidad.
Y
DE OTRA: el Sr. D. Eduardo De Castro González, Presidente de la Ciudad de
Melilla, nombrado por Real Decreto 389/2019, de 18 de junio ( BOE num. 146, del
miércoles 19 de Junio de 2019), en representación de la Ciudad de Melilla, en
virtud de las facultades que le atribuye el artículo 14 de la Ley Orgánica
2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla.
EXPONEN
Que
por su naturaleza y objetivos, la Ciudad Autónoma de Melilla y la Universidad
de Granada están llamadas a promover una estrecha colaboración en beneficio de
los ciudadanos de la Ciudad de Melilla, que encuentra un ámbito preciso de
actuación en el desarrollo de una oferta universitaria de actividades
estudiantiles, culturales, docentes y de investigación, así como de gestión y/o
representación de los Centros de la Universidad de Granada fuera de la Ciudad
de Melilla, que contribuyan al fomento de la actividad universitaria.
En
consecuencia, ambas instituciones comparten el deseo de establecer fórmulas de
colaboración que permitan promover el fomento de las mencionadas actividades,
para lo que deciden suscribir el presente convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Constituye el objeto del
presente convenio la articulación de colaboración entre la Consejería de
Educación, Juventud, Deportes, Festejos e Iguladad de la Ciudad Autónoma de
Melilla y la Universidad de Granada, para el desarrollo de actividades en el
Campus de la Universidad de Granada en Melilla, así como su difusión fuera de
esta Ciudad.
SEGUNDA.- Con tal objeto, la Ciudad
Autónoma de Melilla se compromete a conceder una subvención que deberá
destinarse a sufragar: (i) actividades estudiantiles; (ii) actividades
culturales; (iii) actividades docentes y de investigación; y (iv) actividades
de gestión y/o representación de los centros universitarios fuera de la Ciudad
de Melilla. Los contenidos de estos cuatro apartados están desarrollados en el
ANEXO I del presente convenio.
TERCERA.- La cuantía
máxima destinada a esta colaboración asciende durante el año 2019 a 75.000
euros, abonados mediante un pago
anticipado a justificar, a la firma del presente convenio, dispensándose de la
constitución de garantía en atención al objeto de la subvención.
Efectuándose el pago con
cargo a la aplicación presupuestaria 01/32407/42300 y con denominación
“Convenio Ugr Fomento Actividad Universitaria ”. RC 12019000002813 del día 23.01.2019
El
pago se ingresará en la Universidad de Granada, que lo distribuirá en tres
partes iguales y pondrá a disposición de los siguientes centros:
-
Universidad de Granada- Facultad de Educación y del Deporte de Melilla
-
Universidad de Granada- Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas de
Melilla
-
Universidad de Granada- Facultad de la Salud de Melilla
Los
tres centros destinarán esta cuantía exclusivamente a las actividades
universitarias que figuran en el anexo del presente convenio.
La Universidad de
Granada asumirá las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Así como deberá dar la
adecuada publicidad del carácter publico de la financiación del programa
subvencionado.
CUARTA.- La percepción de esta
subvención es compatible con las que para el mismo objeto pueda percibir la
entidad beneficiaria de cualesquiera otras personas o entidades tanto públicas
como privadas.
QUINTA.- Las actividades
desarrolladas deberán ser justificadas por la Universidad de Granada a la
Consejería de Educación, Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad durante los
tres meses siguientes a la finalización del año natural, en un único documento
especificando los siguientes datos en relación a cada grupo de actividades:
-
Facultad Responsable
-
Títulos de las Actividades
-
Breve descripción de objetivos alcanzados
- Documentación acreditativa
de las actividades desarrolladas
SEXTA.- La justificación de las
actividades subvencionadas y del cumplimiento de los objetivos previstos, se
documentará a través de la rendición de la cuenta justificativa, que constituye
un acto obligatorio del beneficiario, en la que se deben incluir, bajo
responsabilidad del declarante, los justificantes del gasto o cualquier otro
documento con validez jurídica que permitan el cumplimiento de los objetivos
previstos en las actividades.
Dicha
justificación será única y compresiva de la totalidad de actividades
efectivamente realizadas con cargo a la subvención, incorporando el debido
desglose imputado a cada centro universitario,
Las
actividades subvencionadas deberán haber sido realizadas durante el año natural
para el que se ha recibido la subvención, que permitirá financiar gastos ya
ejecutados durante el mismo.
La
justificación, se adecuará, en todo caso, a lo establecido en la Ley General de
Subvenciones y en el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma
de Melilla.
La
justificación presentada en la Consejería de Educación, Cultura, Deportes,
Festejos e Igualdad, una vez conformada, la remitirá a los efectos oportunos,
si así se le requiere, a la Intervención General de Fondos de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
SÉPTIMA.- El presente convenio de
colaboración tendrá vigencia durante toda la anualidad 2019.
OCTAVA.- El presente documento tiene
naturaleza administrativa, por ello las partes resolverán de mutuo acuerdo
cualquier problema de interpretación así como las controversias que pudieran
suscitarse durante su ejecución y en ausencia de acuerdo, se someterán a los
Juzgados y Tribunales competentes de la ciudad de Melilla.
NOVENA.- La Ciudad Autónoma a través
de los órganos que determine podrá supervisar el programa objeto del convenio,
previo conocimiento de los responsables de la entidad beneficiaria.
Y
en prueba de conformidad, se firma por las partes, por duplicado ejemplar, en
el lugar y fecha que consta en su encabezamiento.
POR
LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, EL
PRESIDENTE. D.
Eduardo de Castro González |
POR LA UNIVERSIDAD DE
GRANADA, LA RECTORA Dª Pilar Aranda Ramírez
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