ARTÍCULO Nº 941 (CVE: BOME-A-2019-941) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5704 - viernes, 15 de noviembre de 2019 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES, FESTEJOS E IGUALDAD. - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES, FESTEJOS E IGUALDAD.
Resolución nº 747 de fecha 8 de noviembre de 2019, relativa a la sustitución de vocales en la convocatoria para la obtención del título de patrón para navegación básica.
El titular de la Viceconsejería, mediante
Resolución de 08/11/2019, registrada
al número
2019000747, en el
Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería de Educación, Cultura, Deportes,
Festejos e Igualdad ha dispuesto lo
siguiente:
Visto el
expediente 371/2019 se propone la siguiente modificación de la resolución nº
620 de fecha de 25 de octubre de 2019 relativa a la celebración de las pruebas
teóricas para la obtención del titulo de Patrón para Navegación Básica.
De acuerdo con lo
anterior, y visto el expediente 371/2019, en virtud de las competencias que
tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
La
sustitución del vocal titular D. Julio Caro Sánchez por D. José Miguel Tasende Souto y la del Vocal
suplente D. José Miguel Tasende Souto
por D. Rafael Ares Sanmartín.
Quedando
configurado la base cuarta de la citada
orden:
El Tribunal juzgador de esta prueba,
nombrado por el Viceconsejero de Deportes, estará formado por:
Presidente:
D. Alfonso Gómez Martínez
Secretario: D.
Joaquín M. Ledo Caballero
Vocales: D.
José Miguel Tásende Souto
D. Juan José Collado Martín
Dª. Mª del Pilar Gutiérrez Ramón
El
Tribunal Suplente estará compuesto por:
Presidente:
D. Germán Ortiz Sánchez
Secretaria: Dª.
Gema Viñas del Castillo
Vocales:
D. Rafael Ares Sanmartín
D. José Diego Ruíz Delgado
Dª. Isabel Hoyos Bernal
Contra esta
RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de
alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o
publicación de la presente.
Dicho recurso podrá
presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad
Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de
conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno
y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario
número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para
dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo
sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada
interpuesto.
No obstante, podrá
utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su
responsabilidad.
Lo que se notifica
para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla 12 de noviembre
de 2019,
El Secretario Técnico de
Educación, Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad,
Joaquín M. Ledo Caballero