ARTÍCULO Nº 941 (CVE: BOME-A-2019-941) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5704 - viernes, 15 de noviembre de 2019 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES, FESTEJOS E IGUALDAD. - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES, FESTEJOS E IGUALDAD.


Resolución nº 747 de fecha 8 de noviembre de 2019, relativa a la sustitución de vocales en la convocatoria para la obtención del título de patrón para navegación básica.

BOME-P-2019-3106 Descargar página

El titular de la Viceconsejería, mediante Resolución de 08/11/2019, registrada al número

 

2019000747, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería de Educación, Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad  ha dispuesto lo siguiente:

 

Visto el expediente 371/2019 se propone la siguiente modificación de la resolución nº 620 de fecha de 25 de octubre de 2019 relativa a la celebración de las pruebas teóricas para la obtención del titulo de Patrón para Navegación Básica.

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 371/2019, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

La sustitución del vocal titular D. Julio Caro Sánchez por  D. José Miguel Tasende Souto y la del Vocal suplente  D. José Miguel Tasende Souto por D. Rafael Ares Sanmartín.

Quedando configurado la base  cuarta de la citada orden:

 

El Tribunal juzgador de esta prueba, nombrado por el Viceconsejero de Deportes, estará formado por:

 

Presidente:           D. Alfonso Gómez Martínez

Secretario:            D. Joaquín M. Ledo Caballero

Vocales:               D. José Miguel Tásende  Souto

D. Juan José Collado Martín

                            Dª. Mª del Pilar Gutiérrez Ramón

 

El Tribunal Suplente estará compuesto por:

 

Presidente:           D. Germán Ortiz Sánchez

Secretaria:            Dª. Gema Viñas del Castillo

Vocales:              D. Rafael Ares Sanmartín

D. José Diego Ruíz Delgado

Dª. Isabel Hoyos Bernal 

 

Contra esta RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

 

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

 

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

 

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

 

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 12 de noviembre de 2019,

El Secretario Técnico de Educación, Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad,

Joaquín M. Ledo Caballero